Referencias legales de competencia no concordantes
· hace 8 meses
El acto invoca el artículo 8 del Reglamento 416-23, derogado, y atribuye facultades de aprobación a los artículos 88 y 68 del Reglamento 52-26, que regulan, respectivamente, la designación de peritos y el registro de sanciones. Aunque la Ley 47-25 y el artículo 103 del Reglamento 52-26 sí contemplan la aprobación del pliego, conviene verificar la fundamentación jurídica consignada.
“dentro de las facultades conferidas por el Artículo 8 del Reglamento de Aplicación ... dentro de las facultades conferidas por el Artículo 68 del Reglamento de Aplicación de la Ley de Contrataciones Públicas”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 18 · Reglamento 52-26, art. 103 · Reglamento 52-26, art. 250 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 18 — Comités de contrataciones públicas
Artículo 18.- Comités de contrataciones públicas. Los comités de contrataciones públicas son órganos deliberativos y decisorios permanentes que conocerán, a lo interno de la estructura organizacional de las instituciones, las contrataciones sometidas al ámbito de aplicación de la presente ley, los cuales tendrán de manera indicativa y no limitativa, las funciones siguientes: 1) Aprobar mediante acto administrativo el procedimiento de selección para contratar y el pliego de condiciones correspondiente; 2) Aprobar mediante resolución motivada el uso de algunas de las excepciones a los procedimientos ordinarios de selección previstos en la presente ley; 3) Aprobar o rechazar el dictamen de…
Reglamento 52-26, artículo 103 — Aprobación interna del pliego de condiciones
Artículo 103.- Aprobación interna del pliego de condiciones. Previo a la convocatoria del procedimiento de selección de proveedores, el pliego de condiciones debe ser aprobado por el Comité de Contrataciones Públicas debidamente conformado o por el responsable del procedimiento, mediante acto administrativo de la institución contratante, de conformidad con el artículo 95 de la Ley núm. 47-25 y las reglas internas de delegación de competencia que se hayan establecido. Párrafo I. El acto de aprobación debe indicar, como mínimo, el procedimiento de selección de proveedores aprobado, el objeto contractual, el valor referencial y la identificación del pliego de condiciones definitivo que regirá…
Reglamento 52-26, artículo 250 — Derogación del Reglamento núm
Artículo 250.- Derogación del Reglamento núm. 416-23. A partir de la entrada en vigencia de este reglamento, queda derogado el Reglamento de Aplicación de la Ley núm. 340-06, sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios y Obras, y sus modificaciones, establecido mediante el Decreto núm. 416-23.
Esta relación con la ley es posible gracias a , el asistente legal con IA de República Dominicana.