La ficha técnica del proceso JRFPFA-CCC-CP-2026-0007, fechada únicamente como febrero de 2026, detalla 46 ítems de medicamentos en un lote único. Exige ofertar todos los artículos y entregar las cantidades requeridas en un máximo de cinco días calendario desde la carta de despacho. Según el acta de adjudicación consignada en los antecedentes del proceso, D. Romero B. Distribuidora Farmacéutica, S.R.L. obtuvo los 46 ítems por RD$5,088,621.50, frente a un monto estimado de RD$5,609,083.80.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La ficha impide calificar propuestas que no incluyan los 46 artículos, pese a que son medicamentos individualizables y se exige un solo lote. Esta condición puede limitar la participación de proveedores capaces de suministrar solo parte del surtido; conviene verificar su justificación técnica y el efecto sobre la competencia, especialmente al estar el proceso reservado a MIPYMES.
“NOTA: Los Oferentes/Proponentes deberán presentar en sus ofertas todos los ítems requeridos en la presente ficha técnica, el que no presente todos los artículos no será objeto de calificación”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 83 · Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 83 — Lotificación
Artículo 83.- Lotificación. Para todas las contrataciones establecidas en la presente ley, tratándose de bienes, servicios y obras individualizables, los procedimientos podrán realizarse por lotes, cuando, de conformidad con los estudios previos, se haya identificado tal posibilidad, de manera que, sin afectar el interés público, se busque la inclusión de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES). Párrafo.- Los pliegos de condiciones, en el caso previsto en este artículo, deberán haber establecido los lotes a adjudicar y la posibilidad o no de hacer adjudicaciones parciales, según la naturaleza de la contratación a realizar.
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…
La ficha exige entregar las cantidades de los 46 ítems en un máximo de cinco días calendario desde la carta de despacho. Por la variedad y volumen de medicamentos, el plazo puede favorecer a quienes ya tengan disponible el surtido completo y merece revisarse frente a la logística necesaria para abastecer la región norte.
“Los oferentes/proponentes incumbirán la entrega de los bienes, a partir de la carta de despacho, la cual se notificará posterior a la suscripción de contrato por ambas partes y registro de este en la Contraloría General de la República., no”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 4 — Principios
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…
El documento declara confidenciales las informaciones y especificaciones técnicas y prohíbe que los oferentes o su personal las divulguen o publiquen. La redacción merece aclaración para distinguir la reserva de la información comercial sensible de la publicidad del procedimiento y de sus especificaciones, necesaria para el control público.
“Las Informaciones y especificaciones técnicas descritas en el presente documento son de uso confidencial, con la finalidad de que los Oferentes/Proponentes puedan preparar propuestas para el presente proceso. Las mismas no podrán ser divulg”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 31 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 31 — Transparencia y publicidad de las actuaciones
Artículo 31.- Transparencia y publicidad de las actuaciones. Todos los procedimientos de contratación pública deberán efectuarse en un marco de transparencia plena que garantizado por la supervisión institucional y la fiscalización de la sociedad. Párrafo.- Los funcionarios y servidores públicos que deliberadamente incumplan las reglamentaciones de publicidad y acceso a las informaciones previstas en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y demás normativas, se harán sujetos de las sanciones disciplinarias o penales que correspondan.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona