La Enmienda No. 01, de 2026-02-16, modifica el cronograma del proceso, fija la recepción de ofertas para el 2026-02-18 y mantiene un plazo máximo de ejecución de seis meses. También establece anticipos de 20% para proveedores no MIPYMES y 30% para MIPYMES, pago de facturas en hasta 60 días y nuevas condiciones para precios, vigencia de ofertas y garantías.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La enmienda exige garantía de seriedad por 1% y dispone que a las MIPYMES se les exija una fianza de seguro. La Ley 47-25 establece que no se requiere garantía de seriedad de oferta para MIPYMES, por lo que la condición del pliego podría restringir su participación.
“los oferentes/proponentes deberán constituir una garantía de seriedad de su oferta … Si se trata de un oferente certificado como MIPYME solo será exigida la fianza de seguro”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 175 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 175 — Reglas especiales de garantías a MIPYMES
Artículo 175.- Reglas especiales de garantías a MIPYMES. Para el régimen de garantías en las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) se aplicarán las reglas siguientes: 1) Las instituciones contratantes solo podrán exigir como garantías fianzas prestadas a través de compañías aseguradoras; 2) No se requerirá la garantía de seriedad de oferta. Párrafo.- Sin perjuicio de la aplicación de las sanciones previstas en la presente ley, si el proveedor beneficiado con lo establecido en el numeral 2) de este artículo, renuncia de forma injustificada a la adjudicación o no cumple con la ejecución del contrato, perderá los beneficios allí establecidos por un período de dos (2)…
El pliego previo fijaba la presentación de ofertas para el 10 de febrero; la enmienda está fechada el 16 de febrero y fija el nuevo cierre para el 18 de febrero, dejando dos días naturales desde su emisión y cambiando el calendario después de la fecha inicial. Corresponde verificar cuándo se publicó y si se dio oportunidad efectiva y equivalente a todos los interesados para preparar o ajustar sus propuestas.
“Presentación de las ofertas "Sobre A" (oferta técnica) y "Sobre B" (oferta económica) | miércoles, 18 de febrero de 2026”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · Reglamento 52-26, art. 87 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
Reglamento 52-26, artículo 87 — Cronograma de actividades y plazos
Artículo 87.- Cronograma de actividades y plazos. El pliego de condiciones aprobado para un procedimiento de selección de proveedores debe incluir un cronograma de actividades con los plazos y fechas límites para las distintas actuaciones, tomando en cuenta las condiciones temporales previstas por la Ley núm. 47-25 para la presentación de propuestas, aclaraciones, adendas o enmiendas, subsanación y aclaración de ofertas, entre otros aspectos.
Aunque la enmienda fija el anticipo MIPYME en 30%, dispone que se pague dentro de los 30 días posteriores a la firma y contra garantía. La ley prevé un anticipo del 30% con la suscripción, sin necesidad de presentar factura; debe revisarse el efecto de estas condiciones sobre ese derecho.
“Si se trata de un adjudicatario certificado como MIPYME, por concepto de avance recibirán el treinta por ciento (30 … Este pago se hará en un plazo no mayor de treinta (30) días a partir de la firma del Contrato y contra presentación de”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 174 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 174 — Anticipo de pago a MIPYMES
Artículo 174.- Anticipo de pago a MIPYMES. Las instituciones contratantes deberán otorgar un treinta por ciento (30%) de anticipo con la suscripción del contrato, orden de compra o de servicio correspondiente, en todas las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), sin necesidad de que sea presentada factura alguna.
La enmienda permite hasta 60 días para pagar desde la remisión de facturas. La Ley 47-25 establece un plazo máximo de 30 días desde que se genere la condición de pago y se presente el requerimiento; el plazo y su punto de inicio merecen revisión frente a esa regla.
“Estos pagos se harán en un período no mayor de sesenta (60) días contados a partir de que el proveedor remita al supervisor o responsable del contrato las facturas del servicio ofrecido.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 148 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 148 — Pago del precio
Artículo 148.- Pago del precio. El proveedor tendrá derecho al pago del precio convenido por la prestación realizada en los términos previstos por la presente ley, sus reglamentos de aplicación, los pliegos de condiciones y el contrato. Párrafo I.- El pago del precio podrá hacerse de manera total o parcial, con abonos a cuenta, o mediante el pago en cada uno de los vencimientos estipulados cuando se trate de contratos de tracto sucesivo. Párrafo II.- Cuando se haya establecido un anticipo de pago como condición para el inicio de la ejecución del contrato, el proveedor tendrá derecho a no iniciar dicha ejecución hasta que dicho pago sea satisfecho, en todo caso, si no se produce el pago del…
La enmienda fija la vigencia de las ofertas hasta el 20 de marzo, pero el cronograma prevé la suscripción del contrato para el 31 de marzo. Además, para la garantía menciona tanto cobertura hasta 20 días después de la firma prevista como vigencia hasta el 20 de marzo; esa diferencia requiere aclaración para asegurar continuidad de la garantía hasta la formalización.
