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Abriendo la ficha…

Enmienda

2 - Pliego de condiciones baños pozo septico.pdf

READECUACIÓN DE BAÑOS Y CONSTRUCCIÓN DE POZO SÉPTICO DE LA SEDE CENTRAL DE ESTE ARCHIVO GENERAL DE LA NACIÓN · Archivo General de la Nacion

Publicado el 23 ene de 202639 páginasEn el mensaje «Enmienda al proceso»

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso AGN-CCC-CP-2025-0010

Lo que dice

El pliego fija las bases de la comparación de precios AGN-CCC-CP-2025-0010 para readecuar los baños y construir un pozo séptico en la sede central del Archivo General de la Nación. Establece un presupuesto base de RD$15,884,533.34, un plazo máximo de ejecución de 180 días calendario y adjudicación por ítem único al oferente que cumpla los requisitos y presente el menor precio.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (5)

A revisarHallazgo en documentos

Cartas bancarias para MIPYMES con porcentaje contradictorio

Documento del 23 ene 2026 · hace 8 meses

El requisito fija para MIPYMES un monto escrito como quince por ciento, pero entre paréntesis indica diez por ciento del presupuesto. La contradicción impide determinar con certeza el umbral financiero exigido y puede producir evaluaciones dispares.

“Dichas cartas no pueden ser por valores inferiores a: Para las grandes empresas, el VEINTICINCO por ciento (25%) del presupuesto de referencia del lote en el que participa y (ii) Para las MIPYMES, el quince por ciento (10%) del presupuesto ”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

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Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

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A revisarHallazgo en documentos

Plazo de consultas vence antes de la visita al sitio

Documento del 23 ene 2026 · hace 8 meses

El cronograma cierra las consultas el 13/1/2026 y fija la visita de levantamiento para el 15/1/2026. Quienes identifiquen dudas técnicas durante la visita ya tendrían vencido el plazo previsto para consultarlas, lo que merece revisión por su posible efecto en la preparación comparable de las ofertas.

“Visita de levantamiento de información sede central del AGN 15/1/2026 10:00 AM 3. Período para realizar consultas y/o aclaraciones por parte de los interesados Hasta 13/1/2026 12:30 PM”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 20 · Reglamento 416-23, art. 105 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 20

ART. 20. El pliego de condiciones proporcionará toda la información necesaria relacionada con el objeto y el proceso de la contratación, para que el interesado pueda preparar su propuesta. PÁRRAFO I. Los participantes podrán solicitar a la entidad convocante aclaraciones acerca del pliego de condiciones, hasta la fecha que coincida con el cincuenta por ciento (50%) del plazo para presentación de propuestas. La entidad dará respuesta a tales solicitudes de manera inmediata, y no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75%) del plazo previsto para la presentación de propuestas. Las aclaraciones se comunicarán, sin indicar el origen de la solicitud, a todos los…

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Reglamento 416-23, artículo 105 — Solicitud de aclaraciones y circulares de respuesta

Artículo 105. Solicitud de aclaraciones y circulares de respuesta. Los interesados podrán solicitar a la institución contratante aclaraciones acerca del pliego de condiciones, de las especificaciones, fichas técnicas y los términos de referencia, hasta la fecha que coincida con el cincuenta por ciento (50 %) del plazo para presentación de ofertas. La institución deberá dar respuesta a tales solicitudes a más tardar en la fecha que represente el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de propuestas.

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A revisarHallazgo en documentos

Documentos posteriores a la obra incluidos en la oferta técnica

Documento del 23 ene 2026 · hace 8 meses

La lista de documentos de la oferta técnica incorpora certificaciones de Trabajo, CODIA y FOPETCONS marcadas como posteriores a la terminación del proyecto. Su ubicación entre los requisitos de oferta deja incierto si se exigen para habilitar al oferente o durante la ejecución, con posible efecto excluyente si se aplican en la evaluación inicial.

“17) Certificación de Ministerio de Trabajo, especificando que no hay querella o algún tipo de reclamación contra los ejecutores del proyecto. (Después de terminado el proyecto) 18) Certificación del Colegio Dominicano de Ingenieros, Arquite”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 8 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 8

ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…

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Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

ContextoHallazgo en documentos

Pliego contiene reglas divergentes sobre la subsanación de la garantía de seriedad

Documento del 23 ene 2026 · hace 8 meses

El pliego indica en el numeral 10.2 que la garantía insuficiente en tiempo o monto no es subsanable y que la subsanación solo aplica por errores materiales o de moneda, pero la Sección II (numeral 6) permite subsanarla cuando la insuficiencia provenga de una corrección aritmética de la oferta; además, el artículo 198 del Reglamento 416-23 solo prevé la subsanación por errores materiales o de moneda. Es una inconsistencia interna del documento sin efecto demostrado en el resultado del proceso, que fue cancelado antes de la adjudicación.

