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Abriendo la ficha…

Pliego

Solicitud de propuesta excepción contratación directa (1).pdf

COLOCACIÓN DE PUBLICIDAD PARA DAR SERVICIOS DESDE ABRIL HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DEL 2026, PARA ESTE AYUNTAMIENTO MUNICIPAL DE SAN FRANCISCO DE MACORIS. · Ayuntamiento del Municipio de San Francisco de Macoris

Publicado el 13 abr de 2026Fechado el 9 abr de 202612 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso Ay. San Fco. Macoris-CCC-PEPB-2026-0001

Lo que dice

El documento, fechado el 10 de abril de 2026, establece las condiciones para la contratación directa de espacios publicitarios en medios de comunicación, con un monto estimado de RD$11,372,400 y 67 renglones a precios mensuales por nueve meses. Fija la recepción de propuestas para el 15 de abril de 2026 a las 14:00; el portal registra la convocatoria el 13 de abril. No contiene una adjudicación ni una decisión de habilitación de oferentes.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (3)

A revisarHallazgo en documentos

Plazo para presentar propuestas inferior al mínimo aplicable

Documento del 13 abr 2026 · hace 6 meses

El portal registra convocatoria el 13 de abril y el pliego fija recepción de propuestas el 15 de abril a las 14:00, menos de tres días hábiles después. El Reglamento 52-26 exige al menos tres días hábiles entre la convocatoria y la recepción de ofertas para excepciones, salvo los casos expresamente exceptuados; la publicidad no figura entre esas excepciones.

“Fecha en que se recibirá la propuesta y cotización 15/4/2026 14:00”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 152 · Ley 47-25, art. 79 · con ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 152 — Trámites y actuaciones comunes a las excepciones

Artículo 152.- Trámites y actuaciones comunes a las excepciones. Salvo los casos de excepción por emergencia y por seguridad nacional, que deben iniciar con decreto del Presidente de la República, el primer trámite de los procedimientos de excepción es el requerimiento de compra o contratación, seguido de los estudios previos, conforme a las disposiciones establecidas en la Ley núm. 47-25 y este reglamento. Posteriormente, deben realizarse las siguientes actuaciones: 1. Informe que justifique el uso de la excepción: La Unidad Operativa de Contrataciones Públicas debe gestionar la realización de un informe pericial, que puede ser requerido a la unidad requirente o a un experto en el tema, en…

Texto oficial completo

Ley 47-25, artículo 79 — Justificación de las excepciones

Artículo 79.- Justificación de las excepciones. El uso de cualquiera de las excepciones a los procedimientos ordinarios de selección deberá estar siempre justificado y debidamente motivado mediante resolución del Comité de Contrataciones Públicas de la institución contratante para aprobar el inicio de su ejecución, previo informes técnicos y jurídicos que motiven y justifiquen su uso. Párrafo.- Los principios rectores de la contratación pública son aplicables a los procedimientos de contratación mediante excepción, de conformidad con la naturaleza y características específicas que correspondan.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

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A revisarHallazgo en documentos

Requisito fiscal general no recoge la excepción legal para MIPYMES

Documento del 13 abr 2026 · hace 6 meses

El pliego exige a todos los oferentes estar al día con DGII y TSS. La Ley 47-25 permite participar a MIPYMES con obligaciones pendientes si el incumplimiento no supera seis meses; la exigencia general puede excluir a quienes están dentro de esa excepción legal.

“3) Estar al día con sus obligaciones fiscales en la Dirección General de Impuestos Internos (DGII). 4) Estar al día con el pago de sus obligaciones de la Seguridad Social en la Tesorería de la Seguridad Social (TSS).”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 172 · Reglamento 52-26, art. 223 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 172 — Reservas de contrataciones

Artículo 172.- Reservas de contrataciones. Las instituciones contratantes, al momento de realizar su formulación presupuestaria, reservarán como mínimo el treinta por ciento (30%) de las partidas asignadas para contrataciones, para procedimientos de contratación destinados exclusivamente para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), distribuido de la forma siguiente: 1) Veinte por ciento (20%) para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) en general; 2) Diez por ciento (10%) para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) dirigidas por mujeres. Párrafo I.- Los porcentajes indicados en este artículo deben ser distribuidos trimestralmente. Párrafo II.- Los reglamentos de…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 223 — Cumplimiento de obligaciones fiscales y de la seguridad social

Artículo 223.- Cumplimiento de obligaciones fiscales y de la seguridad social. De conformidad con lo establecido en la Ley núm. 47-25, las MIPYMES pueden participar en procedimientos de contratación aun cuando no se encuentren al día en sus obligaciones fiscales y de la seguridad social, siempre que el incumplimiento no se haya extendido por un período mayor a seis (6) meses. Párrafo I. A fin de cumplir con esta excepción, el oferente debe presentar certificación de la Dirección General de Impuestos Internos o de la Tesorería de la Seguridad Social, en la que se haga constar el momento a partir del cual inició el incumplimiento de las obligaciones. Párrafo II. A los fines de este artículo,…

A revisarHallazgo en documentos

Criterio de adjudicación sin regla explícita para comparar propuestas

Documento del 13 abr 2026 · hace 6 meses

El pliego define la adjudicación como la propuesta que cumpla todo lo requerido, pero no especifica cómo elegir entre varias propuestas conformes ni cómo se ponderan precio y demás elementos. En un proceso con múltiples renglones y propuestas registradas en el portal, esa formulación deja indeterminado el método para identificar la propuesta más conveniente.

“Se evaluarán las Ofertas dando cumplimiento a los principios de transparencia, objetividad, economía, celeridad utilizando como criterio de adjudicación cuya propuesta que cumpla con todo los requerido en este pliego de condiciones.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 118 · Reglamento 52-26, art. 114 · Reglamento 52-26, art. 116 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación

Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 114 — Criterios de adjudicación

Artículo 114.- Criterios de adjudicación. Los criterios de adjudicación constituyen las reglas generales a partir de las cuales se entiende una propuesta como la más conveniente. Deben ser establecidos de manera inequívoca en el pliego de condiciones. De conformidad con el contenido de la Ley núm. 47-25, pueden ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio: Según este criterio debe resultar adjudicada la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo: Según este criterio debe resultar adjudicada la oferta de menor costo atendiendo al…

Oferentes que registra (40)

40 mencionado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
LUIS VLADIMIR ARZENO PEREZOferta cargada / pendiente según el portal.Mencionado—RD$45,000
Maria Mendoza PaulinoOferta cargada / pendiente según el portal.Mencionado—RD$54,000
LUZ DEYANIRA ALMANZAR ORTEGAOferta cargada / pendiente según el portal.Mencionado—RD$72,000
Wilson Martinez De Los SantosOferta cargada / pendiente según el portal.Mencionado—RD$72,000
Ana María Alexis RodríguezOferta cargada / pendiente según el portal.Mencionado—RD$72,000
Ramón Antonio Flores MerejoOferta cargada / pendiente según el portal.Mencionado—RD$75,600
Perla Jinette Bonilla ClementeOferta cargada / pendiente según el portal.Mencionado—RD$90,000
José Manuel Gutierrez PantaleónOferta cargada / pendiente según el portal.Mencionado—RD$90,000
Ferreiras Media Grup, SRLOferta cargada / pendiente según el portal.Mencionado—RD$90,000
Luis Rafael Gutiérrez PantaleónOferta cargada / pendiente según el portal.Mencionado—RD$90,000
Samuel Juliman Pichardo PaulaOferta cargada / pendiente según el portal.Mencionado—RD$90,000

Otros documentos del proceso (6)

  • Solicitud de Compra CCC-PEPB-2026-0001.pdfSolicitud de compra · 13 abr de 2026 · 1 señal
  • Certificacion de Fondos CCC-PEPB-2026-0001.pdfCertificación de fondos · 13 abr de 2026 · 1 señal
  • Autorizacion CCC-PEPB-2026-0001.pdfInforme justificativo · 13 abr de 2026
  • Acto Administrativo CCC-PEPB-2026-0001.pdfPliego · 13 abr de 2026 · 1 señal
  • Solicitud CCC-PEPB-2026-0001.pdfPliego · 13 abr de 2026 · 1 señal
  • INFORME JUSTIFICATIVO PUBLICIDAD.pdfPliego · 13 abr de 2026 · 2 señales

Sigue explorando · Dinero público

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  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completo

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Reglamento 52-26, artículo 116 — Reglas de valoración o ponderación

Artículo 116.- Reglas de valoración o ponderación. Las instituciones contratantes deben cumplir con las siguientes reglas de valoración o ponderación: 1. El pliego de condiciones debe establecer claramente los aspectos de la propuesta que son valorables bajo el sistema cumple/no cumple. 2. Con relación a los aspectos de la propuesta cuya valoración deba hacerse por puntaje, el pliego de condiciones debe establecer la ponderación porcentual asignada a cada criterio, así como las reglas de valoración o fórmulas matemáticas que deban aplicarse. 3. Ningún criterio puede ser incorporado o modificado durante el proceso de evaluación. 4. Cuando existan criterios de naturaleza con cierto grado de…

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Emmanuel Amparo Abréu
Oferta cargada / pendiente según el portal.
Mencionado
—
RD$90,000
Amable Martinez HernandezOferta cargada / pendiente según el portal.Mencionado—RD$90,000
Jose Ramon Diaz ConceOferta cargada / pendiente según el portal.Mencionado—RD$90,000
Engels Rafael Lizardo RosarioOferta cargada / pendiente según el portal.Mencionado—RD$90,000
Blasina Margarita Brito Pérez de AntiguaOferta cargada / pendiente según el portal.Mencionado—RD$90,000
Wilson Antonio Gómez GarcíaOferta cargada / pendiente según el portal.Mencionado—RD$90,000
Francisco Antonio María JiménezOferta cargada / pendiente según el portal.Mencionado—RD$108,000
Fausto Arismendy Lantigua BalderaOferta cargada / pendiente según el portal.Mencionado—RD$108,000
Bienvenido Eusebio Calderón HernandezOferta cargada / pendiente según el portal.Mencionado—RD$108,000
CIRCUITO MERENGUE, SRLOferta cargada / pendiente según el portal.Mencionado—RD$108,000
Willye Antonio Hierro FernándezOferta cargada / pendiente según el portal.Mencionado—RD$108,000
Pedro Antonio Marte MartínezOferta cargada / pendiente según el portal.Mencionado—RD$135,000
Jhon Manuel López GarcíaOferta cargada / pendiente según el portal.Mencionado—RD$135,000
Ricky García De JesúsOferta cargada / pendiente según el portal.Mencionado—RD$135,000
Marcos Williams De Jesús MartínezOferta cargada / pendiente según el portal.Mencionado—RD$135,000
Mario MedinaOferta cargada / pendiente según el portal.Mencionado—RD$135,000
Narciso Acevedo MarteOferta cargada / pendiente según el portal.Mencionado—RD$135,000
Horacio Nolasco TaverasOferta cargada / pendiente según el portal.Mencionado—RD$135,000
Hector Jose Reynoso CastilloOferta cargada / pendiente según el portal.Mencionado—RD$135,000
Robinson Polanco LopezOferta cargada / pendiente según el portal.Mencionado—RD$135,000
Félix Antonio Marte ReyesOferta cargada / pendiente según el portal.Mencionado—RD$135,000
Ydalmis Nathali Arias De PaulaOferta cargada / pendiente según el portal.Mencionado—RD$135,000
Máximo Peralta MarteOferta cargada / pendiente según el portal.Mencionado—RD$135,000
Victor Manuel Hernández PuntielOferta cargada / pendiente según el portal.Mencionado—RD$135,000
Ariel Edwin Vargas SantosOferta cargada / pendiente según el portal.Mencionado—RD$135,000
Aimee Bellelisa Henríquez LizardoOferta cargada / pendiente según el portal.Mencionado—RD$135,000
Aneudy Jose Paula MarizanOferta cargada / pendiente según el portal.Mencionado—RD$135,000
José Rafael Guzmán MartínezOferta cargada / pendiente según el portal.Mencionado—RD$135,000
Ramón Galvez PaulinoOferta cargada / pendiente según el portal.Mencionado—RD$135,000