El pliego, fechado el 28 de enero de 2026, establece las condiciones para adquirir dos camiones compactadores nuevos de 25 yardas, año 2026 en adelante, mediante licitación pública nacional. Fija un plazo de entrega máximo de 30 días hábiles, adjudicación por menor precio y un anticipo del 50% a la firma del contrato; el portal registra un monto estimado de RD$27,000,000.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego dispone un anticipo del 50% al firmar el contrato, equivalente a RD$13,500,000 tomando como referencia el monto estimado de RD$27,000,000 que registra el portal. La cláusula de pago no expresa que ese desembolso esté condicionado a una garantía de buen uso del anticipo, control que conviene verificar antes del pago.
“El AMB procederá a realizar un Avance del 50%, a la firma del Contrato del bien adjudicado. Luego de un periodo de 3 meses se hará otro avance de un 25% y luego de concluido tres meses más se hará el pago final.”
Artículo 162.- Garantías. Con la finalidad de asegurar el cumplimiento de las obligaciones generadas por la participación y adjudicación en los procedimientos de contratación, las instituciones contratantes deberán exigir a los oferentes y adjudicatarios, mediante los pliegos de condiciones correspondientes, las garantías en la forma y montos definidos en la presente ley y sus reglamentos de aplicación. Párrafo.- Las garantías deberán estar vinculadas a las etapas del procedimiento de contratación para las cuales son requeridas y no podrán constituirse en recaudos excesivos para la participación.
Reglamento 52-26, artículo 209 — Garantía de buen uso del anticipo
Artículo 209.- Garantía de buen uso del anticipo. La garantía de buen uso de anticipo es la constituida a favor de la institución contratante por el oferente que ha sido adjudicado, y tiene la finalidad de asegurar el uso correcto del monto entregado como adelanto de pago para la buena ejecución del contrato.
Reglamento 52-26, artículo 210 — Monto de la garantía de buen uso de anticipo
Artículo 210.- Monto de la garantía de buen uso de anticipo. El monto de la garantía del buen uso de anticipo debe ser por el total que se haya de recibir como adelanto en base a dicho concepto.
El pliego exige una garantía de seriedad del 1% a los oferentes, sin expresar una excepción para MIPYMES. La Ley dispone que no se les requiere esa garantía, por lo que la exigencia general podría imponerles una carga de participación que la norma excluye.
“los oferentes/proponentes deberán constituir una garantía de seriedad de su oferta, que esté vigente hasta veinte (20) días después de la fecha prevista en el cronograma para la suscripción del contrato”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 175 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 175 — Reglas especiales de garantías a MIPYMES
Artículo 175.- Reglas especiales de garantías a MIPYMES. Para el régimen de garantías en las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) se aplicarán las reglas siguientes: 1) Las instituciones contratantes solo podrán exigir como garantías fianzas prestadas a través de compañías aseguradoras; 2) No se requerirá la garantía de seriedad de oferta. Párrafo.- Sin perjuicio de la aplicación de las sanciones previstas en la presente ley, si el proveedor beneficiado con lo establecido en el numeral 2) de este artículo, renuncia de forma injustificada a la adjudicación o no cumple con la ejecución del contrato, perderá los beneficios allí establecidos por un período de dos (2)…
El pliego solicita los equipos exonerados de impuestos, pero también establece que los precios deben incluir impuestos y que el oferente será responsable de pagarlos. La combinación puede generar incertidumbre sobre el precio comparable y el tratamiento tributario; la Ley prevé que la institución no puede convenir exenciones sin aprobación del Congreso.
“Estos equipos se estan solictando EXONERADOS DE IMPUESTOS; ... inclusión de todos los gastos, tasas, divisas e impuestos transparentados y explícitos según corresponda.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 137 · con ChatLeyes
Artículo 137.- Obligaciones tributarias. Las contrataciones realizadas conforme a las disposiciones de la presente ley y sus reglamentos de aplicación generarán las obligaciones tributarias correspondientes. Párrafo.- Ninguna institución contratante podrá convenir sobre disposiciones o cláusulas que versen sobre exenciones o exoneraciones de impuestos y otras disposiciones impositivas, o dejar de pagarlos, sin la debida aprobación del Congreso Nacional.
Para responder a indicios detectados en la debida diligencia, el pliego concede tres días hábiles y prevé la descalificación si la respuesta no resulta suficiente. El Reglamento establece cinco días hábiles para presentar alegatos de defensa en el procedimiento de exclusión por prácticas prohibidas; corresponde revisar cómo se aplicaría esta cláusula ante esos supuestos.
“Además, le otorgará un plazo de tres (3) días hábiles para que el oferente presente, también por escrito, sus argumentos y evidencias que demuestren que no existe lo alegado. ... Si el oferente no presenta sus argumentos dentro del plazo es”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 110 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 110 — Exclusión de oferentes por prácticas prohibidas
Artículo 110.- Exclusión de oferentes por prácticas prohibidas. La exclusión de oferentes por haber incurrido en alguna de las prácticas prohibidas establecidas en el artículo 116 de la Ley núm. 47-25 debe cumplir con el siguiente procedimiento: 1. El procedimiento puede iniciar de oficio o a requerimiento de cualquier parte interesada o ciudadano; 2. El inicio del procedimiento debe formalizarse mediante acto administrativo motivado y notificado al oferente correspondiente, en el que se detallen las prácticas prohibidas en las que habría incurrido y las pruebas que las sustenten; 3. A partir de la notificación del acto administrativo indicado en el numeral anterior, el oferente tiene un…
Para las personas jurídicas, el pliego exige acreditar un mínimo de 15 años de experiencia mediante contratos u órdenes de compra, para el suministro de dos camiones. Conviene verificar la proporcionalidad de este umbral frente al objeto y si existe una justificación técnica que sustente su efecto restrictivo sobre proveedores con menor antigüedad.
“Documentos que acrediten experiencia mínimo de 15 años (copias de contratos y u órdenes de compras.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
El pliego exige marcas y modelos concretos para componentes esenciales del camión y la caja compactadora, sin indicar que se admitan equivalentes. Esto puede restringir la competencia a oferentes que comercialicen configuraciones específicas, por lo que conviene verificar su justificación técnica y disponibilidad en el mercado.
“Motor: Cummins ISL9 290, Euro III, 290 HP@2500 RPM, 774 ib-ft Torque @ 1200 RPM. ... Modelo HV7400 6x4 226" de distancia entre ejes.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 91 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 91 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 91.- Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas que resulten de los estudios previos deberán garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento, para lo cual deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo I.- Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. Párrafo II.- No deberán exigirse o mencionarse marcas o nombres comerciales, diseños o modelos,…
La ficha técnica describe la transmisión como automática y, a continuación, exige una manual de 10 velocidades. La contradicción puede dificultar que los oferentes determinen qué configuración ofertar y que los evaluadores comparen las propuestas con un criterio uniforme.
“TRANSMISIÓN AUTOMATICA ... Manual de 10 velocidades para adelante y 2 reversas”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 91 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 91 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 91.- Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas que resulten de los estudios previos deberán garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento, para lo cual deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo I.- Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. Párrafo II.- No deberán exigirse o mencionarse marcas o nombres comerciales, diseños o modelos,…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona