Subsanación de datos técnicos que no constaban en el formulario
· hace 8 meses
La circular requiere completar después de la presentación de la oferta datos sobre soporte, SLA y tiempos de respuesta que, según el documento, no estaban indicados en el formulario. Conviene verificar si la subsanación solo acredita compromisos ya incluidos en la oferta o si permite incorporar o mejorar aspectos sustanciales; el reglamento no permite que una corrección altere la sustancia de la propuesta.
“El Formulario de Presentación de Oferta (SNCC.F.034) presentado no indica expresamente la Cobertura de Soporte, Niveles de Servicios SLA y Tiempos de respuestas, según lo requerido en el numeral 12.1.3 del pliego de condiciones.”
Posible explicación normal: la ley o el reglamento podría permitirlo.
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 120 · Reglamento 416-23, art. 121 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 120 — Subsanabilidad de las ofertas
Artículo 120. Subsanabilidad de las ofertas. Con el objeto de brindar a la institución contratante la posibilidad de contar con la mayor cantidad de ofertas válidas posibles y evitar que por cuestiones formales e intrascendentes se vea privada de optar por ofertas serias y convenientes, todo documento relativo a credenciales de los oferentes será subsanable, siempre y cuando cumpla con el requisito al momento de presentación de la oferta o sea inherente a su capacidad, para no afectar el principio de igualdad de trato entre los oferentes. En estos casos, la institución solicitará al oferente, en el plazo establecido en el pliego de condiciones, que suministre la documentación faltante o con…
Reglamento 416-23, artículo 121 — Condiciones para la subsanación
Artículo 121. Condiciones para la subsanación. Los peritos tomarán en consideración los aspectos subsanables y no subsanables indicados en el pliego de condiciones, considerando, además, que la oferta se ajusta sustancialmente a éste, cuando concuerda con todos los términos y especificaciones de dichos documentos, sin desviaciones, reservas, omisiones o errores significativos. No se podrá considerar error u omisión subsanable, cualquier corrección que altere la sustancia de una oferta y la mejore. Párrafo. Cuando un requisito no haya sido definido como si es subsanable o no, la ausencia del mismo ameritará un análisis por parte de los peritos para determinar sobre la posibilidad de que la…
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