La Enmienda No. 1 del proceso JRFPFA-CCC-CP-2026-0004, emitida el 19 de enero de 2026, modifica el plazo para constituir la garantía de fiel cumplimiento, aunque los plazos original y modificado no son legibles en el texto transcrito. Añade como subsanables una certificación de Registro Sanitario de DIGEMAPS y una carta sobre el etiquetado; elimina dos notas del pliego y convierte en subsanable la certificación MIPYMES Mujeres. El portal registra el cierre de ofertas para el 22 de enero de 2026, tres días calendario después de la fecha de la enmienda.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Debilita el control formal de autenticidad e identidad asociado a la firma notarial y a la legalización de documentos..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
La enmienda agrega documentación técnica y el portal mantiene el cierre para el 22 de enero, tres días calendario después de su emisión. El artículo 107 del Reglamento 416-23 prevé extender el plazo de presentación de manera proporcional cuando una enmienda introduce nuevos requerimientos; aunque los documentos añadidos son subsanables, conviene verificar si el tiempo disponible fue suficiente.
“Segundo: Se agrega al punto 10, literal C, Documentación técnica de la pág. 18 del pliego de condiciones, los siguiente, los cuales dicen:”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
Punto 8, pág. 14 del pliegoPlazo para constituir la garantía de fiel cumplimiento
El pliego fijaba un plazo; el texto transcrito no permite leer su duración.
La enmienda modifica el plazo, pero su nueva duración no es legible en el texto transcrito.
Neutral
Punto 10, literal C, pág. 18 del pliegoDocumentación técnica sanitaria y etiquetado
El pliego no incluía estos dos documentos entre los requisitos técnicos, según la enmienda.
Agrega la certificación de Registro Sanitario de DIGEMAPS y una carta sobre fecha de fabricación y vencimiento en las etiquetas; ambos son subsanables.
Endurece
Págs. 13, 18 y 19 del pliegoFirma notarial y legalización de documentos legales
Se requería que los documentos legales fueran firmados por notario autorizado y legalizados por la Procuraduría General de la República.
Se elimina esa nota del pliego.
RelajaQuita un control: Debilita el control formal de autenticidad e identidad asociado a la firma notarial y a la legalización de documentos.
Pliego, nota sobre presentación de ofertas técnicasProhibición de presentar ofertas técnicas copiando el formato publicado
No se admitían ofertas técnicas presentadas bajo el formato publicado en las especificaciones técnicas.
Se elimina esa nota.
Relaja
Punto 10, literal A, pág. 17 del pliegoCertificación MIPYMES Mujeres
La certificación actualizada era no subsanable.
La certificación actualizada pasa a ser subsanable; se mantiene la exigencia de presentarla para calificación.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona