La designación no detalla perfiles ni funciones por perito
· hace 6 meses
El acto identifica a los peritos por nombre y área, pero asigna a la comisión en conjunto la preparación del pliego y la ficha técnica y la evaluación de ofertas; no precisa el perfil ni las funciones específicas de cada integrante. Corresponde verificar la designación frente a los datos que exige el reglamento para documentar las responsabilidades y capacidades periciales.
“NOMBRES Y APELLIDOS | ÁREA 1 | Mayor Abogada Mercedes Altagracia Durán García, FARD. | Legal 2 | Primer Teniente Luis A. Núñez Reynoso, ERD. | J-5 3 | Primer Teniente Contadora Neuris Solís Alcántara, ERD. | Administrativa”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 91 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 91 — Formalización de designación y duración de funciones
Artículo 91.- Formalización de designación y duración de funciones. La designación de los peritos debe constar mediante acto administrativo motivado emitido por el Comité de Contrataciones Públicas. Dicho acto debe indicar: 1. Nombres, cargos y perfiles de los peritos designados; 2. Funciones específicas asignadas a cada uno; 3. Declaración de ausencia de conflictos de interés. Párrafo I. En los procedimientos de contratación directa sujeta a umbral y de contratación menor, los peritos son designados por la Dirección Administrativa y Financiera. La designación debe hacerse constar en un acta simple de inicio de procedimiento. Párrafo II. La designación de peritos tiene validez únicamente…
Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →