El Comité de Compras y Contrataciones del Ayuntamiento Municipal de La Romana aprobó el 19 de marzo de 2026 la Enmienda núm. CCC-2026-0001 al pliego del proceso AMR-CCC-CP-2026-0002. La enmienda incorpora formularios estándar, reorganiza la presentación y evaluación de ofertas, fija la adjudicación por menor precio entre oferentes habilitados, limita a 30% el anticipo a MIPYMES y establece fechas para subsanaciones; no adjudica el proceso.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (12 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Según el portal, la convocatoria se publicó el 13/03/2026 y el cierre fue el 23/03/2026: el intervalo comprende seis días hábiles. Para una contratación simplificada de servicios no comunes ni estandarizados, la Ley 47-25 fija un mínimo de diez días hábiles; el portal clasifica el objeto como servicio, pero la información disponible no establece si es común y estandarizado, por lo que corresponde verificar esa clasificación y el cómputo aplicable.
“• Notificación de errores: 23/03/2026 • Nuevo plazo para subsanación: hasta 24/03/2026 • Evaluación de subsanaciones: 25/03/2026”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 101 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 101 — Reglas mínimas para la presentación de propuestas
Artículo 101.- Reglas mínimas para la presentación de propuestas. Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 100 de la presente ley, para la presentación de propuestas, atendiendo a la naturaleza del objeto contractual y el procedimiento de selección aprobado, se establecerán las reglas mínimas siguientes: 1) Para el procedimiento de licitación pública, el plazo que deberá mediar entre la convocatoria y la fecha límite fijada para la recepción de propuestas no será inferior a treinta (30) días hábiles; 2) Para el procedimiento de licitación abreviada, el plazo que deberá mediar entre la convocatoria y la fecha límite fijada para la recepción de propuestas no será inferior a quince (15)…
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Permite completar después de presentar la oferta documentos que acreditan solvencia y capacidad económica, aunque exige que existieran al momento de ofertar..
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
La enmienda del 19/03 incorporó cambios sobre documentación financiera, secuencia de evaluación y criterio de adjudicación, mientras que, según el portal, las ofertas cerraban el 23/03. La fecha no demuestra por sí sola que se superara el punto del 75% que activa la extensión prevista por la ley, pero el corto margen entre los cambios y el cierre merece verificar su publicación y notificación efectiva a los interesados y si permitió ajustar las propuestas.
“Se establece de manera inequívoca que la adjudicación del procedimiento se realizará bajo el criterio de menor precio, entre aquellas ofertas que hayan resultado habilitadas en la evaluación técnica. Se corrige la estructura del pliego…”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
Documentos estándarIncorporación de formularios y documentos al pliego
El documento refiere omisiones de documentos estándar; no detalla cuáles estaban incluidos previamente.
Se incorporan formularios de oferta técnica y económica, experiencia del oferente, modelo de contrato y modelo referencial de garantía de seriedad.
Aclara
Numeral 1.3.3 y Cuadro de EvaluaciónUbicación y subsanabilidad de la documentación financiera
La documentación financiera no estaba ubicada en el Sobre A; el tratamiento previo de subsanación no se especifica.
Los estados financieros e indicadores de capacidad económica pasan al Sobre A como requisitos de habilitación y pueden subsanarse si eran preexistentes a la oferta.
RelajaQuita un control: Permite completar después de presentar la oferta documentos que acreditan solvencia y capacidad económica, aunque exige que existieran al momento de ofertar.
Etapas del procedimientoSecuencia de evaluación técnica y económica
El documento indica que reorganiza la secuencia; no reproduce el orden anterior.
Recepción de sobres A y B; apertura y evaluación técnica; subsanación; habilitación; apertura y evaluación económica; adjudicación.
Aclara
Criterio de adjudicaciónAdjudicación por menor precio
El criterio del pliego se describe como ambiguo; su contenido anterior exacto no se reproduce.
Menor precio entre las ofertas que hayan resultado habilitadas en la evaluación técnica.
Aclara
Numeral 3.7Anticipo para proveedores MIPYMES
El documento indica que había disposiciones de anticipo superiores al 30%, sin precisar el porcentaje.
El anticipo se fija en un máximo de 30%.
Endurece
CronogramaPlazos para subsanar y evaluar subsanaciones
El cronograma anterior no se reproduce en el documento.
Notificación de errores el 23/03/2026; subsanación hasta el 24/03/2026; evaluación el 25/03/2026.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona