El acta del 31 de marzo de 2026 adjudica a Sanfra Food & Catering, S.R.L. el servicio de almuerzo para 600 personas por RD$1,062,000, tras consignar seis cotizaciones. También señala que el perito recomendó la adjudicación por cumplimiento de las especificaciones técnicas.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (21 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El proceso se identifica como contratación menor, pero el acta fundamenta la selección en el artículo 67 de la Ley y el 148 del Reglamento, relativos a contratación directa sujeta al umbral; este último contempla solicitar cotización a un potencial proveedor. El acta registra seis cotizaciones y adjudica una, por lo que debe verificarse la correspondencia entre la modalidad aprobada y el fundamento aplicado.
“CONSIDERANDO; Que dentro de las disposiciones establecidas en el artículo 67 de la Ley 47-25 y el artículo 148 de su Reglamento de Aplicación, las cotizaciones presentadas para el servicio antes citado corresponden a las empresas:” (pág. 2)
Artículo 66.- Contratación menor. La contratación menor es el procedimiento de selección que podrá ser utilizado para la contratación de bienes y servicios comunes y estandarizados o de obras de menor cuantía y reparaciones menores, cuando el valor estimado no exceda del umbral establecido, y para el cual, dado dicho valor, resulta más eficiente agotar un procedimiento expedito de invitación de oferentes que puedan satisfacer la necesidad, sin que ello suponga violentar los principios establecidos en la presente ley. Párrafo.- Los reglamentos de aplicación de la presente ley determinarán el procedimiento para realizar esta contratación garantizando que sea de manera pública, transparente y…
Reglamento 52-26, artículo 145 — Contratación menor
Artículo 145.- Contratación menor. De conformidad con lo previsto en la Ley núm. 47-25, el procedimiento de contratación menor solo puede usarse cuando el valor estimado de la contratación no supere el umbral aplicable y en alguno de los siguientes casos: 1. Bienes y servicios comunes y estandarizados. 2. Obras de menor cuantía. 3. Reparaciones menores. Párrafo. En la aprobación de la modalidad de procedimiento, el responsable debe justificar la procedencia de la contratación menor en atención a lo previsto en la Ley núm. 47-25 y en el presente artículo.
Reglamento 52-26, artículo 148 — Reglas particulares en la contratación directa sujeta a umbral
Artículo 148.- Reglas particulares en la contratación directa sujeta a umbral. En el procedimiento de contratación directa sujeta a umbral aplican las siguientes reglas particulares: 1. La unidad requirente elabora una nota de solicitud o requerimiento interno con la descripción del bien o servicio y la justificación de la necesidad. 2. El responsable del procedimiento solicita una cotización formal a un potencial proveedor, que debe estar inscrito y activo en el Registro de Proveedor del Estado, y especificar en su cotización el precio, las condiciones de entrega y la vigencia de la oferta. 3. Debe revisarse la razonabilidad del precio frente al mercado y certificarse que la cotización…
El acta dice que el perito presentó el informe de evaluación el 3 de marzo, aunque registra la convocatoria el 19 de marzo y el proceso recibió ofertas posteriormente. Podría tratarse de un error de fecha; conviene verificar el informe y su fecha efectiva, pues la evaluación debe seguir a la presentación de ofertas.
“En fechb 19 de marzo de 2026, el Departamento de Compras y Contrataciones procedió a … en fecha 3 de marzo de 2026, el perito designado presento el informe de evaluación de la oferta presentada en el proceso de contratación menor” (pág. 2)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 84 · Ley 47-25, art. 122 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 84 — Actuaciones en el procedimiento de contratación
Artículo 84.- Actuaciones en el procedimiento de contratación. Las actuaciones propias del procedimiento de contratación son las siguientes: 1) La planificación de las contrataciones; 2) Preparación de las contrataciones, la cual implica, de manera general, estudios y consultas previas, la determinación del objeto a contratar y de las condiciones necesarias a este, el presupuesto estimado, la selección de los peritos, la elaboración de las especificaciones técnicas o términos de referencia, la identificación de la apropiación presupuestaria, la preparación y aprobación de los pliegos de condiciones y del procedimiento de contratación; 3) La convocatoria al procedimiento de contratación; 4)…
Artículo 122.- Fases de evaluación. La evaluación de propuestas se realizará en las siguientes fases: 1) Fase de evaluación de la oferta técnica: En la cual se verificará el cumplimiento de los requisitos de calificación y de los requisitos o puntajes mínimos establecidos con relación a la calidad o condiciones técnicas de la oferta, a los fines de ser habilitado a la apertura de la oferta económica; 2) Fase de evaluación de la oferta económica: En la cual se ponderarán las ofertas económicas de acuerdo con los criterios de evaluación previstos; y 3) Fase de adjudicación: En la cual se decidirá cuál es la propuesta más conveniente de los oferentes que resultaron habilitados luego de la fase…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona