La resolución del 18 de febrero de 2026 aprobó el informe pericial y adjudicó a Arteluz, SRL, por RD$13,431,150.78, los servicios para instalar la tarima presidencial del desfile del 27 de febrero. El acta consigna que Arteluz fue la única empresa que presentó oferta y fija la entrega en un máximo de dos días calendario desde la adjudicación.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta registra que Arteluz fue la única empresa que retiró el pliego y presentó propuesta. Aunque el portal reporta 15,923 proveedores notificados, el resultado documentado fue una adjudicación sin competencia de precios entre ofertas recibidas.
“solo los representantes de la empresa ARTELUZ, SRL. RNC , retiraron el Pliego de Condiciones Específicas y presentaron su propuesta.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 4 · Ley 47-25, art. 79 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 4 — Principios
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…
Ley 47-25, artículo 79 — Justificación de las excepciones
Artículo 79.- Justificación de las excepciones. El uso de cualquiera de las excepciones a los procedimientos ordinarios de selección deberá estar siempre justificado y debidamente motivado mediante resolución del Comité de Contrataciones Públicas de la institución contratante para aprobar el inicio de su ejecución, previo informes técnicos y jurídicos que motiven y justifiquen su uso. Párrafo.- Los principios rectores de la contratación pública son aplicables a los procedimientos de contratación mediante excepción, de conformidad con la naturaleza y características específicas que correspondan.
El acta adjudica RD$13,431,150.78, monto que coincide con el presupuesto base indicado en el resumen del pliego; sin embargo, el portal registra un estimado de RD$11,382,331.17, una diferencia de RD$2,048,819.61. Conviene verificar cuál cifra fue el presupuesto vigente que respaldó la adjudicación y aclarar la divergencia entre registros.
“Por el monto de trece millones cuatrocientos treinta y un mil ciento cincuenta pesos dominicanos con 78/100 (RD$13,431,150.78).”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 92 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 92 — Presupuesto estimado
Artículo 92.- Presupuesto estimado. La institución contratante determinará el presupuesto estimado de la contratación a fin de establecer el procedimiento de selección correspondiente y gestionar la asignación presupuestaria necesaria.
Arteluz, SRLEl acta indica que presentó el menor precio y la mejor propuesta conforme a los requisitos establecidos; fue la única empresa que presentó propuesta.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona