El informe pericial, fechado el 26 de febrero de 2026, recomienda arrendar un nuevo local para la oficina del IDOPPRIL en Santo Domingo Este, describiendo sus características, equipamiento y condiciones económicas. Propone un canon mensual de US$6,000 más ITBIS, una vigencia de cuatro años renovable y un aumento del 8 % al segundo año; esos términos no coinciden plenamente con el horizonte de dos años y los montos por año registrados en el portal y en el resumen del acta de adjudicación.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El informe establece un aumento del 8 % al segundo año, pero el portal registra el mismo monto anual para los dos años: RD$5,698,369.56 por cada uno. Sobre el importe anual registrado, el 8 % equivaldría a RD$455,869.56; debe verificarse si el monto estimado y la adjudicación incorporaron el ajuste o si responden a otra base de cálculo.
“• Revisión de canon: 8% al segundo año; revisiones posteriores cada dos (2) años hasta un 10%.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 87 · Reglamento 52-26, art. 99 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 87 — Estudios previos
Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…
Reglamento 52-26, artículo 99 — Vinculación con los estudios previos y el presupuesto
Artículo 99.- Vinculación con los estudios previos y el presupuesto. El pliego de condiciones debe guardar coherencia directa con los estudios previos, la definición del objeto contractual, la investigación de mercado y la apropiación presupuestaria que respalda la contratación. Párrafo. La institución contratante debe dejar constancia, en el expediente administrativo, de que el pliego ha sido elaborado tomando en cuenta los estudios y datos de mercado, la estimación del valor referencial, los riesgos relevantes y la disponibilidad presupuestaria.
El informe propone una vigencia de cuatro años renovable, mientras que los ítems del portal y el resumen del acta de adjudicación reflejan un alquiler por dos años. El Reglamento limita el arrendamiento a cuatro años y permite su renovación solo excepcionalmente, con justificación técnico-jurídica y por un máximo de dos años; conviene verificar cómo se armonizaron esos términos en el contrato.
“• Vigencia: Cuatro (4) años, renovable.”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 163 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 163 — Procedimiento para adquisición o arrendamiento de inmuebles para uso estatal
Artículo 163.- Procedimiento para adquisición o arrendamiento de inmuebles para uso estatal. Los procedimientos de contratación para la adquisición o el arrendamiento de inmuebles para uso estatal deben realizarse cuando concurran, como mínimo, las siguientes condiciones: 1. Necesidad institucional: Que sea necesario un inmueble directamente vinculado con las funciones, programas o servicios institucionales que justifican la contratación. 2. Inexistencia de alternativas: Que no existan alternativas razonables dentro del patrimonio estatal, lo cual debe acreditarse mediante un estudio técnico. 3. Justificación de la contratación: Que se acredite la necesidad de contratar la adquisición o el…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona