El Acta Administrativa núm. 0011-2026, fechada el 2 de marzo de 2026, aprueba el inicio del proceso UTEPDA-CCC-LPN-2026-0003, el pliego y la ficha técnica, y designa cinco peritos. El acta ordena iniciar la convocatoria; la certificación presupuestaria que menciona está fechada el 5 de marzo de 2026. Aunque el encabezado habla de comparación de precios, la resolución aprueba una licitación pública, como también identifica el portal.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta, fechada el 2 de marzo, aprueba el inicio del procedimiento y ordena comenzar la convocatoria; la certificación presupuestaria que consigna está fechada el 5 de marzo. La secuencia merece verificarse frente al requisito de contar con apropiación antes de iniciar el procedimiento; el portal registra la convocatoria el 5 de marzo.
“En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, siendo el día dos (2) días del mes de marzo del año dos mil veintiséis (2026), siendo las nueve (09:00 AM) de la mañana se reúne el Comité de Compras y Co”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 93 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 93 — Disponibilidad de apropiación presupuestaria
Artículo 93.- Disponibilidad de apropiación presupuestaria. Las instituciones contratantes, previo al inicio de un procedimiento de contratación de obras, bienes o servicios, se proveerán de una certificación de apropiación presupuestaria en la que se haga constar el monto total del egreso previsto para la contratación de que se trate. Párrafo I.- La certificación será publicada junto a la convocatoria en el Sistema Electrónico de las Contrataciones Pública. Párrafo II.- La violación a lo dispuesto en este artículo conllevará la nulidad de pleno derecho del procedimiento de contratación, salvo para los casos en que la presente ley y sus reglamentos de aplicación prevean excepciones. Párrafo…
El encabezado denomina el proceso comparación de precios, mientras que la resolución aprueba una licitación pública y el portal también la identifica como licitación pública nacional. Dado que el monto estimado del servicio es RD$31,800,000 y supera el umbral de licitación pública aplicable a la convocatoria de 2026, la discrepancia parece estar en el encabezado, pero conviene confirmar que no afectó la documentación del proceso.
“Acta Administrativa del Comité de Compras y Contrataciones, que aprueba el procedimiento de comparación de precios, el pliego de condiciones específicas y su ficha técnica y designación de los peritos, para el proceso: Contratación de servi”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 56 · Ley 47-25, art. 57 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 56 — Selección de procedimientos
Artículo 56.- Selección de procedimientos. Los procedimientos ordinarios de selección se elegirán a partir de la cuantía o naturaleza de la contratación.
Artículo 57.- Selección por cuantía. La selección por cuantía aplicará en: 1) La licitación pública cuando el valor estimado sea igual o superior al umbral mínimo determinado en aplicación del tratado internacional de libre comercio vigente, el cual deberá ser fijado por la presente ley y calculado por la Dirección General de Contrataciones Públicas; 2) La contratación simplificada cuando el valor estimado sea inferior al umbral fijado por la presente ley y calculado por la Dirección General de Contrataciones Públicas; 3) La contratación menor cuando el valor estimado sea inferior al umbral de contratación simplificada fijado por la presente ley y calculado por la Dirección General de…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona