El Comité de Compras y Contrataciones de CORAAVEGA aprobó por unanimidad, el 27 de enero de 2026, una enmienda al pliego del proceso CORAAVEGA-CCC-LPN-2025-0008, tras registrar consultas y observaciones de la DGCP. La enmienda fija la vigencia de la garantía de seriedad hasta el 22 de mayo de 2026, aclara que son ocho lotes y modifica los requisitos de documentación financiera: flexibiliza los períodos admitidos y hace subsanables varios documentos, mientras mantiene no subsanable una línea de crédito de suplidor equivalente al 20% de la oferta.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La enmienda mantiene como no subsanable una línea de crédito de un suplidor de tubería y equipos por al menos 20% de la oferta económica. Por su umbral y su exigencia de financiación por un tipo específico de proveedor, conviene verificar la justificación técnica y su efecto sobre la participación; la enmienda no aporta esa explicación.
“5. Línea de crédito de un Suplidor de Tubería y equipos mayor o igual al 20% del monto de su oferta económica. (No Subsanable).”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales
Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: La documentación que acredita solvencia financiera puede aportarse durante la subsanación, aunque se mantienen los estados auditados y los formularios tributarios como evidencia.; Se flexibiliza el momento de presentación de evidencia de capacidad financiera y de autorización para verificarla. Se conserva como no subsanable la línea de crédito del suplidor..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
Pág. 34 del pliegoVigencia de la garantía de seriedad de la oferta
El acta no reproduce la fecha de vigencia anterior.
La garantía debe tener vigencia hasta el 22-05-2026, inclusive.
Aclara
Pág. 7 del pliegoCantidad de lotes
El pliego indicaba seis lotes, según el antecedente del expediente.
El monto queda segmentado en ocho lotes.
Aclara
Pág. 15 del pliegoEstados financieros y ejercicios fiscales admitidos
El acta no reproduce íntegramente los períodos fiscales ni la condición de subsanabilidad anteriores.
Admite estados comparativos y auditados de 2023-2024 o 2024-2025, según el cierre fiscal del oferente; los declara subsanables y exige formularios tributarios presentados a la DGII.
RelajaQuita un control: La documentación que acredita solvencia financiera puede aportarse durante la subsanación, aunque se mantienen los estados auditados y los formularios tributarios como evidencia.
Págs. 15-16 del pliegoSubsanabilidad de líneas de crédito y autorizaciones
El acta describe estos requisitos como incluidos en el aspecto de no subsanables del pliego previo.
La línea bancaria debe ser activa y de al menos 10% de la oferta, emitida dentro de los 30 días previos a la recepción; la línea bancaria y las cartas de autorización pasan a ser subsanables. La línea de crédito de suplidor de tubería y equipos debe ser de al menos 20% de la oferta y sigue siendo no subsanable.
RelajaQuita un control: Se flexibiliza el momento de presentación de evidencia de capacidad financiera y de autorización para verificarla. Se conserva como no subsanable la línea de crédito del suplidor.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona