Publicado el 2 mar de 2026Fechado el 24 feb de 202614 páginasEn el mensaje «VER ENMIENDA NO.1-2026 INAPA-CCC-LPN-2025-0060 ALCANTARILLADO SANITARIO DE LUPERON»
El Acto Administrativo núm. 061/2026, de fecha 2026-02-25, aprueba la Enmienda núm. 01-2026 al pliego de la licitación INAPA-CCC-LPN-2025-0060. Elimina la exigencia de un CD o USB con todos los documentos del Sobre B, precisa que la obra no excederá 18 meses desde el Acto de Inicio posterior al anticipo y modifica la metodología y los criterios de evaluación técnica, con 70 puntos y un mínimo de 49 para no ser descalificado automáticamente.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se elimina el medio digital general para contrastar la integridad de todos los documentos del Sobre B; subsisten entregas digitales específicas para presupuesto, análisis de costos y flujo de caja..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
El acto establece primero que los documentos se dividirán entre evaluación Cumple/No Cumple y puntaje, pero después indica que todos los documentos técnicos se evaluarán por puntuación. La ambigüedad puede afectar la forma de calificar y habilitar las ofertas.
“En la metodología “Combinada” todos los documentos referidos en el numeral 11.1.2 “documentación técnica” serán divididos entre aquellos que se evalúan bajo el esquema “Cumple/No Cumple” y otros que se evalúan bajo el esquema de “Puntaje”. ”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · Reglamento 416-23, art. 81 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación
Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.
Reglamento 416-23, artículo 81 — Metodología de evaluación
Artículo 81. Metodología de evaluación. Las ofertas podrán ser evaluadas bajo las siguientes metodologías: 1. Metodología cumple/no cumple, en la que se establecen criterios mínimos que deben ser acreditados por las ofertas técnicas o económicas presentadas. 2. Metodología de puntaje, en la que se establecen criterios mínimos y máximos a los que se les asigna una puntuación considerada como proporcional de acuerdo con el nivel alcanzado. En este tipo de metodología será necesario desglosar todas las puntuaciones que pueden ser asignadas a cada requisito exigido. 3. Metodología combinada, que consiste en la aplicación tanto del método cumple/no cumple como el puntaje para la evaluación de…
Según el portal, la última enmienda se registró el 2026-03-02 y el cierre de ofertas era el 2026-03-19: 17 días calendario para preparar propuestas bajo criterios técnicos modificados. Corresponde verificar si el plazo fue proporcional a la complejidad de los cambios; el acto ordena publicar la enmienda, pero no consigna una extensión del cronograma.
“Se modifica el numeral 12.1 Metodología y Criterios Evaluación para la documentación técnica “Sobre A”-Metodología Combinada de la sección I del pliego de condiciones”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
Sección I, numeral 11.1.3, Sobre BCopia digital general de los documentos de la oferta económica
Se exigía un CD o USB obligatorio con todos los documentos contenidos en el Sobre B.
Se elimina esa exigencia general; se mantienen archivos Excel en CD o USB para el presupuesto físico, los análisis de costos unitarios y el flujo de caja o desembolso.
RelajaQuita un control: Se elimina el medio digital general para contrastar la integridad de todos los documentos del Sobre B; subsisten entregas digitales específicas para presupuesto, análisis de costos y flujo de caja.
Sección I, numeral 7Inicio y duración del plazo de ejecución de la obra
Texto previo del numeral 7 no reproducido en el acto.
La ejecución no excederá 18 meses contados desde el Acto de Inicio, que se realizará después del pago del anticipo; se exigen diagramas de tareas, Gantt y calendarios de ejecución.
Aclara
Sección I, numeral 12.1, evaluación del Sobre AMetodología y criterios de evaluación técnica
Criterios y metodología anteriores del numeral 12.1, no reproducidos íntegramente en el acto.
Establece metodología combinada, distribuye 70 puntos entre personal, experiencia como contratista y enfoque metodológico, y fija 49 puntos como mínimo para evitar la descalificación automática.
Aclara
Otros documentos del proceso (39)
APROPIACION.pdfCertificación de fondos · 29 dic de 2025 · 1 señal
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona