El pliego, fechado el 13 de marzo de 2026, fija las condiciones para la contratación simplificada del suministro de alimentos a MIPYMES y un valor referencial de RD$5,644,812.73. El cronograma prevé recibir ofertas hasta el 24 de marzo y adjudicar el 1 de abril; además, el pliego establece una entrega límite anterior a esas fechas y contiene disposiciones divergentes sobre el anticipo MIPYME. El contexto del proceso registra la adjudicación por ítem a Beltron Investment, SRL y Grupo Barchi, SRL por un total conjunto de RD$4,866,045.91.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego fija la entrega de los bienes antes del 27 de marzo de 2026, mientras que el cronograma prevé la adjudicación el 1 de abril y la firma el 9 de abril. La secuencia puede exigir la prestación antes de formalizar el contrato; el artículo 134, párrafo III, de la Ley condiciona el inicio de la entrega a la formalización y al pago del anticipo acordado.
“El adjudicatario(a) entregará/ prestará los bienes adjudicados antes del [27/03/2026, en el Almacén de materiales gastables del Hospital General Docente de la Policía Nacional.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 134 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 134 — Plazo máximo para suscripción de los contratos y formalización de las órdenes de compras o de servicios
Artículo 134.- Plazo máximo para suscripción de los contratos y formalización de las órdenes de compras o de servicios. Los contratos deberán ser suscritos en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles, contados a partir de la notificación del acto de adjudicación. Párrafo I.- Las órdenes de compras o de servicios deberán formalizarse con la notificación al adjudicatario, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles, contados a partir de la notificación del acto de adjudicación. Párrafo II.- Vencidos los plazos sin que se haya producido la suscripción del contrato o la notificación de la orden de compra o de servicio, la institución contratante o el proveedor, según corresponda, podrá…
Una cláusula establece un anticipo del 20% para MIPYMES y otra señala el 30%. El artículo 174 de la Ley establece un anticipo del 30% para las contrataciones con MIPYMES; la contradicción deja inciertas las condiciones económicas aplicables.
“El anticipo que le será otorgado al(la) adjudicatario(a) como parte de las condiciones de pago, previstas en el numeral 11 de la Sección III, que asciende a 10% y a un 20% si se trata de un oferente certificado como MIPYMES, se hará en un p”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 174 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 174 — Anticipo de pago a MIPYMES
Artículo 174.- Anticipo de pago a MIPYMES. Las instituciones contratantes deberán otorgar un treinta por ciento (30%) de anticipo con la suscripción del contrato, orden de compra o de servicio correspondiente, en todas las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), sin necesidad de que sea presentada factura alguna.
El pliego establece 109 días hábiles para emitir la recepción conforme, frente al plazo reglamentario general de 10 días hábiles, que admite un plazo distinto si se establece en el pliego o contrato. La extensión merece revisión por su posible efecto en la aceptación y el inicio del plazo de pago.
“Si el suministro de bienes fue acorde con las especificaciones técnicas, la institución deberá formalizarla mediante la recepción conforme en un plazo de 109 días hábiles, a partir del día siguiente de notificada entrega de los bienes.”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 184 · Ley 47-25, art. 148 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 184 — Plazo para la recepción conforme de bienes y servicios
Artículo 184.- Plazo para la recepción conforme de bienes y servicios. La recepción conforme se otorga dentro del plazo máximo de diez (10) días hábiles, salvo que en el pliego de condiciones o en el contrato se establezca uno distinto. Dicho plazo comienza a correr a partir del día hábil inmediato siguiente a la fecha de entrega de los bienes o servicios, o al vencimiento del período previsto en el pliego de condiciones o en el contrato. Una vez vencido el plazo establecido para la conformidad, el proveedor puede intimar a la recepción. Si la institución contratante no se pronuncia dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la recepción de la intimación, los bienes o servicios se…
Artículo 148.- Pago del precio. El proveedor tendrá derecho al pago del precio convenido por la prestación realizada en los términos previstos por la presente ley, sus reglamentos de aplicación, los pliegos de condiciones y el contrato. Párrafo I.- El pago del precio podrá hacerse de manera total o parcial, con abonos a cuenta, o mediante el pago en cada uno de los vencimientos estipulados cuando se trate de contratos de tracto sucesivo. Párrafo II.- Cuando se haya establecido un anticipo de pago como condición para el inicio de la ejecución del contrato, el proveedor tendrá derecho a no iniciar dicha ejecución hasta que dicho pago sea satisfecho, en todo caso, si no se produce el pago del…
El pliego consigna RD$5,644,812.73 y el portal registra un monto estimado de RD$5,626,358, una diferencia de RD$18,454.73. Ambas cifras se mantienen bajo el máximo aplicable al procedimiento según los datos suministrados, pero conviene verificar cuál respaldó la apropiación y la evaluación económica.
“El valor referencial para esta compra asciende a cinco millones seiscientos cuarenta y cuatro mil ochocientos doce pesos con 00/73 (5,644,812.73), incluidos los impuestos de Ley y cualquier otro concepto que incida en el costo total del bie”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 92 · Reglamento 52-26, art. 99 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 92 — Presupuesto estimado
Artículo 92.- Presupuesto estimado. La institución contratante determinará el presupuesto estimado de la contratación a fin de establecer el procedimiento de selección correspondiente y gestionar la asignación presupuestaria necesaria.
Reglamento 52-26, artículo 99 — Vinculación con los estudios previos y el presupuesto
Artículo 99.- Vinculación con los estudios previos y el presupuesto. El pliego de condiciones debe guardar coherencia directa con los estudios previos, la definición del objeto contractual, la investigación de mercado y la apropiación presupuestaria que respalda la contratación. Párrafo. La institución contratante debe dejar constancia, en el expediente administrativo, de que el pliego ha sido elaborado tomando en cuenta los estudios y datos de mercado, la estimación del valor referencial, los riesgos relevantes y la disponibilidad presupuestaria.
En los antecedentes, el pliego afirma que el PACC de 2025 consignó la adquisición de insumos médicos, aunque este proceso de 2026 es para alimentos. La discrepancia puede ser un arrastre de plantilla, pero conviene comprobar la planificación y la apropiación que respaldan la compra.
“Para cumplir con la misión de la institución, el HOSGEDOPOL, en su Plan Anual de Compras y Contrataciones (PACC), ha consignado para este año 2025 la Adquisición de insumos médicos, los cuales serán utilizados en este HOSGEDOPOL, por un mon”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 86 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 86 — Plan Anual de Contrataciones (PAC)
Artículo 86.- Plan Anual de Contrataciones (PAC). Las instituciones contratantes sujetas al ámbito de aplicación de la presente ley tendrán la obligación de elaborar planes anuales de contratación de obras, bienes y servicios, de acuerdo con las políticas, normas y metodologías establecidas por los reglamentos de aplicación de la presente ley. Párrafo I.- Los planes anuales de contratación deberán ser publicados y gestionados en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas y en los portales de las instituciones contratantes. Párrafo II.- Sin perjuicio de las excepciones previstas, toda contratación deberá constar en estos planes y estos deberán ser consistentes con las apropiaciones…
El pliego permite suscribir el contrato hasta 20 días hábiles después de la notificación de la adjudicación, aunque la Ley establece un máximo de 10 días hábiles. El cronograma fija como fecha prevista el 9 de abril, pero la regla general consignada en el pliego amplía el plazo permitido.
“El contrato entre el HOSPITAL GENERAL DOCENTE DE LA POLICÍA NACIONAL y el(la) adjudicatario(a) deberá ser suscrito en la fecha que establece el cronograma de actividades del presente pliego de condiciones, el cual no deberá ser mayor a vein”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 134 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 134 — Plazo máximo para suscripción de los contratos y formalización de las órdenes de compras o de servicios
Artículo 134.- Plazo máximo para suscripción de los contratos y formalización de las órdenes de compras o de servicios. Los contratos deberán ser suscritos en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles, contados a partir de la notificación del acto de adjudicación. Párrafo I.- Las órdenes de compras o de servicios deberán formalizarse con la notificación al adjudicatario, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles, contados a partir de la notificación del acto de adjudicación. Párrafo II.- Vencidos los plazos sin que se haya producido la suscripción del contrato o la notificación de la orden de compra o de servicio, la institución contratante o el proveedor, según corresponda, podrá…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona