Apropiación prevista inferior al presupuesto estimado
· hace 6 meses
El acta fija el presupuesto estimado en RD$400,000,000.00, pero prevé una certificación inicial de RD$120,000,000.00 y consigna que los flujos restantes se incluirán en el presupuesto de 2027. La Ley 47-25 establece que la certificación previa debe hacer constar el monto total del egreso previsto; conviene verificar cómo se respaldó presupuestariamente el monto completo antes de iniciar el procedimiento.
“Este proceso poseerá una previsión del Certificado de Apropiación Presupuestaria correspondiente al 30% del valor equivalente a CIENTO VEINTE MILLONES DE PESOS DOMINICANOS CON CERO CENTAVOS (RD$120,000,000.00), cuyo certificado será emitido”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 93 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 93 — Disponibilidad de apropiación presupuestaria
Artículo 93.- Disponibilidad de apropiación presupuestaria. Las instituciones contratantes, previo al inicio de un procedimiento de contratación de obras, bienes o servicios, se proveerán de una certificación de apropiación presupuestaria en la que se haga constar el monto total del egreso previsto para la contratación de que se trate. Párrafo I.- La certificación será publicada junto a la convocatoria en el Sistema Electrónico de las Contrataciones Pública. Párrafo II.- La violación a lo dispuesto en este artículo conllevará la nulidad de pleno derecho del procedimiento de contratación, salvo para los casos en que la presente ley y sus reglamentos de aplicación prevean excepciones. Párrafo…
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