“Las ofertas presentadas por los oferentes deben estar vigentes hasta el viernes, 20 de marzo de 2026 … que esté vigente hasta veinte (20) días después de la fecha prevista en el cronograma para la suscripción del contrato”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 110 · Reglamento 52-26, art. 203 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 110 — Prórroga a la validez de las propuestas
Artículo 110.- Prórroga a la validez de las propuestas. Sin perjuicio de lo previsto en el artículo 105 de la presente ley, antes de que venza el plazo de validez de la propuesta, la institución podrá solicitar una prórroga de duración determinada. Párrafo I.- El oferente podrá negarse a la solicitud sin perder por ello la garantía de mantenimiento de oferta y su validez cesará al expirar el plazo de vigencia original, en cuyo caso ya no será considerado en el procedimiento. Párrafo II.- Para que la oferta se estime prorrogada se requerirá que el oferente presente el documento de renovación de la garantía, cuando este aplique al procedimiento, determinándose que quien no entregue la…
Reglamento 52-26, artículo 203 — Vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta
Artículo 203.- Vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta. La vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta es establecida por el pliego de condiciones. Debe iniciar a partir de la fecha de apertura de las ofertas técnicas y cubrir hasta la fecha de suscripción del contrato, de acuerdo con el cronograma de actividades del procedimiento de selección.
ContextoHallazgo en documentosPosible explicación normalRD$271.8 millones
La enmienda excluye automáticamente de adjudicación ofertas que superen en más de 10% el presupuesto base de RD$247,056,074.38, es decir, por encima de RD$271,761,681.82. La Ley contempla la declaratoria de desierto por ofertas superiores en más de 30% a la apropiación disponible cuando no haya recursos adicionales; conviene verificar la justificación y la compatibilidad del tope de 10% con los criterios publicados y la disponibilidad presupuestaria.
“Si el precio total ofertado es superior en más de un diez por ciento (10%) en relación con el presupuesto base total o valor referencial establecido en el Anexo - Listado de partidas, la oferta no será tomada en cuenta para la adjudicación,”
Posible explicación normal: la ley o el reglamento podría permitirlo.
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 118 · Ley 47-25, art. 128 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación
Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.
Ley 47-25, artículo 128 — Declaratoria de procedimiento desierto
Artículo 128.- Declaratoria de procedimiento desierto. Antes de la adjudicación, mediante resolución debidamente motivada, la institución contratante podrá declarar desierto un procedimiento a la finalización del plazo para la presentación de propuestas, cuando se verifique alguna de las condiciones siguientes: 1) Que no se haya presentado alguna propuesta o que ningún oferente haya cumplido los requisitos para ser habilitado a la apertura de la oferta económica; 2) Que, de acuerdo con los criterios de evaluación establecidos en los pliegos de condiciones, se determine que ningún oferente los cumple; 3) Que todas las ofertas habilitadas superen el monto de apropiación presupuestaria…
Cambios que introduce (7)
Sección
Antes
Después
Efecto
Numeral 8 — CronogramaFechas del procedimiento
El pliego previo fijaba la presentación de ofertas para el 2026-02-10 y la adjudicación para el 2026-03-09.
La enmienda fija la presentación de ofertas para el 2026-02-18, la adjudicación para el 2026-03-17 y la notificación para el 2026-03-18, entre otras fechas.
Relaja
Numeral 7 — Tiempo de prestaciónInicio y plazo de ejecución
El pliego previo ya establecía una ejecución máxima de seis meses; el texto anterior sobre el inicio no se reproduce en la enmienda.
El plazo no puede exceder seis meses y comienza tras formalizar el registro del contrato en Contraloría y el avance del anticipo; exige diagramas de tareas, Gantt y calendarios.
Aclara
Numerales 6 y 10 — Anticipo y condiciones de pagoPorcentaje, garantía y plazo del anticipo
El resumen del expediente indica que el anticipo para MIPYMES estaba por debajo del porcentaje legal; no especifica el porcentaje anterior.
Fija 20% para no MIPYMES y 30% para MIPYMES, pagadero en hasta 30 días desde la firma y contra garantía bancaria o póliza por el total del anticipo.
Aclara
Numeral 10 — Condiciones de pago y retencionesPlazo para pagos parciales
El plazo previo de pago no se reproduce en la enmienda.
Los pagos parciales se harán en un período no mayor de 60 días desde que el proveedor remita las facturas al supervisor o responsable del contrato.
Relaja
Contenido de la oferta económica — Plazo de mantenimientoVigencia de las ofertas
La vigencia anterior no se reproduce en la enmienda.
Las ofertas deben mantenerse vigentes hasta el 2026-03-20; la enmienda prevé que pueda solicitarse prórroga y que quien la acepte amplíe la garantía de seriedad.
Aclara
Contenido de la oferta económica — Precio y garantíasDesglose económico, límites de precio y garantía de seriedad
Las condiciones anteriores no se reproducen en la enmienda.
Exige precio global, partidas, precios unitarios y análisis de precios; considera no sustentables las ofertas más de 10% inferiores y excluye de adjudicación las más de 10% superiores al presupuesto. Establece garantía de seriedad de 1%.
Endurece
Numeral 10 — Ofertas en formato papelIntegridad y presentación de ofertas físicas
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona