Registro del contrato anterior al acta de adjudicación
· hace 8 meses
El portal registra el contrato de Isla Dominicana por RD$14,520,000 como confirmado y enviado el 30 de enero de 2026, mientras que esta acta adjudica el proceso el 5 de febrero. Si la fecha del portal corresponde a la formalización del contrato, la secuencia debe verificarse frente a la regla de formalización posterior a la adjudicación; la fecha podría corresponder a un registro o actualización del portal y no a la firma efectiva.
“siendo las nueve (09:00 A.M) del día cinco (05) del mes de febrero del año dos mil veintiséis 2026, se reunieron los miembros del comité de Compras y Contrataciones de este Cuerpo Especializado”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 164 · Ley 340-06, art. 26 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 164 — Formalidades y contenido mínimo del contrato
Artículo 164. Formalidades y contenido mínimo del contrato. Los contratos deberán ser formalizados por escrito, en soporte papel o formato digital. Tanto el adjudicatario como la máxima autoridad de la institución contratante deben suscribirlo conjuntamente, en presencia del notario público, y debe publicarse en el SECP y en el portal institucional. Párrafo I. El contrato u orden de compra o servicio, deberá celebrarse en el plazo que se indique en los respectivos pliegos de condiciones, especificaciones técnicas o términos de referencia, el cual no deberá ser mayor a veinte (20) días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación. Párrafo II. Si la institución no…
Ley 340-06, artículo 26
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
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