Prohibición categórica de subcontratar
· hace 9 meses
La circular niega toda posibilidad de subcontratación. La Ley 340-06 contempla que el contratista ejecute mediante subcontratación hasta el 50 % del monto, con autorización previa y expresa; conviene verificar si esta respuesta refleja una restricción ya prevista en el pliego o si elimina esa opción para el contrato.
“Respecto a la subcontratación, ¿la institución permite que la empresa oferente subcontrate otra empresa que cumpla con las mismas garantías de servicio? En caso afirmativo, ¿se requiere autorización previa o existen condiciones específicas?” (pág. 2)
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 32 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 32
ART. 32. Sin perjuicio de las facultades y obligaciones previstas en la legislación específica, en sus reglamentos, en los pliegos de condiciones o en la documentación contractual, el contratista tendrá: 1) El derecho a los ajustes correspondientes de las condiciones contractuales, cuando ocurrieren acontecimientos extraordinarios o imprevisibles, con relación a las condiciones existentes al momento de la presentación de propuestas, que devuelvan el equilibrio económico del contrato; 2) Ejecutar el contrato por sí, o mediante cesión o subcontratación hasta un cincuenta por ciento (50%) del monto del contrato, siempre que se obtenga la previa y expresa autorización de la administración, en…
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