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Abriendo la ficha…

Pliego

4- PLIEGO REV SI-05.pdf

Adquisicion de Equipos Informaticos (AECID). · Procuraduría General de la República

Publicado el 31 mar de 202637 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso PROCURADURIA-CCC-SI-2026-0005

Lo que dice

El documento establece el pliego para adquirir 66 equipos informáticos completos (CPU, monitor y UPS) mediante subasta inversa, con un valor referencial total de RD$6,534,000.00 e incluye requisitos técnicos, financieros, de evaluación y condiciones contractuales. Fija una restricción automática para ofertas más de 30% por debajo del estimado y contiene cifras distintas para el precio total estimado de los CPU. También presenta plazos de entrega y condiciones de pago que requieren aclaración o revisión frente al marco aplicable.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (6)

A revisarHallazgo en documentos

Exclusión automática de ofertas por precio bajo

Documento del 31 mar 2026 · hace 6 meses

El pliego dispone que no se acepten ofertas que excedan una baja del 30% y las califica como no sustentables. El Reglamento prevé solicitar explicaciones al oferente y analizar la información antes de excluir una oferta presuntamente temeraria; la regla del pliego podría impedir esa revisión individual.

“Para ser calificadas como sustentables las ofertas presentadas por los oferentes luego de terminas … la puja electrónica, no serán aceptadas ofertas con un valor porcentual hacia la baja que excedan el 30% por debajo del precio total”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 123 · Reglamento 52-26, art. 124 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 123 — Exclusiones de ofertas temerarias

Artículo 123.- Exclusiones de ofertas temerarias. La institución contratante podrá excluir una oferta si determina que el precio o el costo indicado en ella resultan temerarios en relación con el objeto de la contratación y suscita dudas acerca de la aptitud del oferente para eventualmente cumplir el contrato; en estos casos, la institución contratante deberá agotar previamente las actuaciones siguientes: 1) Solicitar por escrito al oferente correspondiente que describa con mayor detalle todo elemento económico de su oferta que suscite dudas acerca de su aptitud para cumplir el contrato; y 2) Estudiar toda información adicional facilitada por el oferente conjuntamente con la que ya consta…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 124 — Procedimiento para la exclusión de ofertas temerarias

Artículo 124.- Procedimiento para la exclusión de ofertas temerarias. En caso de que se haya identificado la posibilidad de una oferta temeraria o económicamente no sustentable, el responsable de la organización, gestión y ejecución del procedimiento de contratación, es decir, el Comité de Contrataciones Públicas o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda, previo a proceder a la exclusión de la oferta por considerarse presuntamente anormalmente baja, debe agotar las siguientes actuaciones: 1. Solicitar por escrito al oferente que describa con mayor detalle todo elemento económico de su oferta que suscite dudas acerca de su aptitud para cumplir el contrato. 2. Los peritos…

Texto oficial completo

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A revisarHallazgo en documentos

Plazo de pago previsto de 45 días

Documento del 31 mar 2026 · hace 6 meses

El pliego fija un plazo de hasta 45 días calendario desde la remisión de las facturas. La Ley establece un máximo de 30 días desde que se genera la condición de pago y se presenta el requerimiento, por lo que corresponde verificar y armonizar el plazo establecido.

“La suma restante será pagada al proveedor, a partir de la entrega bien contratado. Este pago se hará en un período no mayor de cuarenta y cinco (45) días calendarios contados a partir de que el proveedor remita al supervisor o responsable d”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 148 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 148 — Pago del precio

Artículo 148.- Pago del precio. El proveedor tendrá derecho al pago del precio convenido por la prestación realizada en los términos previstos por la presente ley, sus reglamentos de aplicación, los pliegos de condiciones y el contrato. Párrafo I.- El pago del precio podrá hacerse de manera total o parcial, con abonos a cuenta, o mediante el pago en cada uno de los vencimientos estipulados cuando se trate de contratos de tracto sucesivo. Párrafo II.- Cuando se haya establecido un anticipo de pago como condición para el inicio de la ejecución del contrato, el proveedor tendrá derecho a no iniciar dicha ejecución hasta que dicho pago sea satisfecho, en todo caso, si no se produce el pago del…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

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A revisarHallazgo en documentos

Anticipo a MIPYMES sujeto a un máximo y hasta 30 días

Documento del 31 mar 2026 · hace 6 meses

El pliego expresa el anticipo como un máximo de 30% y permite desembolsarlo hasta 30 días después de la firma. La Ley dispone un anticipo del 30% con la suscripción del contrato u orden, por lo que la condición del pliego podría reducir el monto o diferir el acceso a ese flujo financiero para una MIPYME adjudicataria.

“El anticipo que le será otorgado al(la) adjudicatario(a) como parte de las condiciones de pago, no pudiendo ser más del 30%, si se trata de un oferente certificado como MIPYMES, se hará en un plazo no mayor de 30 días a partir de la firma d”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 174 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 174 — Anticipo de pago a MIPYMES

Artículo 174.- Anticipo de pago a MIPYMES. Las instituciones contratantes deberán otorgar un treinta por ciento (30%) de anticipo con la suscripción del contrato, orden de compra o de servicio correspondiente, en todas las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), sin necesidad de que sea presentada factura alguna.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

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A revisarHallazgo en documentos

Plazos de entrega contradictorios

Documento del 31 mar 2026 · hace 6 meses

Para la entrega total aparecen un máximo de 20 días calendario tras la suscripción y, en otra sección, un máximo de 30 días calendario desde la formalización. La diferencia puede afectar la preparación de ofertas y la determinación de retrasos y penalidades; conviene precisar un plazo único.

“66 (66 CPU+66 UPS +66 Monitores): No mayor a 20 días calendario, luego de la suscripción del contrato … El adjudicatario(a) entregará los bienes adjudicados desde la formalización del contrato y no deberá exceder los 30 días calendario para”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 97 · Reglamento 52-26, art. 87 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 87 — Cronograma de actividades y plazos

Artículo 87.- Cronograma de actividades y plazos. El pliego de condiciones aprobado para un procedimiento de selección de proveedores debe incluir un cronograma de actividades con los plazos y fechas límites para las distintas actuaciones, tomando en cuenta las condiciones temporales previstas por la Ley núm. 47-25 para la presentación de propuestas, aclaraciones, adendas o enmiendas, subsanación y aclaración de ofertas, entre otros aspectos.

ContextoHallazgo en documentosRD$6.5 millones

Requisitos financieros acumulativos para evaluar proporcionalidad

Documento del 31 mar 2026 · hace 6 meses

El pliego exige estados financieros de dos ejercicios, índices mínimos de solvencia y liquidez de 1.50, endeudamiento máximo de 1.40 y una referencia bancaria para una contratación estimada en RD$6,534,000. Conviene verificar si el conjunto de requisitos está justificado y es proporcional al objeto y cuantía, pues son condiciones de habilitación que pueden limitar la participación.

“Índice de solvencia = activo total / pasivo total Límite establecido: Mayor 1.5 … Índice de liquidez corriente = activo corriente / pasivo corriente Límite establecido: Mayor 1.50”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

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ContextoHallazgo en documentosPosible explicación normalRD$40,000

Inconsistencia en el precio referencial de los CPU

Documento del 31 mar 2026 · hace 6 meses

El pliego consigna RD$4,818,000 para CPU en la tabla de valores estimados, pero en la tabla de evaluación indica RD$4,858,000. A RD$73,000 por 66 unidades, el cálculo es RD$4,818,000; la diferencia de RD$40,000 puede alterar el referente para evaluar el precio inicial, aunque el primer importe coincide con el total general de RD$6,534,000.

“CPU RD$ 4,818,000.00 … CPU 66 RD$73,000.00 RD$ 4,858,000.00”

Posible explicación normal: el documento no muestra efecto en quién gana ni en cuánto se paga.

Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 97 · Reglamento 52-26, art. 116 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

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Reglamento 52-26, artículo 116 — Reglas de valoración o ponderación

Artículo 116.- Reglas de valoración o ponderación. Las instituciones contratantes deben cumplir con las siguientes reglas de valoración o ponderación: 1. El pliego de condiciones debe establecer claramente los aspectos de la propuesta que son valorables bajo el sistema cumple/no cumple. 2. Con relación a los aspectos de la propuesta cuya valoración deba hacerse por puntaje, el pliego de condiciones debe establecer la ponderación porcentual asignada a cada criterio, así como las reglas de valoración o fórmulas matemáticas que deban aplicarse. 3. Ningún criterio puede ser incorporado o modificado durante el proceso de evaluación. 4. Cuando existan criterios de naturaleza con cierto grado de…

Otros documentos del proceso (13)

  • 3- CERTIFICACION DE FONDOS.pdfCertificación de fondos · 31 mar de 2026 · 1 señal
  • 5- ACTA DE INICIO.pdfInforme pericial · 31 mar de 2026
  • 2- SOLICITUD DE COMPRAS.pdfSolicitud de compra · 31 mar de 2026 · 1 señal
  • 5- ACTA DE INICIO.pdfPliego · 31 mar de 2026
  • Formulario oferta Económica.SNCC.F.033.docxDocumento · 31 mar de 2026
  • Formulario Presentación de Oferta .SNCC.F.034.docxDocumento · 31 mar de 2026
  • Formulario Información del oferente. SNCC.F.042.docxDocumento · 31 mar de 2026
  • Borrador de contrato.pdfContrato · 31 mar de 2026
  • DECLARACIO´N JURADA DE OFERTA LIBRE DE COLUSIO´N.docxDocumento · 31 mar de 2026
  • 7- ENMIENDA.pdfEnmienda · 10 abr de 2026 · 1 señal
  • 6- CIRCULAR DE RESPUESTA.pdfCircular · 10 abr de 2026

Sigue explorando · Dinero público

Todas las secciones →
  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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7- ENMIENDA.pdf
Enmienda · 10 abr de 2026 · 1 señal
  • 14- ACTA DE CONOCIMIENTO DE IMPUGNACION.pdfReconsideración · 14 may de 2026 · 1 señal