La designación incluye seis peritos, número par
· hace 6 meses
El acta designa seis peritos. El Reglamento 52-26 establece que, cuando se designen peritos adicionales, debe respetarse la imparidad numérica del grupo; corresponde revisar la conformación del equipo designado.
“PRIMERA RESOLUCIÓN: DESIGNAR como peritos del procedimiento de contratación DPP-CCC-PEPB-2026'0016, para la elaboración, revisión o validación de los informes y evaluación técnica y económica de las ofertas, a las siguientes personas: PROFE”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 89 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 89 — Perfil y cantidad de peritos
Artículo 89.- Perfil y cantidad de peritos. Las instituciones contratantes deben designar como mínimo tres (3) peritos, procurando que el número total sea impar, integrados de la siguiente manera: 1. Un perito técnico, con conocimientos en el objeto de la contratación o en el área del conocimiento que corresponda (ingeniería, salud, tecnología, servicios, etc.); 2. Un perito financiero o económico, responsable de analizar la razonabilidad de precios, presupuestos y sostenibilidad económica de las ofertas; 3. Un perito legal, encargado de verificar la conformidad jurídica de las actuaciones y documentos legales. Párrafo I. En los procedimientos de contratación menor y de contratación directa…
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