“La no presentación de la garantía o que la misma sea insuficiente en tiempo o monto, no es subsanable … 2) Cuando resulte en un monto insuficiente, producto de una corrección aritmética realizada a la oferta económica.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 198 · Ley 340-06, art. 21 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 198 — Subsanación de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta

Artículo 198. Subsanación de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta. Si la garantía de seriedad de oferta contiene errores materiales o en la moneda solicitada, se podrá solicitar al oferente que realice las correcciones necesarias, siguiendo el procedimiento establecido en el presente reglamento y dentro del plazo especificado en el pliego de condiciones del procedimiento, el cual no puede ser inferior a un (1) día hábil ni superior a cinco (5) días hábiles. La oferta del proponente que no subsane la garantía dentro del plazo establecido podrá ser desestimada sin más trámite.

Texto oficial completo

Ley 340-06, artículo 21

ART. 21. El principio de competencia entre oferentes no deberá ser limitado por medio de recaudos excesivos, severidad en la admisión de ofertas o exclusión de éstas por omisiones formales subsanables, debiéndose requerir a los oferentes incursos en falta las aclaraciones que sean necesarias, dándosele la oportunidad de subsanar dichas deficiencias, en tanto no se alteren los principios de igualdad y transparencia establecidos en el Artículo 3 de esta ley, de acuerdo a lo que establezca la reglamentación.

ContextoHallazgo en documentos

Posible solapamiento en retenciones para supervisión

Documento del 23 ene 2026 · hace 8 meses

El pliego menciona dos retenciones de 5% relacionadas con el personal técnico de inspección y supervisión, una imputada a costos indirectos y otra descrita como retención del costo de la obra. Podrían ser conceptos distintos o una duplicidad; conviene precisar su base y acumulación porque afectan el costo y los pagos del contrato.

“El Archivo General de la Nación podrá retener, el 5% de retención del costo de la obra para el pago del personal técnico que inspeccionará y supervisará permanentemente la obra, será imputado en cada pago al valor agregado en los costos ind”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Ley 340-06, art. 28 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

Ley 340-06, artículo 28

ART. 28. El contrato, para considerarse válido, contendrá cláusulas obligatorias referidas a: antecedentes, objeto, plazo, precio, ajuste de precios, equilibrio económico financiero, garantías, modificación, terminación, resolución, arbitraje, nulidad, sanciones y bonificaciones, si ello se ha acordado, liquidación, solución de controversias, y las demás que correspondan de acuerdo con la naturaleza de la contratación y con las condiciones que establezca el reglamento de la presente ley. PÁRRAFO I. El reglamento establecerá las características formales del contenido de las órdenes de compra y de servicio. PÁRRAFO II. En el caso de que sea necesaria la devolución de valores avanzados por la…

Otros documentos del proceso (25)

  • 1 - Solicitud de Compras.pdfSolicitud de compra · 18 dic de 2025 · 1 señal
  • 2 - Pliego de condiciones baños.pdfPliego · 18 dic de 2025 · 4 señales
  • 4 - Acta de aprobación de la modalidad de contratación y selección de peritos.pdfInforme pericial · 18 dic de 2025 · 1 señal
  • 4 - Acta de aprobación de las bases de la contratación.pdfPliego · 18 dic de 2025
  • 5 - Convocatoria.pdfDocumento · 18 dic de 2025
  • 4 - Acta de aprobación especificaciones técnicas.pdfPliego · 18 dic de 2025
  • Autorización de presidencia.pdfAutorización · 18 dic de 2025
  • BORRADOR CONTRATO AGN-CCC-CP-2024-0009.docxContrato · 18 dic de 2025
  • Especificaciones tecnicas de readecuación de baños 18-12-25.pdfPliego · 18 dic de 2025 · 2 señales
  • Presupuesto Definitivo Remodelación Baños Corregido Checo 18-12-25.xlsDocumento · 18 dic de 2025
  • SNCC_D044_Enfoque_y_Metodologia.docxDocumento · 18 dic de 2025

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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