El estudio previo, fechado el 3 de febrero de 2026, plantea adquirir 15 camionetas 4x4 doble cabina por RD$64,500,000 para áreas del Ministerio de Interior y Policía. De 19 modelos analizados, identifica tres que cumplen los criterios técnicos y económicos. Recomienda ejecutar todo el presupuesto y adquirir hasta 17 unidades, incluso para reasignarlas a otras áreas o colaboradores.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La necesidad cuantificada es de 15 camionetas y el presupuesto es RD$64,500,000; sin embargo, el estudio recomienda ejecutar la totalidad del presupuesto para adquirir hasta 17 unidades y destinarlas también a otras áreas o colaboradores. A modo de contraste, 17 unidades al precio promedio indicado de RD$3,683,866.67 sumarían RD$62,625,733.39, por lo que conviene verificar cómo se determinarían la cantidad final y el gasto total.
“se ha determinado la adquisición de quince (15) camionetas 4x4 doble cabina, con una inversión total aprobada de RD$ 64,500,000.00. … Basados en el precio promedio identificado, se recomienda ejecutar la totalidad del presupuesto de RD$ 64.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 87 · Ley 47-25, art. 86 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 87 — Estudios previos
Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…
Ley 47-25, artículo 86 — Plan Anual de Contrataciones (PAC)
Artículo 86.- Plan Anual de Contrataciones (PAC). Las instituciones contratantes sujetas al ámbito de aplicación de la presente ley tendrán la obligación de elaborar planes anuales de contratación de obras, bienes y servicios, de acuerdo con las políticas, normas y metodologías establecidas por los reglamentos de aplicación de la presente ley. Párrafo I.- Los planes anuales de contratación deberán ser publicados y gestionados en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas y en los portales de las instituciones contratantes. Párrafo II.- Sin perjuicio de las excepciones previstas, toda contratación deberá constar en estos planes y estos deberán ser consistentes con las apropiaciones…
La ficha técnica requiere láminas de control solar 3M y no menciona que se admita una alternativa equivalente. Al ser una marca identificada en la especificación, corresponde revisar si era indispensable para describir la necesidad y si podía limitar las opciones de suministro.
“- Cristales laterales, delantero y trasero con láminas de control solar 3M color oscuro”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 91 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 91 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 91.- Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas que resulten de los estudios previos deberán garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento, para lo cual deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo I.- Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. Párrafo II.- No deberán exigirse o mencionarse marcas o nombres comerciales, diseños o modelos,…
El estudio indica que solo tres de 19 modelos cumplen simultáneamente los requisitos, incluidos potencia mínima de 200 HP, torque de 350 Nm, sensores y barra antivuelco de fábrica, diez talleres autorizados y un tope de RD$4,300,000 por unidad. Los modelos seleccionados corresponden a dos concesionarios; conviene verificar que cada exigencia esté justificada y sea proporcional, pues el efecto documentado es una reducción sustancial de las alternativas consideradas.
“Para la selección de las opciones viables, se aplicaron de forma concurrente los siguientes seis (6) criterios principales de elegibilidad: 1. Desempeño: Potencia mínima de 200 HP. … 4. Seguridad Pasiva: Barra antivuelco (Roll Bar) de fábri”
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…
Ley 47-25, artículo 91 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 91.- Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas que resulten de los estudios previos deberán garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento, para lo cual deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo I.- Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. Párrafo II.- No deberán exigirse o mencionarse marcas o nombres comerciales, diseños o modelos,…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…