El documento se identifica como un acta del 10 de marzo de 2026 sobre la contratación menor HOSGEDOPOL-DAF-CM-2026-0013 para mobiliario de oficina, no sobre el proceso HOSGEDOPOL-CCC-CP-2026-0003 de insumos médicos indicado en el expediente. Adjudica a JOKAGER DISTRIBUIDORA, SRL un monto total de RD$1,859,904.20, con ITBIS incluido.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El encabezado y la resolución corresponden al proceso HOSGEDOPOL-DAF-CM-2026-0013 para mobiliario de oficina, mientras que el proceso al que se adjunta el documento es HOSGEDOPOL-CCC-CP-2026-0003 para insumos médicos. La diferencia afecta la trazabilidad de qué procedimiento y adjudicación acredita este documento; conviene verificar su asociación al expediente.
“ACTA DE ADJUDICACIÓN CORRESPONDIENTE A LA CONTRATACION MENOR , LLEVADA A CABO POR EL HOSPITAL GENERAL DOCENTE DE LA POLICÍA NACIONAL, DESTINADO A LA ADQUISICION MOBILIARIOS DE OFICINA, DIRIGIDO A MIPYMES MUJERES.”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 82 · con ChatLeyes
Artículo 82.- Expediente administrativo. Todo procedimiento de contratación debe generar un expediente administrativo único, físico o electrónico, que integre de manera cronológica los actos, documentos, informes, comunicaciones, decisiones, notificaciones y demás piezas vinculadas al proceso de contratación, desde la planificación hasta la ejecución y el cierre del contrato. El expediente debe contener, como mínimo: 1. Estudios previos; 2. Acta de inicio o registro del procedimiento; 3. Pliego de condiciones y sus enmiendas; 4. Circulares de preguntas y respuestas; 5. Publicaciones de convocatorias y avisos; 6. Ofertas presentadas y documentación de los oferentes; 7. Actas de apertura,…
El acta afirma que estaban presentes todos los miembros y que la decisión fue unánime, pero solo identifica al gerente financiero y al personal de la Unidad Operativa; no individualiza a los demás miembros ni sus votos. Esto limita la verificación documental de la integración y deliberación del órgano decisor.
“Comprobada la presencia de todos los miembros el Tte. coronel Lic. CESAR ANTONIO ROSARIO DIAZ P.N., Gerente financiero, les comunica que este comité de compras y contrataciones del HOSGEDOPOL, realiza su trabajo basado en las disposiciones ”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 19 · Reglamento 52-26, art. 18 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 19 — Integración
Artículo 19.- Integración. Cada Comité de Contrataciones Públicas estará integrado por los cinco (5) miembros siguientes: 1) La máxima autoridad administrativa de la institución contratante, o la persona que designe como su representante, quien lo presidirá; 2) El titular del área administrativa financiera o su equivalente; 3) El titular del área jurídica de mayor jerarquía o su equivalente; 4) El titular del área de Planificación y Desarrollo Institucional o su equivalente; 5) El responsable de la Oficina de Libre Acceso a la Información Pública o su equivalente en materia de libre acceso a la información. Párrafo I.- El presidente de la República tendrá la facultad de designar un máximo…
Reglamento 52-26, artículo 18 — Funcionamiento interno y condiciones de deliberación
Artículo 18.- Funcionamiento interno y condiciones de deliberación. Los Comités de Contrataciones Públicas se rigen por las siguientes reglas de funcionamiento interno y condiciones de deliberación: 1. Las convocatorias a reuniones de los Comités de Contrataciones Públicas deben ser realizadas por el presidente, con la asistencia de la Unidad Operativa de Contrataciones Públicas. 2. El personal de la Unidad Operativa de Contrataciones Públicas debe fungir como secretario, con la responsabilidad de elaborar las actas de las reuniones y asistir en la coordinación de los encuentros. 3. El quórum mínimo para iniciar las reuniones y deliberar es de al menos tres (3) miembros, siendo siempre…
Oferentes que registra (1)
1 adjudicado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
JOKAGER DISTRIBUIDORA, SRLAdjudicada por ser considerada la oferta más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta la calidad e idoneidad de la oferta, el precio y demás condiciones.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona