Publicado el 11 feb de 2026Fechado el 4 feb de 202610 páginasEn el mensaje «ACTOS ADMINISTRATIVOS E INFORMES DE ADJUDICACION PROCESO REF. INAIPI-CCC-LPN-2025-0022»
El Acta Administrativa núm. CC-2026-0042, de 2026-02-05, adjudica a CANYU, SRL los lotes 1 y 2 de la licitación INAIPI-CCC-LPN-2025-0022, por RD$5,641,781.72 y RD$5,850,783.32, respectivamente. El total adjudicado indicado en el acta es RD$11,492,565.04; el documento también registra a TERENCIA, SRL como participante, pero solo identifica a CANYU como habilitada para la evaluación económica.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta registra dos participantes y solo identifica a CANYU como habilitada para la evaluación económica; formaliza la adjudicación de los lotes 1 y 2 a esa empresa. Aunque la limitación de ofertas habilitadas puede derivar de la evaluación técnica, la adjudicación con un único competidor efectivo en esos lotes merece revisión desde la perspectiva de la competencia; el expediente previo atribuye la exclusión de TERENCIA en los lotes 1 y 3 a la medida de una muestra.
“se procedió a la apertura de las Ofertas Técnicas (Sobre A) a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP), en presencia de los miembros del Comité de Compras y Contrataciones y del Notario Público actuante.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Ley 340-06, art. 26 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Para el lote 1, el acta adjudica RD$5,641,781.72, pero la tabla muestra RD$6,641,781.72 como total general. Además, el subtotal, el ITBIS y el monto exento consignados suman RD$5,641,791.72, RD$10 más que el monto adjudicado; conviene verificar las cifras contra la oferta económica original, pues podría tratarse de errores de transcripción u OCR.
“por un valor de CINCO MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y UN MIL SETECIENTOS OCHENTA Y UN PESOS DOMINICANOS CON 72/100 (RD$ 5,641,781.72)”
Posible explicación normal: el documento no muestra efecto en quién gana ni en cuánto se paga.
ART. 25. Los funcionarios responsables del análisis y evaluación de las ofertas presentadas, ya en la etapa de calificación o de comparación económica, dejarán constancia en informes, con todos los justificativos de su actuación, así como las recomendaciones para que la autoridad competente pueda tomar decisión sobre la adjudicación. Para facilitar el examen, únicamente dichos funcionarios podrán solicitar que cualquier oferente aclare su propuesta. No se solicitará, ofrecerá, ni autorizará modificación alguna en cuanto a lo sustancial de la propuesta entregada. Los reglamentos precisarán los detalles que se deberán cumplir en esta parte del proceso.
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Oferentes que registra (3)
2 adjudicado · 1 no habilitado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
CANYU, SRLEl acta consigna que cumplió las especificaciones del pliego y que su oferta técnica y económica fue la más conveniente.
Adjudicado
Lote 1
RD$5,641,782
CANYU, SRLEl acta consigna que cumplió las especificaciones del pliego y que su oferta técnica y económica fue la más conveniente.
Adjudicado
Lote 2
RD$5,850,783
TERENCIA, SRLEl acta identifica únicamente a CANYU, SRL como habilitada para la evaluación económica; no especifica en este documento la causa de la no habilitación de TERENCIA, SRL.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…