El Comité aprobó el 16 de marzo de 2026 la primera enmienda al proceso MIP-CCC-CP-2026-0003, con presupuesto de RD$5,500,000. La enmienda corrige la actividad UNSPSC requerida en el RPE, limita el objeto a tickets, modifica la tabla de entregables y añade metodología económica y adjudicación por menor precio, usando el mayor descuento como criterio. El acta ordena publicar la enmienda y no adjudica ni determina la habilitación de oferentes.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El portal registra ofertas de Sigma Petroleum Corp, SAS y Servicios Empresariales Canaan, SRL por RD$5,500,000 cada una, el mismo monto de la apropiación consignada en el acta. Como la enmienda establece que la competencia económica se decidirá por el porcentaje de descuento, conviene verificar las ofertas económicas completas y cómo se reflejan esos descuentos; el acta no adjudica ni informa el resultado de la evaluación.
“Que este Ministerio posee fondos suficientes para empezar el proceso, según se evidencia en la certificación de apropiación presupuestaria, por un monto de cinco millones quinientos mil pesos dominicanos con 00/100 centavos (RD$5,500,000.00”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 121 · Ley 47-25, art. 125 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 121 — Menor precio
Artículo 121.- Menor precio. Cuando la propuesta más conveniente deba determinarse a partir del menor precio, la institución contratante deberá evaluar en primer lugar la oferta técnica “Sobre A” bajo el criterio cumple o no cumple, y solo aquellas propuestas que cumplan con todos los criterios establecidos, serán habilitados para la apertura y evaluación de sus ofertas económicas. Párrafo I.- La oferta más conveniente será aquella que luego de haber cumplido todo lo técnico, presente el menor precio. Párrafo II.- Para el procedimiento de contratación mediante subasta inversa, siempre será considerada como propuesta más conveniente la de menor precio ofertado.
Ley 47-25, artículo 125 — Adjudicación del contrato
Artículo 125.- Adjudicación del contrato. La adjudicación deberá hacerse en favor del oferente calificado cuya propuesta cumpla con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones y sea considerada como la más conveniente, de conformidad con los criterios de adjudicación aplicados.
El acta incorpora la metodología económica y el criterio de adjudicación por descuento; según el portal, la enmienda se registró el 17 de marzo y las ofertas cerraban el 19. La proximidad merece verificar si el plazo restante permitió a los interesados ajustar sus propuestas y si correspondía una extensión conforme a la regla aplicable a modificaciones tardías.
“Se modifica el criterio de evaluación de oferta económica. En consiguiente, se añade al Pliego Estándar de Condiciones el acápite numeral 12.1.4 sobre “Metodología y criterios de evaluación de oferta económica”:”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · Ley 47-25, art. 100 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
Ley 47-25, artículo 100 — Plazos para presentación de propuestas
Artículo 100.- Plazos para presentación de propuestas. El plazo que debe mediar entre la convocatoria y la fecha límite para la presentación de propuestas deberá ser determinado atendiendo al objeto a contratar, sus características o su cuantía; en todos los casos, para determinar dicho plazo las instituciones deberán tomar en cuenta la complejidad que amerite la presentación de las propuestas.
Oferentes que registra (2)
2 mencionado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Sigma Petroleum Corp, SASEl portal registra una oferta cargada y pendiente; el acta no decide habilitación ni adjudicación.
Pliego, sección I, numeral 10.1.1, subnumeral 5Actividad comercial exigida en el RPE
El pliego indicaba la actividad UNSPSC 81130000 - Estadística.
Se exige la actividad UNSPSC 15100000 - Combustible, verificada en línea por la institución.
Aclara
Pliego, numerales 2, 4.6 y 5.4Descripción del objeto
El texto incluía tarjetas recargables y tickets de combustible.
El objeto queda descrito como adquisición de tickets de combustible para el Programa Comunidad Segura.
Aclara
Pliego, numeral 7, tabla de entregablesPlazo de entrega
El acta consigna una contradicción entre el plazo de hasta 10 días calendario del numeral 6 y el de hasta 15 días calendario de la tabla del numeral 7.
El acta dice que se modifica la tabla del numeral 7, pero no reproduce el plazo resultante.
Aclara
Pliego, numeral 12.1.4Evaluación de la oferta económica
El acta indica que se modifica el criterio de evaluación económica, sin reproducir el criterio previo.
Se incorpora evaluación cumple/no cumple y se indica que la oferta de mayor porcentaje de descuento será la de menor precio entre las técnicamente habilitadas.
Aclara
Pliego, numeral 12.1.5Criterio de adjudicación
El acta no reproduce el criterio de adjudicación previamente establecido.
Se incorpora adjudicación por menor precio; para este objeto, se identifica el mayor porcentaje de descuento como menor precio y se prevé considerar una oferta única si cumple el pliego y resulta conveniente.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona