El pliego de abril de 2026 establece una licitación pública nacional para contratar durante un año el transporte del personal de PROMESECAL con dos autobuses y un minibús, por un presupuesto base de RD$12,416,000.00, y prevé adjudicar el servicio completo a un solo oferente por menor precio entre las ofertas habilitadas. El documento presenta fechas incompatibles para la recepción de ofertas y condiciones de vigencia contradictorias para la garantía de fiel cumplimiento. También establece una preferencia de desempate para MIPYMES.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El horario de recepción señala el 5 de mayo, otra disposición permite recibir ofertas hasta el 3 de junio y el cronograma y el portal indican el 8 de junio. La fecha de mayo, si se aplicara, dejaría menos de los 30 días hábiles mínimos para una licitación pública; la contradicción puede generar incertidumbre sobre el plazo efectivo para participar.
“El horario establecido para la recepción de las Ofertas Técnicas (“Sobre A”) y las Ofertas Económicas (“Sobre B”), así como para la apertura de las Ofertas Técnicas (“Sobre A”), conforme al Cronograma de Actividades, será desde las 09:00 a.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 101 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 101 — Reglas mínimas para la presentación de propuestas
Artículo 101.- Reglas mínimas para la presentación de propuestas. Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 100 de la presente ley, para la presentación de propuestas, atendiendo a la naturaleza del objeto contractual y el procedimiento de selección aprobado, se establecerán las reglas mínimas siguientes: 1) Para el procedimiento de licitación pública, el plazo que deberá mediar entre la convocatoria y la fecha límite fijada para la recepción de propuestas no será inferior a treinta (30) días hábiles; 2) Para el procedimiento de licitación abreviada, el plazo que deberá mediar entre la convocatoria y la fecha límite fijada para la recepción de propuestas no será inferior a quince (15)…
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
El pliego fija la vigencia de la garantía hasta el 30 de diciembre de 2026, pero también exige que cubra al menos tres meses después del vencimiento del contrato y establece una duración contractual de un año. El portal registra un contrato fechado el 30 de julio de 2026; con esa fecha, la vigencia indicada para la garantía terminaría antes que el contrato y no cubriría el período adicional previsto en el propio pliego.
“Dicha garantía deberá formalizarse mediante una garantía bancaria o una póliza de fianza, emitida por una entidad bancaria o aseguradora de reconocida solvencia en la República Dominicana, con las condiciones de ser INCONDICIONALES, IRREVOC”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 208 · Ley 47-25, art. 162 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 208 — Vigencia de la garantía de fiel cumplimiento
Artículo 208.- Vigencia de la garantía de fiel cumplimiento. La garantía de fiel cumplimiento debe mantenerse vigente hasta la liquidación del contrato, orden de compra u orden de servicio. Párrafo I. En la contratación de obras, la garantía debe mantenerse vigente hasta la recepción y verificación de la inexistencia de fallas o desperfectos en la construcción por parte de la institución contratante. De existir fallas o desperfectos debidamente demostrados y notificados al adjudicatario, y este se negare a repararlos, debe ejecutarse la garantía. Párrafo II. Cuando la prestación del servicio o la entrega del bien u obra no vaya a realizarse en la fecha prevista, el proveedor debe prorrogar…
Artículo 162.- Garantías. Con la finalidad de asegurar el cumplimiento de las obligaciones generadas por la participación y adjudicación en los procedimientos de contratación, las instituciones contratantes deberán exigir a los oferentes y adjudicatarios, mediante los pliegos de condiciones correspondientes, las garantías en la forma y montos definidos en la presente ley y sus reglamentos de aplicación. Párrafo.- Las garantías deberán estar vinculadas a las etapas del procedimiento de contratación para las cuales son requeridas y no podrán constituirse en recaudos excesivos para la participación.
ContextoHallazgo en documentosPosible explicación normal
El pliego otorga preferencia de desempate a las ofertas presentadas por MIPYMES por esa sola condición. El artículo 117 del Reglamento enumera criterios de desempate que incluyen discapacidad, protección ambiental y compromisos de subcontratación con MIPYMES, pero no establece una preferencia basada únicamente en la condición MIPYME; el proceso, además, no aparece reservado a estas empresas en el portal.
“En caso de producirse un empate entre dos o más ofertas que hayan cumplido con todos los requisitos habilitantes y criterios establecidos en el presente pliego de condiciones, la institución contratante otorgará preferencia a aquellas”
Posible explicación normal: el documento no muestra efecto en quién gana ni en cuánto se paga.
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 117 · Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 117 — Desempate de ofertas
Artículo 117.- Desempate de ofertas. El pliego de condiciones debe determinar cómo se decide la adjudicación en caso de igualdad en la calificación final, ya sea por igualdad de precios, por igualdad de costo o por igualdad de puntaje, aplicando alguno de estos criterios: 1. Preferencia a la oferta que haya incluido la contratación de personas con discapacidad. 2. Preferencia a la oferta que presente un plan empresarial de responsabilidad para la protección del medioambiente en su cadena de producción. 3. Preferencia de oferta en la cual se proponga el compromiso de subcontratar a una empresa clasificada como MIPYME, MIPYME mujer, MIPYME industrial u otros sectores priorizados. Párrafo. El…
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona