El pliego establece las condiciones para contratar la construcción de la Funeraria Municipal de Padre Las Casas, reservada a MIPYMES de la provincia de Azua, mediante comparación de precios; fija una ejecución de cuatro meses. Consigna un presupuesto base de RD$12,000,000.00, aunque el desglose del proyecto y el portal indican RD$12,800,000.00. También incorpora requisitos de participación y evaluación que merecen revisión por su relación con el objeto, su proporcionalidad y algunas contradicciones con las reglas aplicables.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El presupuesto base se fija en RD$12,000,000.00, pero el desglose del proyecto y el monto estimado publicado en el portal son RD$12,800,000.00: una diferencia de RD$800,000.00. Como el pliego vincula la evaluación económica al valor referencial y alude a rechazar ofertas según su distancia respecto de ese valor, la discrepancia puede cambiar el parámetro aplicado a las ofertas.
“El presupuesto base para PROYECTO DE CONSTRUCCION DE LA FUNERARIA MUNICIPAL DE PADRES LAS CASAS., asciende a DOCE MILLONES DE PESOS CON CERO CENTAVOS (RD$12,000,000.00), incluidos los impuestos de Ley y cualquier otro concepto que incida en” (pág. 20)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 92 · Ley 47-25, art. 118 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 92 — Presupuesto estimado
Artículo 92.- Presupuesto estimado. La institución contratante determinará el presupuesto estimado de la contratación a fin de establecer el procedimiento de selección correspondiente y gestionar la asignación presupuestaria necesaria.
Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.
El pliego establece un máximo de veinte días hábiles para suscribir el contrato desde la notificación de la adjudicación. La Ley 47-25 establece un plazo máximo de diez días hábiles; aunque el portal estima la firma para el 21 de abril tras una adjudicación estimada para el 16, la regla general escrita en el pliego fija un límite mayor.
“El contrato entre EL AYUNTAMIENTO MUNICIPAL DE PADRE LAS CASAS y el(la) adjudicatario(a) deberá ser suscrito en la fecha que establece el cronograma de actividades del presente pliego de condiciones, el cual no deberá ser mayor a veinte (20” (pág. 57)
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Ley 47-25, artículo 134 — Plazo máximo para suscripción de los contratos y formalización de las órdenes de compras o de servicios
Artículo 134.- Plazo máximo para suscripción de los contratos y formalización de las órdenes de compras o de servicios. Los contratos deberán ser suscritos en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles, contados a partir de la notificación del acto de adjudicación. Párrafo I.- Las órdenes de compras o de servicios deberán formalizarse con la notificación al adjudicatario, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles, contados a partir de la notificación del acto de adjudicación. Párrafo II.- Vencidos los plazos sin que se haya producido la suscripción del contrato o la notificación de la orden de compra o de servicio, la institución contratante o el proveedor, según corresponda, podrá…
El pliego solicita una declaración jurada de que el oferente no tiene juicios contra el Estado y otras entidades públicas. La Ley 47-25 establece expresamente que tener un juicio contra el Estado no constituye, por sí solo, una inhabilidad para contratar; al exigirse documentación legal y aplicarse una evaluación cumple/no cumple, la condición podría excluir a oferentes por ese motivo.
“b) No tiene juicios con el Estado Dominicano o sus entidades del Gobierno Central, Instituciones Descentralizadas y Autónomas no financieras, ni Instituciones Públicas de la Seguridad Social;” (pág. 26)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 38 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 38 — Inhabilidades para contratar
Artículo 38.- Inhabilidades para contratar. Se establece, bajo las condiciones y el alcance previsto en este artículo, un régimen de inhabilidades para contratar, el cual puede ser de dos tipos, por un lado absolutas, cuando el impedimento para contratar se extienda a todos los entes, órganos o instituciones, o por otro lado relativas, cuando se limiten a un determinado ente, órgano o institución; en consecuencia, no podrán ser oferentes ni contratar con los entes, los órganos o instituciones referidos en el artículo 2 de la presente ley, ni las personas físicas o jurídicas, en los términos siguientes: 1) Inhabilidades absolutas: a) El presidente y vicepresidente de la República, los…
El procedimiento está dirigido exclusivamente a MIPYMES, pero el pliego exige estar al día con las obligaciones fiscales y de seguridad social. La ley permite la participación de MIPYMES con atrasos de hasta seis meses, por lo que esta condición podría excluir a empresas que se encuentran dentro de esa excepción.
“4) Estar al día con sus obligaciones fiscales en la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), no tiene que ser depositado, será verificado en línea por la institución. 5) Estar al día con el pago de sus obligaciones de la Seguridad So” (pág. 25)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 172 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 172 — Reservas de contrataciones
Artículo 172.- Reservas de contrataciones. Las instituciones contratantes, al momento de realizar su formulación presupuestaria, reservarán como mínimo el treinta por ciento (30%) de las partidas asignadas para contrataciones, para procedimientos de contratación destinados exclusivamente para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), distribuido de la forma siguiente: 1) Veinte por ciento (20%) para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) en general; 2) Diez por ciento (10%) para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) dirigidas por mujeres. Párrafo I.- Los porcentajes indicados en este artículo deben ser distribuidos trimestralmente. Párrafo II.- Los reglamentos de…
Aunque el objeto convocado es una funeraria, el pliego exige una declaración para iniciar trabajos de aceras, contenes, badenes y alcantarillas, y una metodología que considere un entorno escolar. Estas condiciones aparecen dentro de requisitos de la oferta y pueden generar incertidumbre o afectar la evaluación de propuestas para la obra convocada.
“Declaración jurada debidamente notarizada y legalizada por Procuraduría donde se comprometa a iniciar los trabajos de construcción de aceras, contenes, badenes y alcantarillas, en forma simultánea que le sea requerido a partir de la entrega” (pág. 29)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 91 · Reglamento 52-26, art. 101 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 91 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 91.- Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas que resulten de los estudios previos deberán garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento, para lo cual deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo I.- Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. Párrafo II.- No deberán exigirse o mencionarse marcas o nombres comerciales, diseños o modelos,…
Reglamento 52-26, artículo 101 — Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación
Artículo 101.- Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación. El pliego de condiciones debe asegurar la coherencia entre las especificaciones técnicas o términos de referencia, los requisitos de calificación, los criterios de evaluación y los criterios de adjudicación previstos para el procedimiento de contratación. Párrafo I. Las especificaciones técnicas y los términos de referencia no pueden contener requisitos que no guarden relación directa con el objeto contractual o con su correcta ejecución, ni establecer condiciones que contradigan los criterios de evaluación o adjudicación. Párrafo II. Los criterios de evaluación y adjudicación…
Para una obra estimada en RD$12,800,000.00 y descrita con un área aproximada de 600 m², el pliego exige, entre otros elementos, experiencia del gerente en tres proyectos similares y un cronograma de trabajo 24/7, además de equipos mínimos detallados. Conviene verificar que estas exigencias sean proporcionales y estén justificadas por las condiciones técnicas de la obra, pues pueden limitar la participación.
“El cronograma debe contemplar un esquema de trabajos en jornada extendida 24/7. Experiencia. ≥ 3 proyectos similares (Certificado).” (págs. 30-31)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona