La Enmienda 1 del proceso IDEICE-CCC-CP-2026-0002, fechada el 19 de marzo de 2026 y aprobada mediante el Acta núm. 14-2026, modifica condiciones de ejecución, documentación, evaluación y pago, y fija como fecha límite de ofertas el 20 de marzo de 2026 a las 3:00 p. m. También rectifica la designación de peritos, reduciéndolos de cuatro a tres. El documento establece un anticipo del 30%, pagadero en un plazo de hasta 60 días bajo las condiciones indicadas.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La enmienda, fechada el 19 de marzo, modifica documentación y criterios técnicos y condiciones de pago, pero mantiene el cierre el 20 de marzo. La Ley establece que, si una modificación se realiza después del 75% del plazo de recepción, debe extenderse el plazo proporcionalmente a la complejidad y reabrirse la oportunidad de preguntas sobre lo modificado; el portal registra como cierre el 20 de marzo.
““en fecha doce (12) de marzo del año dos mil veintiséis (2026), fue publicada la convocatoria a participar en el proceso de Contratación Simplificada indicado en la referencia” … “En cuanto a la fecha de presentación de oferta descrita en e”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
El documento sitúa la ejecución en el primer trimestre y parte del segundo de 2026, aunque la convocatoria se publicó el 12 de marzo. También condiciona las solicitudes a la certificación contractual y al desembolso del anticipo; conviene verificar cómo se delimita la prestación correspondiente al trimestre ya transcurrido parcialmente.
““Se ejecutará durante el primer trimestre y parte del segundo de año 2026, las solicitudes serán enviadas con un plazo no menor a 72 horas para las actividades fuera del Distrito Nacional y 48 horas para las actividades dentro del Distrito ”
Posible explicación normal: el documento no muestra efecto en quién gana ni en cuánto se paga.
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 135 · Ley 47-25, art. 132 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 135 — Contenido mínimo de los contratos
Artículo 135.- Contenido mínimo de los contratos. Para ser considerados válidos, los contratos deberán tener el siguiente contenido mínimo: 1) Identificación de las partes contratantes; 2) Acreditación de la calidad de los suscribientes a los fines de la formalización del contrato; 3) Antecedentes de la contratación; 4) Definición del objeto contractual y tipo de contrato; 5) La duración del contrato, la fecha de inicio de su ejecución, el cronograma de entrega o prestaciones y la posibilidad de prórrogas a la duración; 6) La determinación del riesgo previsible y el esquema bajo el cual estará distribuido entre las partes; 7) El precio cierto o el modo de determinarlo, los criterios para el…
Artículo 132.- Perfección del contrato. Los contratos sujetos a la aplicación de la presente ley y sus reglamentos de aplicación se perfeccionarán con su formalización.
Cambios que introduce (7)
Sección
Antes
Después
Efecto
Punto 7: tiempo de ejecución del servicioPeríodo y condiciones para solicitar los servicios
El texto anterior no se reproduce en la enmienda.
El servicio se ejecutará durante el primer trimestre y parte del segundo de 2026; las solicitudes se enviarán con al menos 72 horas de antelación fuera del Distrito Nacional y 48 horas dentro. Se requerirá orden de servicio, cotización actualizada, certificación del contrato y desembolso del anticipo.
Aclara
Punto 10, numeral 9: documentación a presentarFormulario de compromiso ético
El requisito anterior no se reproduce en la enmienda.
El formulario de compromiso ético firmado y sellado pasa a ser subsanable; se aclara que no requiere firma notarial.
RelajaQuita un control: Se elimina la autenticación notarial de la firma del formulario; permanece la exigencia de firma y sello.
Punto 12.1.1: evaluación legalEvaluación del formulario de compromiso ético
El criterio anterior no se reproduce en la enmienda.
El formulario se evalúa bajo cumple/no cumple y se considera subsanable, armonizando la evaluación legal con el requisito documental.
Relaja
Condiciones de pago y retencionesAnticipo y garantía del avance inicial
El texto anterior no se reproduce en la enmienda.
Se fija un anticipo del 30% del contrato, pagadero en un plazo máximo de 60 días desde la firma y certificación del contrato, contra póliza de seguro o garantía bancaria por el total del avance inicial.
Aclara
Punto 12.1.3: evaluación técnicaDocumentación técnica, subsanabilidad y evaluación de cocina
El texto anterior no se reproduce en la enmienda.
Se detalla la documentación técnica, incluidos menú de siete días, plan de suministro, permisos y certificaciones sanitarias, pruebas de laboratorio, vehículos, cocina y experiencia; algunos documentos se califican como no subsanables y se incorpora puntuación para la cocina.
Endurece
ConvocatoriaFecha límite para presentar ofertas
La fecha anterior no se reproduce; la enmienda la califica de incorrecta.
Se aclara que la fecha correcta para presentar ofertas es el 20 de marzo de 2026 a las 3:00 p. m., en armonía con el pliego y el cronograma del SECP.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Se elimina uno y se confirman tres: Michael Borelli Núñez, perito legal; Ana Ysabel Rodríguez Ramírez, perito financiero; y Víctor Alberto Martí Fernández, perito técnico.