El Acta núm. 001, de 2026-01-29, aprueba corregir la volumetría del proyecto y añadir documentos requeridos a las ofertas para la terminación del estadio de béisbol de Polo. Entre los nuevos requisitos figuran carta compromiso, registro mercantil y flujo de caja, todos indicados como no subsanables. Según el portal, el proceso registra un contrato adjudicado a Nicolás García Cuesta por RD$9,666,465.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La nueva hoja reduce la cantidad de grama de 5,230 m² a 1,700 m² y sustituye la volumetría anterior por partidas reorganizadas. Aunque el acta lo presenta como corrección de repeticiones, la variación puede cambiar la base de costos y merece cotejo con los planos y la documentación técnica, así como con el plazo otorgado para ajustar las ofertas.
“05 | Grama Bermuda para terreno (incluye suministro e instalación) | 5,230.00 | M2 … 4.5 | Suministro de grama | 1,700.00 | m2”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 72 · Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia
Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
El acta declara no subsanable el registro mercantil. Si se exige como credencial del oferente, el artículo 120 del Reglamento dispone que los documentos relativos a credenciales son subsanables cuando el requisito se cumplía al presentar la oferta o es inherente a la capacidad; conviene verificar cómo se clasificó y aplicó este requisito.
“- Registro mercantil (NO SUBSANABLE)”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 120 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 120 — Subsanabilidad de las ofertas
Artículo 120. Subsanabilidad de las ofertas. Con el objeto de brindar a la institución contratante la posibilidad de contar con la mayor cantidad de ofertas válidas posibles y evitar que por cuestiones formales e intrascendentes se vea privada de optar por ofertas serias y convenientes, todo documento relativo a credenciales de los oferentes será subsanable, siempre y cuando cumpla con el requisito al momento de presentación de la oferta o sea inherente a su capacidad, para no afectar el principio de igualdad de trato entre los oferentes. En estos casos, la institución solicitará al oferente, en el plazo establecido en el pliego de condiciones, que suministre la documentación faltante o con…
El acta denomina la sección «Oferta Económica o sobre A» y sitúa allí documentos de oferta, mientras coloca el flujo de caja en el Sobre B. El Reglamento separa la oferta técnica (Sobre A) de la económica (Sobre B); conviene verificar qué instrucciones recibieron los oferentes para clasificar y presentar los documentos.
“Documentos a presentar en la Oferta Económica o sobre "A": - Carta compromiso (NO SUBSANABLE) - Registro mercantil (NO SUBSANABLE)”
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Reglamento 416-23, artículo 110 — División de las propuestas
Artículo 110. División de las propuestas. Las propuestas deberán contener una oferta técnica y una oferta económica. Estas ofertas deberán presentarse por separado a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP), el cual garantizará la encriptación de las ofertas presentadas, o en soporte papel en el lugar y fecha establecidos en el pliego de condiciones. Cuando las propuestas sean presentadas en soporte papel, la oferta técnica y la oferta económica deberán presentarse mediante sobres separados y sellados para garantizar la confidencialidad.
El acta incorpora requisitos nuevos y los califica como no subsanables. Según el portal, la última enmienda se registró el 3 de febrero y el cierre de ofertas fue el 4 de febrero de 2026; conviene verificar si los oferentes recibieron un plazo proporcional para incorporarlos a sus propuestas.
“Documentos a presentar en la Oferta Económica o sobre "A": - Carta compromiso (NO SUBSANABLE) - Registro mercantil (NO SUBSANABLE)”
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Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona