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Enmienda

PLIEGO MODIFICADO 2026.pdf

CONSTRUCCIÓN DEL CUARTEL DE BOMBEROS JAMAO AL NORTE · Ayuntamiento Municipal Jamao Al Norte

Publicado el 10 mar de 202652 páginasEn el mensaje «Enmienda No. 01 – Corrección de fecha de recepción de ofertas y aclaración de restricción del proceso AMJN-CCC-CP-2026-0002. Si deseas, también puedo darte **3 asu»

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso AMJN-CCC-CP-2026-0002

Lo que dice

El pliego del proceso AMJN-CCC-CP-2026-0002 establece las condiciones para construir el cuartel de bomberos de Jamao al Norte, con presupuesto base de RD$11,000,000 y plazo máximo de ejecución de 180 días calendario. El texto fija como fecha de recepción de ofertas el 11 de marzo de 2026 a las 17:00 y contiene disposiciones sobre evaluación, garantías, anticipos, penalidades y formalización contractual que requieren revisión frente al marco aplicable. El documento no consigna una fecha específica de emisión ni un número de acta.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (7)

A revisarHallazgo en documentosRD$2.2 millones

Requisitos financieros y de experiencia requieren revisar proporcionalidad

Documento del 10 mar 2026 · hace 7 meses

Se pide una línea de crédito o disponibilidad comercial no menor al 20% del valor a contratar y certificaciones de terminación de al menos dos obras similares. Para un proceso estimado en RD$11,000,000, la línea exigida equivale a RD$2,200,000; conviene verificar que estos requisitos sean proporcionales al objeto y a la capacidad de las MIPYMES convocadas.

“Certificados de poseer disponibilidad de crédito comercial emitida para este procedimiento en particular (relacionadas al sector construcción) y/o líneas de crédito de instituciones bancarias establecidas en la Republica Dominicana por un m”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

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A revisarHallazgo en documentos

La garantía de seriedad tiene plazos contradictorios

Documento del 10 mar 2026 · hace 7 meses

El pliego establece una vigencia mínima de 30 días calendario en una cláusula y de 90 días en otra. La diferencia deja incierto el requisito aplicable a la oferta; además, la exigencia se extiende a MIPYMES, aunque la ley las exime de esta garantía.

“Con una vigencia mínima de treinta (30) días calendario a partir de la fecha de la apertura de la oferta … La vigencia de la … Garantía deberá ser por un mínimo de noventa (90) días calendario, contados a partir de la fecha de apertura de”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 175 · Reglamento 52-26, art. 203 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 175 — Reglas especiales de garantías a MIPYMES

Artículo 175.- Reglas especiales de garantías a MIPYMES. Para el régimen de garantías en las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) se aplicarán las reglas siguientes: 1) Las instituciones contratantes solo podrán exigir como garantías fianzas prestadas a través de compañías aseguradoras; 2) No se requerirá la garantía de seriedad de oferta. Párrafo.- Sin perjuicio de la aplicación de las sanciones previstas en la presente ley, si el proveedor beneficiado con lo establecido en el numeral 2) de este artículo, renuncia de forma injustificada a la adjudicación o no cumple con la ejecución del contrato, perderá los beneficios allí establecidos por un período de dos (2)…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 203 — Vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta

Artículo 203.- Vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta. La vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta es establecida por el pliego de condiciones. Debe iniciar a partir de la fecha de apertura de las ofertas técnicas y cubrir hasta la fecha de suscripción del contrato, de acuerdo con el cronograma de actividades del procedimiento de selección.

Texto oficial completo

A revisarHallazgo en documentos

Exige garantía de seriedad a oferentes MIPYME

Documento del 10 mar 2026 · hace 7 meses

El pliego exige garantía de seriedad de oferta y solo limita para MIPYMES la modalidad a fianza de seguro; no las exime de presentarla. La Ley 47-25 dispone que no se requerirá esa garantía para MIPYMES.

“Si se trata de un oferente certificado como MIPYME solo será exigida la fianza de seguro.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 175 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 175 — Reglas especiales de garantías a MIPYMES

Artículo 175.- Reglas especiales de garantías a MIPYMES. Para el régimen de garantías en las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) se aplicarán las reglas siguientes: 1) Las instituciones contratantes solo podrán exigir como garantías fianzas prestadas a través de compañías aseguradoras; 2) No se requerirá la garantía de seriedad de oferta. Párrafo.- Sin perjuicio de la aplicación de las sanciones previstas en la presente ley, si el proveedor beneficiado con lo establecido en el numeral 2) de este artículo, renuncia de forma injustificada a la adjudicación o no cumple con la ejecución del contrato, perderá los beneficios allí establecidos por un período de dos (2)…

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A revisarHallazgo en documentos

Anticipo para MIPYMES fijado por debajo del mínimo legal

Documento del 10 mar 2026 · hace 7 meses

El pliego fija para el adjudicatario MIPYME un anticipo del 20%, mientras que la Ley 47-25 establece un 30% en todas las contrataciones con MIPYMES. La diferencia puede afectar el flujo de fondos previsto para ejecutar la obra.

“Si se trata de un adjudicatario certificado como MIPYME, por concepto de avance recibirán el veinte por ciento (20%)”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 174 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 174 — Anticipo de pago a MIPYMES

Artículo 174.- Anticipo de pago a MIPYMES. Las instituciones contratantes deberán otorgar un treinta por ciento (30%) de anticipo con la suscripción del contrato, orden de compra o de servicio correspondiente, en todas las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), sin necesidad de que sea presentada factura alguna.

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A revisarHallazgo en documentos

Plazos de formalización exceden los máximos reglamentarios

Documento del 10 mar 2026 · hace 7 meses

El pliego prevé hasta 20 días hábiles para suscribir el contrato, frente al máximo legal de 10 días hábiles desde la notificación de adjudicación. También concede 10 días para presentar la garantía de fiel cumplimiento, aunque el Reglamento fija 5 días para este proceso, salvo licitación internacional o adjudicatario extranjero.

“El contrato entre AYUNTAMIENTO DE JAMAO AL NORTE, AMJN y el (la) adjudicatario(a) deberá ser suscrito en la fecha que establece el cronograma de actividades del presente pliego de condiciones, el cual no deberá ser mayor a veinte (20) días ”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 134 · Reglamento 52-26, art. 206 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 134 — Plazo máximo para suscripción de los contratos y formalización de las órdenes de compras o de servicios

Artículo 134.- Plazo máximo para suscripción de los contratos y formalización de las órdenes de compras o de servicios. Los contratos deberán ser suscritos en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles, contados a partir de la notificación del acto de adjudicación. Párrafo I.- Las órdenes de compras o de servicios deberán formalizarse con la notificación al adjudicatario, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles, contados a partir de la notificación del acto de adjudicación. Párrafo II.- Vencidos los plazos sin que se haya producido la suscripción del contrato o la notificación de la orden de compra o de servicio, la institución contratante o el proveedor, según corresponda, podrá…

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Reglamento 52-26, artículo 206 — Presentación de la garantía de fiel cumplimiento

Artículo 206.- Presentación de la garantía de fiel cumplimiento. El adjudicatario debe constituir y presentar ante la institución contratante la garantía de fiel cumplimiento dentro de los cinco (5) días hábiles contados a partir de la notificación de la adjudicación. En el caso de licitaciones internacionales o de adjudicatarios extranjeros, el plazo es de diez (10) días hábiles. Párrafo I. Si dentro del plazo definido por este artículo no se formaliza la garantía correspondiente, no puede generarse la orden de compra ni suscribirse el contrato, y la institución contratante puede ejecutar la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta y proceder a adjudicar al oferente que haya…

A revisarHallazgo en documentos

Penalidades diarias pueden superar los topes previstos

Documento del 10 mar 2026 · hace 7 meses

El pliego contempla penalidades de hasta 4% del monto total por cada día o fracción de día de incumplimiento, sin expresar un tope acumulado en esas cláusulas. La Ley limita cada penalidad al 10% del precio del contrato y el total de penalidades al 30%.

“la penalidad aplicable será equivalente al cuatro por ciento (4%) del monto total del contrato por cada día o fracción de día en que no se haya corregido dicho incumplimiento”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 147 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 147 — Incumplimiento parcial o cumplimiento defectuoso

Artículo 147.- Incumplimiento parcial o cumplimiento defectuoso. La institución contratante, ante incumplimiento parcial de las prestaciones fijadas en el contrato o cumplimiento defectuoso de este, podrá aplicar las penalidades que hayan sido establecidas en los pliegos de condiciones y el contrato. Párrafo.- Las penalidades impuestas deben ser proporcionales al incumplimiento y las cuantías de cada una no podrán superar el diez por ciento (10%) del precio del contrato, ni el total de ellas superar el treinta por ciento (30%) del mismo y, estas se hacen efectivas mediante la deducción de las cantidades que por concepto de pago total o parcial deban abonarse al proveedor.

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A revisarHallazgo en documentos

Pondera experiencia del oferente sin expresar la justificación excepcional

Documento del 10 mar 2026 · hace 7 meses

La matriz asigna hasta 30 puntos a la experiencia del oferente. La ley establece que los requisitos de calificación se evalúan, como regla, cumple/no cumple y solo se ponderan excepcionalmente cuando la especialidad o complejidad lo justifique, o la experiencia sea indispensable; el pliego no expresa esa justificación junto a la matriz.

“Experiencia de Oferente | 1-2 proyectos: 10 puntos. 3-4 proyectos: 20 puntos. 5 o más proyectos: 30 puntos. | 0-30”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Reglamento 52-26, art. 113 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

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Reglamento 52-26, artículo 113 — Naturaleza y tratamiento de los requisitos de calificación y de la experiencia del oferente

Artículo 113.- Naturaleza y tratamiento de los requisitos de calificación y de la experiencia del oferente. Los requisitos de calificación constituyen condiciones de habilitación del oferente y no forman parte de los criterios técnicos, económicos ni especiales de evaluación. Su verificación debe realizarse, como regla general, mediante la metodología “cumple/no cumple”, conforme a los artículos 37 y 114 de la Ley núm. 47-25. Párrafo I. Los requisitos de calificación solo pueden ser objeto de ponderación por puntaje en las circunstancias excepcionales previstas en la ley, debidamente justificadas en el pliego de condiciones, cuando la especialidad o complejidad del objeto contractual haga…

Oferentes que registra (3)

2 mencionado · 1 adjudicado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
Palmarius, S.R.L.El portal registra la oferta como cargada y en tratamiento; el pliego no consigna una decisión de habilitación.Mencionado——
Grupo Parsan Paredes y Santiago, SRLEl portal registra la oferta como cargada y en tratamiento; el pliego no consigna una decisión de habilitación.Mencionado——
Ingeniería y Constructora Ingconsesp, S.R.L.El acta de adjudicación anterior del proceso, según el contexto aportado, registra la adjudicación. El pliego no contiene esa decisión.Adjudicado—RD$10,997,405

Cambios que introduce (1)

SecciónAntesDespuésEfecto
Cronograma de actividadesFecha y hora límite de recepción de ofertas10 de marzo de 2026 a las 22:00, según los datos de la enmienda previa del proceso.11 de marzo de 2026 a las 17:00, según el cronograma incorporado en el pliego.Relaja

Otros documentos del proceso (16)

  • ACTA DE APROBACIÓN DE PLIEGO DE CONDICIONES Y DESIGNACIÓN DE PER.pdfInforme pericial · 3 mar de 2026 · 1 señal
  • acto de aprobacion base de la contratacion y ficha tecnica.pdfPliego · 3 mar de 2026
  • acto de inicio de proceso .pdfPliego · 3 mar de 2026
  • certificacion de fondo .pdfCertificación de fondos · 3 mar de 2026 · 1 señal
  • comvocatoria.pdfDocumento · 3 mar de 2026
  • PLIEGIO CUARTEL DE BOMBEROS 20260303_14270818.pdfPliego · 3 mar de 2026 · 5 señales
  • PRESUPUESTO FINAL JAMAO ESTACION DE BOMBEROS modificado.xlsxDocumento · 3 mar de 2026
  • PROYECTO ESTACION DE BOMBEROS JAMAO AL NORTE .pdfDocumento · 3 mar de 2026
  • solicitud orden .pdfSolicitud de compra · 3 mar de 2026 · 1 señal
  • ENMIENDA 2026.pdfEnmienda · 10 mar de 2026 · 2 señales
  • acto de adjudicacion 02 bombero.pdfActa de adjudicación · 21 abr de 2026 · 1 señal

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  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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acto autentico de recepcion de oferta tecnica .pdfDocumento · —
  • acto de aprobacion del informe definitivode oferta tecnica.pdfInforme de evaluación · —
  • Contrato 02 bombero.pdfContrato · —
  • informe definitivo de evaluacion de oferta tecnicas sobre a.pdfInforme de evaluación · —
  • Informe final del portalDocumento · —