El acta Resolución Núm. INAVI-004-2026, de 2026-01-12, adjudica los siete ítems de ataúdes del proceso INAVI-CCC-LPN-2025-0002 a tres oferentes. Asigna RD$5,419,445 a Rama Fabricantes y Suplidores, RD$5,572,904 a Fernández y Sánchez y RD$4,109,232 a Industrias Martmo; el total adjudicado es RD$15,101,581.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Los tres montos adjudicados suman RD$15,101,581, RD$115,050 por encima del monto estimado de RD$14,986,531 registrado en el portal. La diferencia es pequeña en relación con el total y no existe un tope de adjudicación al estimado citado aquí, pero conviene verificar la consistencia entre estimación, apropiación presupuestaria y adjudicación.
“SEGUNDO: ADJUDICAR, como al efecto ADJUDICA, A LOS OFERENTES: RAMA FABRICANTES Y SUPLIDORES, SRL. RNC: -2 (ITEMS 1 Y 2 por un monto RD$ 5,419,445.00) con impuestos incluidos; FERNANDEZ Y SANCHEZ, SRL. RNC (ITEMS 3, 4 Y 7, por u”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 66 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos
Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…
El acta adjudica a Industrias Martmo los ítems 5 y 6 en un procedimiento descrito como dirigido a MIPYMES de fabricación nacional. Según la consulta DGII del 2026-09-27, su actividad registrada es venta minorista de maderas y artículos de madera; como ese dato es posterior al proceso, no acredita su actividad al momento de ofertar, pero justifica verificar la evidencia de capacidad y fabricación evaluada entonces.
“INDUSTRIAS MARTMO, RNC (ITEMS 5 Y 6: por un monto de RD$ 4,109,232.00).”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 8 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 8
ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…
Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales
Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona