La Resolución MIVHED/CCP/2026/039, de 2026-04-08, aprueba iniciar la licitación pública nacional MIVHED-CCC-LPN-2026-0005 y el pliego para adquirir equipos de cómputo, periféricos e infraestructura tecnológica, con un valor estimado de RD$69,948,000.00 impuestos incluidos. También designa cinco peritos y ordena publicar la convocatoria y la resolución en los medios institucionales y el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La resolución aprueba iniciar el procedimiento el 8 de abril, pero indica que la apropiación presupuestaria «será generada automáticamente». La Ley exige contar con la certificación antes del inicio; conviene verificar cuándo se emitió y si estuvo disponible antes de iniciar el proceso y de publicar la convocatoria.
“Que, luego de la integración del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP), administrado por la Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP), con el Sistema de información de Gestión Financiera (SIGEF), la apropiación pre”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 93 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 93 — Disponibilidad de apropiación presupuestaria
Artículo 93.- Disponibilidad de apropiación presupuestaria. Las instituciones contratantes, previo al inicio de un procedimiento de contratación de obras, bienes o servicios, se proveerán de una certificación de apropiación presupuestaria en la que se haga constar el monto total del egreso previsto para la contratación de que se trate. Párrafo I.- La certificación será publicada junto a la convocatoria en el Sistema Electrónico de las Contrataciones Pública. Párrafo II.- La violación a lo dispuesto en este artículo conllevará la nulidad de pleno derecho del procedimiento de contratación, salvo para los casos en que la presente ley y sus reglamentos de aplicación prevean excepciones. Párrafo…
La resolución designa peritos por especialidad y les asigna en conjunto la evaluación de ofertas, pero no consigna las funciones específicas de cada uno ni la declaración de ausencia de conflictos de interés. El Reglamento establece que esos datos deben constar en el acto de designación; corresponde verificar si fueron incorporados en un documento integrante del expediente.
“TERCERA: DESIGNA a los Peritos que llevarán a cabo las evaluaciones de las Ofertas Técnicas (“Sobres A”) y Ofertas Económicas (“Sobres B”) presentadas por los Oferentes/Proponentes y rendir al Comité de Contrataciones Públicas, los informes”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 91 · Reglamento 52-26, art. 93 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 91 — Formalización de designación y duración de funciones
Artículo 91.- Formalización de designación y duración de funciones. La designación de los peritos debe constar mediante acto administrativo motivado emitido por el Comité de Contrataciones Públicas. Dicho acto debe indicar: 1. Nombres, cargos y perfiles de los peritos designados; 2. Funciones específicas asignadas a cada uno; 3. Declaración de ausencia de conflictos de interés. Párrafo I. En los procedimientos de contratación directa sujeta a umbral y de contratación menor, los peritos son designados por la Dirección Administrativa y Financiera. La designación debe hacerse constar en un acta simple de inicio de procedimiento. Párrafo II. La designación de peritos tiene validez únicamente…
Reglamento 52-26, artículo 93 — Declaración de intereses
Artículo 93.- Declaración de intereses. Previo a su designación, cada perito debe suscribir una Declaración Jurada de Ausencia de Conflicto de Interés, conforme al modelo aprobado por la Dirección General de Contrataciones Públicas. Párrafo I. De igual modo, los peritos deben presentar una declaración de interés adicional si se identifica un posible conflicto de interés sobrevenido cuando un interesado realice una pregunta en la etapa de aclaraciones, cuando se presente una oferta o en cualquier momento del ciclo contractual. Párrafo II. Las declaraciones deben incorporarse al expediente administrativo y su falsedad es causal de exclusión inmediata y de la nulidad de las actuaciones en las…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona