El Acta de Adjudicación núm. 04/2026, de 2026-01-15, aprueba el informe económico y adjudica a DIAF la compra de kits topográficos por RD$30,000,000.00. DIAF obtuvo 95.50 puntos, frente a 86.54 de Geomedición GIS y 80.00 de Jolteca; la oferta económica registrada para DIAF fue de RD$30,000,000.00.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta consigna una oferta de Jolteca de RD$25,500,000.00 y una garantía de RD$25,500.00, equivalente al 0.1 % de la oferta, aunque recibió puntuación económica. No fue adjudicataria; conviene verificar si se trata de un error de transcripción o cómo se verificó el requisito.
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 196 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 196 — Monto de la garantía de mantenimiento y seriedad la oferta
Artículo 196. Monto de la garantía de mantenimiento y seriedad la oferta. El monto de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta será de un 1 % del monto de la oferta presentada, esta es de cumplimiento obligatorio y vendrá incluida dentro del sobre contentivo de la oferta económica o “Sobre B”.
El acta consigna montos de oferta para GIS, DIAF y Jolteca y adjudica a DIAF por RD$30,000,000.00, mientras que los datos del portal aportados muestran varias ofertas en cero y estado pendiente. El contrato del portal sí registra a DIAF por RD$30,000,000.00; podría tratarse de datos incompletos o atrasados, pero amerita comprobar la publicación íntegra y coherente del expediente electrónico.
“Se adjudica al oferente "DISEÑO DE INGENIERÍA AVANZADA PARA EL FUTURO SRL, (DIAF)," el proceso para la "Adquisición de Kit de Equipos Topográficos para Uso del Instituto Agrario Dominicano (lAD). Referencia: IAD-CCC-LPN-2025-0004, por el mo”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 31 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 31 — Información publicada en el SECP
Artículo 31. Información publicada en el SECP. Las instituciones contratantes deberán gestionar y difundir todas las etapas de los procedimientos de contratación, tanto ordinarios como de excepción, a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP), de manera simultánea a la ejecución y el avance de las actuaciones, salvo aquella información considerada como reservada de acuerdo con la ley. Párrafo. La información publicada de cada procedimiento de contratación se consolidará en un expediente electrónico identificado con un número único, que será generado automáticamente por el SECP permitiendo su acceso a todo interesado.
El acta adjudica a DIAF la adquisición de equipos. Según los datos registrales consultados en 2026, posteriores al proceso, su RPE figura en rubros de servicios y su actividad DGII es de ingeniería civil; esto no establece cuál era su perfil al adjudicarse ni descarta capacidad, pero es un dato para contrastar con las credenciales y experiencia evaluadas para este suministro.
“Se adjudica al oferente "DISEÑO DE INGENIERÍA AVANZADA PARA EL FUTURO SRL, (DIAF)," el proceso para la "Adquisición de Kit de Equipos Topográficos”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 8 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 8
ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona