Montos estimados por renglón difieren de los del portal
· hace 7 meses
La solicitud asigna montos distintos a varios renglones que en el portal tienen la misma descripción genérica de publicidad en televisión: por ejemplo, el renglón 2 figura por RD$531,000 en la solicitud y por RD$354,000 en el portal; el renglón 3, RD$1,062,000 y RD$177,000, respectivamente. El total estimado de RD$7,080,000 coincide en ambas fuentes, pero la redistribución por renglón merece verificarse contra la ficha y la asignación de medios para asegurar la trazabilidad de precios y ofertas.
“2- 2.2.2.1.01 PUBLICIDAD EN TELEVISIÓN UD 3 177,000.00 531,000.00 … 3- 2.2.2.1.01 PUBLICIDAD EN TELEVISIÓN UD 3 354,000.00 1,062,000.00 … 8- 2.2.2.1.01 PUBLICIDAD EN TELEVISIÓN UD 3 118,000.00 354,000.00”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 179 · Ley 47-25, art. 23 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 179 — Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas
Artículo 179.- Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas. Se crea e instituye el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas como herramienta tecnológica oficial y obligatoria para la implementación, gestión, monitoreo y control de los procedimientos de contratación pública, desde la planificación hasta el pago y liquidación de los contratos. Párrafo I.- A través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas deberá gestionarse y difundirse toda la información relativa a cada una de las etapas de los procedimientos de contratación pública, con excepción de aquella considerada como reservada. Párrafo II.- El Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas deberá contar con…
Ley 47-25, artículo 23 — Expediente administrativo
Artículo 23.- Expediente administrativo. Todo procedimiento de contratación generará un expediente administrativo bajo las formas, condiciones y responsabilidades previstas en la Ley sobre los Derechos de las Personas en sus Relaciones con la Administración y de Procedimiento Administrativo. Párrafo I.- Los reglamentos de aplicación de la presente ley establecerán el plazo por el cual debe mantenerse disponible este expediente administrativo. Párrafo II.- Las personas con calidad e interés jurídico en el procedimiento de contratación de que se trate, tendrán acceso al expediente administrativo respectivo, sin perjuicio de las reservas justificadas por razones de confidencialidad o interés…
Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →