El Acta 2026-0001, fechada el 25 de febrero de 2026, aprueba las especificaciones técnicas para el acondicionamiento y construcción de aceras y contenes del casco urbano y dispone tramitarlo por comparación de precios. También autoriza al Departamento de Compras y Contrataciones a preparar y publicar la convocatoria del proceso JDMCAR-CCC-CP-2026-0001.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta identifica cuatro integrantes, mientras que la integración local prevista es de cinco; la integración simplificada reglamentaria contempla tres miembros y requiere que la estructura reducida la justifique. Además, Rossy Benitez Medrano figura como responsable de Libre Acceso a la Información en una página y como Administrativo en otra; conviene verificar la integración y los cargos que sustentaron las decisiones.
“integrado por: NOMBRE | CEDULA | CARGO JUAN MANUEL CERÓN SORIANO | Director RAFAEL CARELA CAMPUSANO | Tesorero BRIGIDA DEL CARMEN LORA | Jurídico ROSSY BENITEZ MEDRANO | Libre Acceso a la Información … ROSSY BENITEZ MEDRANO | Administrativo”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 197 · Reglamento 52-26, art. 16 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 197 — Comités de Contrataciones Públicas Locales
Artículo 197.- Comités de Contrataciones Públicas Locales. Los gobiernos locales contarán con un Comité de Contrataciones Públicas Locales. Será responsabilidad de dicho comité la designación de los peritos que elaborarán las especificaciones técnicas del bien a adquirir y del servicio u obra a contratar, la aprobación de los pliegos de condiciones de la contratación, el procedimiento de selección y la decisión sobre las recomendaciones emitidas por los peritos designados para evaluar las ofertas. Su composición será la siguiente: 1) El alcalde o el director, o a quien estos deleguen su representación; 2) El gerente financiero o, en su defecto, el tesorero municipal; 3) El consultor…
Reglamento 52-26, artículo 16 — Comités de Contrataciones Públicas locales
Artículo 16.- Comités de Contrataciones Públicas locales. Los Comités de Contrataciones Públicas de los gobiernos locales se integran de conformidad con lo previsto en el artículo 197 de la Ley núm. 47-25. En caso de que la estructura orgánica de algún gobierno local no permita dicha integración, se pueden aplicar las reglas de integración simplificada previstas en este reglamento.
Aunque el documento identifica a El Carril y el proceso corresponde a esa institución, la frase que identifica al comité lo vincula con la Junta de Distrito Municipal de la Guáyiga. Puede ser un error de plantilla, pero corresponde comprobar que el acto fue emitido por el órgano contratante competente.
“En el Distrito Municipal de El Carril de Haina, República Dominicana, a los 25 días del mes de febrero del año 2026, siendo las dos de la tarde 2:00 pm, se han reunido los miembros del Comité de Compras y Contrataciones de la Junta de Distr”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 32 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 32 — Competencia para contratar
Artículo 32.- Competencia para contratar. Tendrán competencia para contratar las instituciones a las cuales se les haya atribuido dicha facultad para el cumplimiento de sus atribuciones. Párrafo.- La representación de las instituciones contratantes corresponde a su máxima autoridad.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona