Referencia y modalidad del proceso no coinciden con el portal
· hace 6 meses
La resolución incluye el proceso de materiales gastables bajo la referencia MINERD-CCC-CP-2026-0013, aunque el portal lo identifica como MINERD-CCC-LPN-2026-0013 y registra Licitación Pública Nacional. Como el monto estimado consignado en la resolución es RD$31,651,435.61, la diferencia entre la referencia de contratación simplificada y la modalidad publicada requiere verificar cuál procedimiento aprobó formalmente el Comité; el documento también incluye ese proceso en la relación de los aprobados bajo modalidades de licitación pública nacional y contratación simplificada.
“9 | MINERD-CCC-CP-2026-0013 | Adquisición de materiales gastables para ser utilizados en el Nivel Primario y el Departamento de Educación Técnico Profesional | RD$31,651,435.61 … PRIMERA RESOLUCIÓN: El Comité de Contrataciones Públicas del ”
Posible explicación normal: el documento no muestra efecto en quién gana ni en cuánto se paga.
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 56 · Ley 47-25, art. 57 · Ley 47-25, art. 95 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 56 — Selección de procedimientos
Artículo 56.- Selección de procedimientos. Los procedimientos ordinarios de selección se elegirán a partir de la cuantía o naturaleza de la contratación.
Ley 47-25, artículo 57 — Selección por cuantía
Artículo 57.- Selección por cuantía. La selección por cuantía aplicará en: 1) La licitación pública cuando el valor estimado sea igual o superior al umbral mínimo determinado en aplicación del tratado internacional de libre comercio vigente, el cual deberá ser fijado por la presente ley y calculado por la Dirección General de Contrataciones Públicas; 2) La contratación simplificada cuando el valor estimado sea inferior al umbral fijado por la presente ley y calculado por la Dirección General de Contrataciones Públicas; 3) La contratación menor cuando el valor estimado sea inferior al umbral de contratación simplificada fijado por la presente ley y calculado por la Dirección General de…
Ley 47-25, artículo 95 — Aprobación del procedimiento de selección y de los pliegos de condiciones
Artículo 95.- Aprobación del procedimiento de selección y de los pliegos de condiciones. Previo a la publicación de la convocatoria, la institución contratante deberá aprobar, mediante acto administrativo, el procedimiento de selección y los pliegos de condiciones que hayan sido elaborados; el cual dará inicio al procedimiento de selección.
Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.