jueves, 15 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
ComprasPresupuestoCifrasResoluciones DGCP
El Estado bajo la lupa

Abriendo la ficha…

Enmienda · Acta Circular de Enmienda No. 001

Circular de Enmienda.pdf

SERVICIO DE REPARACION DE MOTOR AGUA POTABLE · Corporación de Acueducto y Alcantarillado de Santiago

Publicado el 24 mar de 2026Fechado el 23 mar de 20264 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso CORAASAN-CCC-CP-2026-0008

Lo que dice

La Circular de Enmienda No. 001, de 2026-03-24, mantiene el requisito de que el taller principal o una sucursal esté en el municipio de Santiago de los Caballeros y modifica el anticipo para MIPYMES al 30%, sujeto a formalización, registro y una póliza de garantía. También amplía el cierre de ofertas al 30 de marzo de 2026. La circular deja los demás aspectos del pliego sin cambios.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (3)

A revisarHallazgo en documentos

El cierre ampliado aún deja menos del mínimo de días hábiles

Documento del 24 mar 2026 · hace 6 meses

Según el portal, la convocatoria se publicó el 18 de marzo y la circular fija el cierre para el 30 de marzo: transcurren ocho días hábiles, menos que el mínimo de diez para servicios no comunes en contratación simplificada. El objeto se describe en los documentos del proceso como reparación especializada de motores.

“4. Presentaci6n de las ofertas ``Sobre A" (oferta … tecnica) y ``Sobre 8" (oferta econ6mica … Hasta el 30 de marzo del 2026, a las 3:00pm”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 101 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 101 — Reglas mínimas para la presentación de propuestas

Artículo 101.- Reglas mínimas para la presentación de propuestas. Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 100 de la presente ley, para la presentación de propuestas, atendiendo a la naturaleza del objeto contractual y el procedimiento de selección aprobado, se establecerán las reglas mínimas siguientes: 1) Para el procedimiento de licitación pública, el plazo que deberá mediar entre la convocatoria y la fecha límite fijada para la recepción de propuestas no será inferior a treinta (30) días hábiles; 2) Para el procedimiento de licitación abreviada, el plazo que deberá mediar entre la convocatoria y la fecha límite fijada para la recepción de propuestas no será inferior a quince (15)…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
A revisarHallazgo en documentos

Se mantiene la exigencia de taller en Santiago

Documento del 24 mar 2026 · hace 6 meses

La circular mantiene que todo oferente debe tener su taller principal o una sucursal en el municipio de Santiago de los Caballeros, pese a indicar que pueden participar proveedores de todo el país. Al no ser un proceso reservado a MIPYMES ni de un gobierno local, corresponde revisar la justificación y proporcionalidad de esta condición territorial como requisito de participación.

“Debemos destacar ademds que pueden participar proveedores de todas partes del pals, pero deben tener su taller principal o una sucursal en el municipio de Santiago de los Caballeros para eficientica el tiempo de respuesta.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 4 · Ley 47-25, art. 97 · Reglamento 52-26, art. 224 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 4 — Principios

Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

A revisarHallazgo en documentos

El anticipo MIPYME se programa hasta 15 días hábiles después

Documento del 24 mar 2026 · hace 6 meses

La circular condiciona el pago del anticipo del 30% a que transcurran hasta 15 días hábiles tras la formalización y el registro del contrato. La ley dispone que el anticipo a MIPYMES se otorgue con la suscripción del contrato u orden, por lo que debe revisarse esta demora frente a la regla legal.

“En el caso de que el adjudicatario se trate de una MIPYMES, la instituci6n contratante realizafa el pago del anticipo, en un plazo de quince (15) dias habiles luego de la formalizaci6n del contrato y su debido registro por ante la Contralor”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 174 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 174 — Anticipo de pago a MIPYMES

Artículo 174.- Anticipo de pago a MIPYMES. Las instituciones contratantes deberán otorgar un treinta por ciento (30%) de anticipo con la suscripción del contrato, orden de compra o de servicio correspondiente, en todas las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), sin necesidad de que sea presentada factura alguna.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →

Oferentes que registra (1)

1 mencionado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
Electromecánica y Construcción, M.T, S.R.L.El portal registra una oferta cargada y pendiente; este documento no decide su habilitación ni adjudicación.Mencionado—RD$4,978,755

Cambios que introduce (3)

SecciónAntesDespuésEfecto
Requisito de ubicación del tallerUbicación territorial requeridaEl pliego exigía que el taller tuviera domicilio en el municipio de Santiago de los Caballeros.La circular mantiene la exigencia de taller principal o sucursal en ese municipio, aunque afirma que pueden participar proveedores de todo el país.Neutral
Anticipo y garantía de buen usoAnticipo a MIPYMESEl pliego original fijaba un anticipo de 20% para oferentes MIPYME.Lo fija en 30% para MIPYMES, sujeto a firma y registro del contrato, póliza por el total del anticipo y pago dentro de 15 días hábiles.Relaja
CronogramaFecha límite para presentar ofertasEl pliego original fijaba el cierre de ofertas para el 23 de marzo de 2026.La enmienda fija la presentación de ofertas hasta el 30 de marzo de 2026, a las 3:00 p. m.Relaja

Otros documentos del proceso (14)

  • 4. Pliego CP-2026-0008.pdfPliego · 18 mar de 2026 · 4 señales
  • ACTA DE APROBACI0N DE LA MODALIDAD DE CONTRATACION.pdfInforme pericial · 18 mar de 2026 · 1 señal
  • ACTA DE APROBACION DE LAS BASES DE CONTRATACI0N.pdfPliego · 18 mar de 2026
  • Solicitud de Compra.pdfSolicitud de compra · 18 mar de 2026
  • TDR.pdfPliego · 18 mar de 2026 · 2 señales
  • 1. Código de Ética de la CORAASAN.pdfDocumento · 18 mar de 2026
  • 2. D-COR-13 Compromiso con el Código de Ética de la CORAASAN.docxDocumento · 18 mar de 2026
  • 5. SNCC_C024 Contrato para Ejecución de Servicios. Rev 19.03.2024.docxContrato · 18 mar de 2026
  • 8. SNCC_F033 Formulario De Oferta Económica.docxDocumento · 18 mar de 2026
  • 9. SNCC_F034 Formulario Presentación de Oferta.docxDocumento · 18 mar de 2026
  • 12. SNCC_F042 Informacion Del Oferente.docxDocumento · 18 mar de 2026

Sigue explorando · Dinero público

Todas las secciones →
  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 224 — Domicilio local de los proveedores

Artículo 224.- Domicilio local de los proveedores. Para los fines del artículo 173 de la Ley núm. 47-25, el domicilio del proveedor MIPYME debe determinarse atendiendo a criterios de presencia efectiva y capacidad operativa en la demarcación territorial correspondiente, los cuales podrán acreditarse, de manera alternativa, mediante: 1. Sede principal, sucursal, oficina operativa o establecimiento registrado en la demarcación donde se ejecutará la contratación; 2. Capacidad comprobada de prestación del servicio o suministro en la zona, atendiendo a la naturaleza del objeto contractual, la logística necesaria y los tiempos de respuesta requeridos; 3. Relación comercial previa y verificable en…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
18. SNCC_D049 Experiencia del contratista.docxDocumento · 18 mar de 2026
  • 4. Pliego CP-2026-0008 ENMENDADO.pdfEnmienda · 24 mar de 2026 · 5 señales
  • DECLARATORIA DESIERTO.pdfDocumento · 6 abr de 2026