La solicitud de compra CCC/2026/01, fechada el 20 de marzo de 2026, registra una unidad del proyecto de continuación de la construcción del Palacio Distrital de Junta del Palmar de Ocoa (Etapa I), por un estimado total de RD$9,846,300. Indica que la compra está planificada y señala como rubro servicios profesionales de ingeniería, aunque la descripción presupuestaria identifica obras para edificación no residencial. El detalle consigna cantidad solicitada de 1 y cantidad requerida de 16 en el plan de entrega.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La solicitud clasifica el rubro como servicios profesionales de ingeniería, mientras que la descripción del ítem y la información del portal presentan una obra de construcción. Conviene verificar la clasificación aplicable, ya que puede incidir en la identificación del objeto y en la selección de la modalidad correspondiente.
“Servicios profesionales de ingeniería … Obras para edificación no residencial”
Ley 47-25, artículo 43 — Clasificación de los contratos
Artículo 43.- Clasificación de los contratos. Los contratos de obras, bienes, servicios y consultoría se clasificarán de acuerdo con las disposiciones contenidas en este capítulo. Párrafo.- Los demás contratos del sector público se clasificarán según las normas de derecho administrativo o de derecho privado que les sean aplicables.
Artículo 44.- Contratos de obra. Serán considerados contratos de obra aquellos que tengan por objeto la construcción, fabricación, recuperación o ampliación de un bien público de naturaleza inmobiliaria que exija diseño. Párrafo.- Las obras contratadas podrán clasificarse en obras no complejas, obras complejas, obras adicionales, obras de menor cuantía y reparaciones menores, de conformidad con las definiciones establecidas en el artículo 4 de la presente ley.
Ley 47-25, artículo 56 — Selección de procedimientos
Artículo 56.- Selección de procedimientos. Los procedimientos ordinarios de selección se elegirán a partir de la cuantía o naturaleza de la contratación.
La solicitud registra 1 unidad como cantidad solicitada, pero el plan de entrega consigna 16 como cantidad requerida. El documento no explica la diferencia; debe verificarse si se trata de unidades de entrega, etapas u otro dato, para que el alcance y la comparación de ofertas sean claros.
“Cantidad Solicitada … 1 9,846,300.00 … Cantidad requerida Fecha necesidad 1 AVENIDA NUESTRA SEÑORA DEL CARMEN, FRENTE AL PARQUE CENTRAL. 16 SEGÚN SE DEFINIO EN EL PLIEGO”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 97 · Reglamento 52-26, art. 87 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
Reglamento 52-26, artículo 87 — Cronograma de actividades y plazos
Artículo 87.- Cronograma de actividades y plazos. El pliego de condiciones aprobado para un procedimiento de selección de proveedores debe incluir un cronograma de actividades con los plazos y fechas límites para las distintas actuaciones, tomando en cuenta las condiciones temporales previstas por la Ley núm. 47-25 para la presentación de propuestas, aclaraciones, adendas o enmiendas, subsanación y aclaración de ofertas, entre otros aspectos.
El documento consigna «Planificada: Sí», pero, según el contexto aportado, la DGCP no publica un Plan Anual de Compras 2026 de la institución. Esto no demuestra por sí solo que la contratación no estuviera planificada; conviene cotejar la afirmación con el expediente y los registros de publicación.
“Planificada: Sí”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 86 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 86 — Plan Anual de Contrataciones (PAC)
Artículo 86.- Plan Anual de Contrataciones (PAC). Las instituciones contratantes sujetas al ámbito de aplicación de la presente ley tendrán la obligación de elaborar planes anuales de contratación de obras, bienes y servicios, de acuerdo con las políticas, normas y metodologías establecidas por los reglamentos de aplicación de la presente ley. Párrafo I.- Los planes anuales de contratación deberán ser publicados y gestionados en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas y en los portales de las instituciones contratantes. Párrafo II.- Sin perjuicio de las excepciones previstas, toda contratación deberá constar en estos planes y estos deberán ser consistentes con las apropiaciones…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona