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Abriendo la ficha…

Estudio previo

ESTUDIO PREVIO.pdf

Adquisición de interruptores de 145KV, tipo tanque vivo, 1200 A para ser utilizado en la Central Hidroeléctrica de Tavera. · Empresa de Generación Hidroélectrica Dominicana

Publicado el 15 abr de 2026Fechado el 9 abr de 20262 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso EGEHID-CCC-LPN-2026-0002

Lo que dice

El estudio previo, fechado el 10 de abril de 2026, justifica la adquisición de dos interruptores de 145 kV para reemplazar equipos desgastados y establece una Licitación Pública Nacional con monto estimado de RD$15,069,476.59. Propone un pago inicial del 20% y el 80% contra entrega, y consigna una entrega a 90 días de recibido el anticipo.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (2)

A revisarHallazgo en documentos

Garantía de fiel cumplimiento vinculada a la orden de compra

Documento del 15 abr 2026 · hace 5 meses

El estudio fija el inicio del plazo para presentar la garantía en la notificación de la orden de compra, mientras el Reglamento 52-26 lo cuenta desde la notificación de la adjudicación. Esa diferencia puede postergar el control de garantía; corresponde verificar la regla aplicable en el pliego definitivo y la secuencia de formalización.

“el adjudicatario deberá presentar la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato a favor de la Empresa de Generación Hidroeléctrica Dominicana EGEHID), en el plazo de cinco (5) días hábiles, contados a partir de la notificación de la orden de”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 205 · Reglamento 52-26, art. 206 · con ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 205 — Garantía de fiel cumplimiento

Artículo 205.- Garantía de fiel cumplimiento. Se considera garantía de fiel cumplimiento aquella que es constituida a favor de la institución contratante para asegurar que el adjudicatario cumpla con las condiciones y cláusulas establecidas en la orden de compra, orden de servicio o contrato, y que el bien, servicio u obra sea entregado de conformidad con lo previsto en el pliego de condiciones y en el instrumento contractual suscrito. Párrafo I. La garantía de fiel cumplimiento debe ser obligatoriamente entregada por los adjudicatarios cuyos contratos u órdenes de compra o de servicio excedan el equivalente en pesos dominicanos de diez mil dólares estadounidenses (US$10,000.00), en el…

Texto oficial completo

Reglamento 52-26, artículo 206 — Presentación de la garantía de fiel cumplimiento

Artículo 206.- Presentación de la garantía de fiel cumplimiento. El adjudicatario debe constituir y presentar ante la institución contratante la garantía de fiel cumplimiento dentro de los cinco (5) días hábiles contados a partir de la notificación de la adjudicación. En el caso de licitaciones internacionales o de adjudicatarios extranjeros, el plazo es de diez (10) días hábiles. Párrafo I. Si dentro del plazo definido por este artículo no se formaliza la garantía correspondiente, no puede generarse la orden de compra ni suscribirse el contrato, y la institución contratante puede ejecutar la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta y proceder a adjudicar al oferente que haya…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

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A revisarHallazgo en documentos

Anticipo previsto por debajo del mínimo para contrataciones con MIPYMES

Documento del 15 abr 2026 · hace 5 meses

El estudio prevé un 20% de pago inicial. La Ley establece un anticipo del 30% para todas las contrataciones con MIPYMES; como el proceso no está reservado exclusivamente a estas, el efecto dependería de que una MIPYME resulte contratada y de cómo se hayan establecido las condiciones definitivas de pago.

“Forma de pago: 20o/o inicial y 80o/o contra entrega,”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 174 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 174 — Anticipo de pago a MIPYMES

Artículo 174.- Anticipo de pago a MIPYMES. Las instituciones contratantes deberán otorgar un treinta por ciento (30%) de anticipo con la suscripción del contrato, orden de compra o de servicio correspondiente, en todas las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), sin necesidad de que sea presentada factura alguna.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

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Otros documentos del proceso (24)

  • Acta de inicio (2).pdfPliego · 27 mar de 2026 · 1 señal
  • Acta de peritos.pdfInforme pericial · 27 mar de 2026
  • CERTIFICACION DE FONDOS (7).PDFCertificación de fondos · 27 mar de 2026 · 1 señal
  • SOLICITUD DE COMPRA.pdfSolicitud de compra · 27 mar de 2026 · 1 señal
  • Publicacion en el periodico.pdfDocumento · 15 abr de 2026
  • Pliego de condiciones.pdfPliego · 15 abr de 2026 · 4 señales
  • compromiso-etico-de-proveedores (2) (2).docxDocumento · 15 abr de 2026
  • contrato-ejecucion-de-bienes (SNCC.C. 023).docxContrato · 15 abr de 2026
  • SNCC_F033_Of_Economica (1) (2).docxDocumento · 15 abr de 2026
  • SNCC_F034_Presentacion_de_Oferta (1).docxDocumento · 15 abr de 2026
  • SNCC_F042_Informacion_Oferente.docxDocumento · 15 abr de 2026

Sigue explorando · Dinero público

Todas las secciones →
  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

SNCCP-PROV-F-040- Formulario debida diligencia y conflicto de interes (3).docx
Debida diligencia · 15 abr de 2026
  • ESPECIFICACIONES TECNICAS.pdfPliego · 15 abr de 2026 · 1 señal
  • ENMIENDA 1.pdfEnmienda · 6 may de 2026
  • Enmienda 1.pdfEnmienda · 6 may de 2026
  • ESPECIFICACIONES TECNICAS.pdfPliego · 6 may de 2026 · 3 señales
  • SNCC_D016_Respuesta_Oferentes.pdfDocumento · 7 may de 2026
  • ENMIENDA 2.pdfEnmienda · 7 may de 2026 · 1 señal
  • SNCC_D016_Respuesta_Oferentes.pdfCircular · 7 may de 2026 · 2 señales
  • Especificaciones tecnicas modificadas 08.05.2026.pdfPliego · 8 may de 2026 · 2 señales
  • Enmienda 3.pdfEnmienda · 8 may de 2026
  • 16. Enmienda 1.pdfEnmienda · 21 may de 2026
  • ENMIENDA 4.pdfEnmienda · 29 jun de 2026
  • ACTA DE DECLARACION DE DESIERTO.pdfActa · 23 jul de 2026