El estudio previo del Ministerio de Interior y Policía, fechado el 23 de febrero de 2026, estima en RD$6,726,000.00 la contratación de publicidad digital y describe entregables, riesgos, garantías y requisitos de calificación. Define un período de prestación de uno a tres meses, mientras que la ficha del proceso lo describe como tres meses.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El estudio plantea una duración de uno a tres meses sin precisar cuál se usó para formar el estimado de RD$6,726,000.00; el proceso se describe en el portal como una contratación por tres meses. La amplitud del período puede afectar la comparación del costo y la definición de las prestaciones, aunque tres meses está dentro del rango previsto.
“CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE PUBLICIDAD INSTITUCIONAL EN MEDIOS DE COMUNICACIÓN (DIGITALES), POR UN PERIODO DE 1 A 3 MESES … El costo estimado del servicio es de RD$6,726,000.00, monto determinado tomando en consideración estudios de”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 87 · Reglamento 52-26, art. 85 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 87 — Estudios previos
Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…
Artículo 85.- Estudios previos. Los estudios previos que sean desarrollados como parte de la planificación contractual de cada institución deben elaborarse por escrito, con la firma de los responsables técnicos, financieros y jurídicos de la institución, y deben formar parte integral del expediente administrativo del procedimiento de contratación. Deben contener, como mínimo, los aspectos establecidos en el artículo 87 de la Ley núm. 47-25. Párrafo. Cuando se produzcan variaciones sustanciales en las condiciones del mercado, del presupuesto o del objeto contractual, los estudios previos deben ser actualizados antes de la publicación del procedimiento.
El estudio afirma que el estimado se basó en tarifas de mercado. Como referencia contextual, el portal registra RD$59,000 por unidad para varios ítems, frente a una mediana de RD$29,500 y un rango central de RD$29,500–RD$41,300 en otros procesos; son estimaciones que podrían corresponder a alcances distintos, por lo que conviene verificar la comparabilidad y el soporte del cálculo.
“El costo estimado del servicio es de RD$6,726,000.00, monto determinado tomando en consideración estudios de mercado sobre tarifas publicitarias digitales vigentes, análisis comparativo de métricas de alcance, impresiones y segmentación, ex”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 5 · Ley 47-25, art. 87 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 5 — Definiciones
Artículo 5.- Definiciones. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por las definiciones siguientes: 1) Adjudicación: Es el acto administrativo a través del cual la institución contratante selecciona al proveedor que haya presentado la mejor propuesta, de conformidad con los criterios de evaluación y los criterios de adjudicación fijados en un procedimiento de contratación pública. 2) Bienes: Son los objetos de cualquier índole, incluyendo las materias primas, los productos, los equipos, otros objetos en estado sólido, líquido o gaseoso, así como los servicios accesorios al suministro de esos bienes, siempre que el valor de los servicios no exceda…
Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona