El acta núm. 2026-0001, de fecha 2026-02-23, aprueba por unanimidad la recomendación pericial y adjudica a Minerva Boitel García la adquisición de productos para panadería por RD$2,672,263.20. La adjudicación consigna un subtotal de RD$2,500,761.00, además de ITBIS por RD$171,502.20.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (17 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La tabla pasa del renglón 11 al 13, sin detallar el artículo «fundas anti moho» que figura en el portal con estimado de RD$21,615. La suma de los totales de los renglones consignados es RD$2,650,648.20, RD$21,615 menos que el total del acta; esa diferencia coincide con el estimado del artículo omitido, por lo que debe verificarse qué bien quedó adjudicado y respaldado en el contrato.
“11 30 GALONES DE EXTRACTO DE VAINILLA LEVAPAN ... 13 600 LIBRAS DE SAL REFISAL 1 LB ... TOTAL $ 2,672,263.20” (pág. 4)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 125 · Reglamento 52-26, art. 125 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 125 — Adjudicación del contrato
Artículo 125.- Adjudicación del contrato. La adjudicación deberá hacerse en favor del oferente calificado cuya propuesta cumpla con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones y sea considerada como la más conveniente, de conformidad con los criterios de adjudicación aplicados.
Reglamento 52-26, artículo 125 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 125.- Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Contrataciones Públicas o el responsable del procedimiento, según corresponda, aprueba, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, la relación de lugares ocupados y la recomendación de adjudicación de los peritos. Posteriormente, debe emitir el acta de adjudicación correspondiente. Párrafo I. El acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación debe ser publicada de forma íntegra, con todos sus soportes, en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas y notificarse directamente a todos los oferentes participantes. Párrafo II. Cuando se trate de un…
El acta adjudica dos renglones de fundas 12X25, mientras que el portal identifica esos ítems como fundas 12X12 y 12X16; además, el acta describe harina de 120 LB y el portal harina de 125 LB. Como el portal registra una enmienda previa al cierre, las diferencias podrían obedecer a ella, pero corresponde comprobar que las especificaciones definitivas y las ofertas evaluadas coincidan con lo adjudicado.
“9 175 SACOS DE HARINA DE TRIGO PANADERO 120 LB $ 4,950.00 ... 18 60 FARDOS DE FUNDA 12X25 500/1 ESSENCIAL” (pág. 4)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · Ley 47-25, art. 91 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
Ley 47-25, artículo 91 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 91.- Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas que resulten de los estudios previos deberán garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento, para lo cual deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo I.- Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. Párrafo II.- No deberán exigirse o mencionarse marcas o nombres comerciales, diseños o modelos,…
La oferta y la adjudicación son de RD$2,672,263.20, el mismo monto estimado registrado en el portal. La coincidencia exacta merece verificarse junto con la cotización y el estudio de mercado; por sí sola no demuestra una irregularidad.
“1.- MINERVA BOITEL GARCIA, RNC:[cédula], Registro de Proveedores del Estado […], Calle Vereda, 23, Alpes Lv, Santo Domingo Este., con una oferta de RD$2,672,263.20 (DOS MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS SESENTA Y TRES PESOS…” (pág. 2)
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona