La solicitud de compra CESAC-CCC-CP-2026-0004, fechada el 17 de febrero de 2026, registra la adquisición planificada de 3,153 boinas azul marino a un precio unitario estimado de RD$1,790, para un total de RD$5,643,870. La solicitud está firmada por el subdirector de Compras del CESAC; no decide la adjudicación.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento estima RD$5,643,870, a RD$942.73 del límite superior de Comparación de Precios vigente para bienes y servicios en 2026 hasta el 31 de marzo. Según el portal, el 14/04/2026 se convocó otro proceso del CESAC para boinas tipo militar, estimado en RD$948,600; la suma asciende a RD$6,592,470. La cercanía temporal y el mismo tipo de bien justifican verificar si eran necesidades planificadas independientes o si correspondía analizar la contratación conjuntamente; la planificación separada de cantidades también puede explicar la diferencia.
“BOINAS TIPO MILITAR COLOR AZUL MARINO UND 3,153 RD$1,790.00 RD$ 5,643,870.00”
Artículo 57.- Selección por cuantía. La selección por cuantía aplicará en: 1) La licitación pública cuando el valor estimado sea igual o superior al umbral mínimo determinado en aplicación del tratado internacional de libre comercio vigente, el cual deberá ser fijado por la presente ley y calculado por la Dirección General de Contrataciones Públicas; 2) La contratación simplificada cuando el valor estimado sea inferior al umbral fijado por la presente ley y calculado por la Dirección General de Contrataciones Públicas; 3) La contratación menor cuando el valor estimado sea inferior al umbral de contratación simplificada fijado por la presente ley y calculado por la Dirección General de…
Artículo 59.- Umbrales de contratación. Los umbrales topes para la modalidad de selección a aplicar en un proceso de contratación serán calculados por la Dirección General de Contrataciones Públicas anualmente, multiplicando el Presupuesto de Ingresos Corrientes del Gobierno Central, aprobado por el Congreso Nacional, por los factores siguientes, según corresponda a obras, bienes o servicios: 1) Licitación pública: a) Obras: 0.00060; b) Bienes: 0.000020; c) Servicios: 0.000020. 2) Licitación pública abreviada: a) Obras: 0.00060; b) Bienes: 0.000020; c) Servicios: 0.000020. 3) Sortero de obras: a) Obras: 0.00015. 4) Contratación simplificada: a) Obras: 0.00004; b) Bienes: 0.0000015; c)…
Ley 47-25, artículo 81 — Prohibición de fraccionamiento
Artículo 81.- Prohibición de fraccionamiento. Se prohibirá el fraccionamiento de contrataciones de bienes, servicios u obras cuando este tenga por objeto eludir los procedimientos de contratación aplicables para en cambio optar por otros de menor cuantía. Párrafo I.- Se considerará fraccionamiento la división de contrataciones para la adquisición de bienes, servicios u obras de un mismo rubro, de conformidad con la clasificación adoptada por la Dirección General de Contrataciones Públicas, dentro de un lapso menor a tres (3) meses, contados a partir del primer día de la convocatoria. Párrafo II.- La autoridad administrativa responsable no deberá permitir el fraccionamiento cuando habiendo…
La solicitud estima RD$1,790 por boina, unas 2.6 veces la mediana de RD$700 de 158 ítems similares en otros procesos de la institución y por encima del rango central de referencia (hasta RD$1,200). Se trata de precios estimados, no pagados, y las especificaciones (logo bordado, borde en piel) pueden justificar diferencias; conviene verificar el sustento de mercado del cálculo estimado.
“Precio Unitario Estimado … RD$1,790.00”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 87 · Ley 47-25, art. 88 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 87 — Estudios previos
Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…
Ley 47-25, artículo 88 — Actuaciones incluidas en los estudios previos
Artículo 88.- Actuaciones incluidas en los estudios previos. Las instituciones contratantes deberán agotar para la realización de los estudios previos, una vez definida la necesidad y objeto de la contratación, de manera enunciativa y no limitativa, una o varias de las actuaciones siguientes: 1) Estudios de mercado; 2) Consultar los catálogos de bienes y servicios y sistemas de información de precios administrados por la Dirección General de Contrataciones Públicas; 3) Consultar personas con conocimiento especializado sobre el objeto del potencial contrato; 4) Publicar una solicitud de información para que el mercado provea comentarios sobre la necesidad definida por la institución; 5)…
ContextoHallazgo en documentosPendiente de revisión
La solicitud identifica el bien con el código 53101802, mientras que el portal registra el ítem con UNSPSC 53102516. La diferencia puede corresponder a una clasificación distinta, pero conviene verificar la codificación para asegurar la trazabilidad y que las búsquedas de proveedores comparables se hayan hecho sobre el mismo producto.
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 53 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 53 — Rectoría del catálogo de bienes y servicios
Artículo 53.- Rectoría del catálogo de bienes y servicios. La Dirección General de Contrataciones Públicas ejerce la rectoría del catálogo de bienes y servicios. Esta comprende la formulación de políticas, normas y procedimientos que aseguren la correcta codificación, actualización y administración del catálogo, su integración con los sistemas financieros y presupuestarios y su alineación con los estándares internacionales de clasificación, incluyendo el Clasificador Estándar de Bienes y Servicios de las Naciones Unidas (UNSPSC). Párrafo I. El catálogo de bienes y servicios debe contribuir sistemáticamente a procesar y presentar información a nivel analítico y agregado, de forma que…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona