La Resolución CCC-022-2026, de 2026-02-17, aprueba el informe económico y adjudica el proceso MIDEREC-CCC-CP-2026-0001 a Constructora Electromecánica Alcántara Hermanos, SRL. La oferta y adjudicación ascienden a RD$22,266,478.93, con 90 puntos combinados: 60 técnicos y 30 económicos.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta sitúa la adjudicación el 17 de febrero de 2026, mientras que el portal registra el contrato con fecha 10 de febrero de 2026. Conviene verificar si esa fecha corresponde a la firma o a un registro del portal, pues la formalización contractual debe seguir a la adjudicación.
“Concluida esta reunión se dio por terminada la sesión, dada en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los diecisiete (17) días del mes de febrero del año dos mil veintiséis (2026), en fe de lo cual”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 164 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 164 — Formalidades y contenido mínimo del contrato
Artículo 164. Formalidades y contenido mínimo del contrato. Los contratos deberán ser formalizados por escrito, en soporte papel o formato digital. Tanto el adjudicatario como la máxima autoridad de la institución contratante deben suscribirlo conjuntamente, en presencia del notario público, y debe publicarse en el SECP y en el portal institucional. Párrafo I. El contrato u orden de compra o servicio, deberá celebrarse en el plazo que se indique en los respectivos pliegos de condiciones, especificaciones técnicas o términos de referencia, el cual no deberá ser mayor a veinte (20) días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación. Párrafo II. Si la institución no…
El acta consigna la apertura técnica el 27 de enero de 2026 a las 2:00 p. m.; el cronograma del portal registra la apertura el 28 de enero. La diferencia de un día amerita verificar cuál fecha fue comunicada a los participantes y cuál rigió el acto público.
“POR CUANTO: A que en fecha 27 del mes de enero del año Dos Mil veintiséis (2026) a las 2:00 p.m., fue realizado el Acto de Apertura de las Ofertas Técnicas (Sobre A), en presencia de la Dr. José Pio Santana Herrera, Notario Actuante.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 31 · Reglamento 416-23, art. 117 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 31 — Información publicada en el SECP
Artículo 31. Información publicada en el SECP. Las instituciones contratantes deberán gestionar y difundir todas las etapas de los procedimientos de contratación, tanto ordinarios como de excepción, a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP), de manera simultánea a la ejecución y el avance de las actuaciones, salvo aquella información considerada como reservada de acuerdo con la ley. Párrafo. La información publicada de cada procedimiento de contratación se consolidará en un expediente electrónico identificado con un número único, que será generado automáticamente por el SECP permitiendo su acceso a todo interesado.
Reglamento 416-23, artículo 117 — Apertura de las ofertas técnicas
Artículo 117. Apertura de las ofertas técnicas. Una vez agotado el horario de recepción de ofertas, se procederá a la apertura de las ofertas técnicas, mediante acto público en el lugar y hora determinados en el pliego de condiciones del procedimiento. Este acto se realizará en presencia del Comité de Compras y Contrataciones de la institución contratante, el notario público y de todos aquellos interesados en presenciarlo, quienes podrán verificar la cantidad de proponentes que compiten en el procedimiento. Párrafo I. El notario público actuante entregará las ofertas económicas, sin abrir, al titular del área jurídica, quien las mantendrá bajo su custodia y garantizará por los medios que…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona