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Abriendo la ficha…

Pliego

Pliego de Condiciones Servicio de Auditoría de Estatos Financieras.pdf

Servicio de auditoría de los estados financieros del 2025 para el Seguro Nacional de Salud (SeNaSa), · Seguro Nacional de Salud (SENASA)

Publicado el 14 ene de 2026Fechado el 13 ene de 202654 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso ARS SENASA-MAE-PEUR-2026-0001

Lo que dice

El pliego, fechado el 14 de enero de 2026, establece las condiciones para contratar por urgencia una auditoría de los estados financieros de SeNaSa correspondientes a 2025, con presupuesto base de RD$12,000,000.00 y plazo de ejecución de hasta 12 semanas desde la notificación de la adjudicación. Fija la recepción de ofertas para el 20 de enero de 2026 y establece la adjudicación basada en el menor precio entre las ofertas técnicamente habilitadas.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (2 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (3)

A revisarHallazgo en documentos

El pliego prevé recibir y abrir las ofertas en una sola etapa

Documento del 14 ene 2026 · hace 9 meses

El pliego establece una etapa única para recibir y abrir las ofertas técnicas y económicas, aunque después describe una evaluación técnica previa a la evaluación económica. La regla del Reglamento prevé dos etapas y que las ofertas económicas solo se conozcan tras concluir y notificar la evaluación técnica; la disposición del pliego amerita revisar cómo se preservaría esa separación.

“la recepción, apertura y evaluación de las ofertas se llevará a cabo en una etapa: Única etapa. Para la presentación y recepción de las ofertas técnicas y las ofertas económicas y la apertura y evaluación de las ofertas técnicas y económica”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 114 · Reglamento 416-23, art. 149 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 114 — División de etapas

Artículo 114. División de etapas. Como principio general, todos los procedimientos de selección respetarán en su etapa de evaluación, la división de los siguientes aspectos: a) Las credenciales u oferta técnica, y, por otro lado, b) La oferta económica. En consecuencia, deberá separarse en dos etapas: 1. Primera etapa. Para la presentación y recepción de las ofertas técnicas y las ofertas económicas y la apertura y evaluación de las ofertas técnicas. 2. Segunda etapa. La apertura y evaluación de las ofertas económicas. Párrafo I. Solo se procederá a la apertura de las ofertas económicas una vez concluida la evaluación de credenciales, ofertas técnicas, subsanación y muestras, si aplican, y…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 149 — Etapas comunes de los procedimientos de excepción

Artículo 149. Etapas comunes de los procedimientos de excepción. Salvo los casos de excepción por emergencia y seguridad nacional que iniciarán con decreto presidencial, el primer trámite de los procedimientos de excepción es el requerimiento de compra o contratación, seguido de los estudios previos, conforme a las disposiciones establecidas en la Sección I sobre “Fase de Planificación y Preparación”, del presente capítulo. Posteriormente, deberán realizarse las siguientes actuaciones: 1. Informe que justifique el uso de la excepción. La Unidad Operativa de Compras y Contrataciones gestionará la elaboración de un informe pericial que podrá ser requerido a la unidad requirente o a un experto…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

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A revisarHallazgo en documentos

Plazo breve para preparar ofertas en una auditoría de alcance amplio

Documento del 14 ene 2026 · hace 9 meses

Desde la convocatoria del 14 de enero hasta el cierre del 20 de enero se conceden aproximadamente cuatro días hábiles para preparar ofertas para una auditoría financiera y de TI con requisitos de acreditación y experiencia especializada. El reglamento no fija para esta excepción un mínimo concreto de días, pero exige que el plazo sea razonable y proporcional y que no restrinja más de lo necesario la participación.

“1. Publicación del aviso de convocatoria en el Miércoles 14 de enero de 2026 … Las ofertas podrán ser recibidas desde el día de publicada la convocatoria en el SECP hasta 20 de enero de 2026 hasta las 9:30 AM.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 46 · Reglamento 416-23, art. 148 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 46 — Casos de excepción

Artículo 46. Casos de excepción. Serán considerados casos de excepción, y no una violación a la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones, los procedimientos que se realicen mediante selección competitiva o directa, para dar respuesta a los casos, circunstancias, situaciones y condiciones especiales indicadas en el párrafo del artículo 6 de la referida ley, siempre y cuando se realicen de conformidad con lo establecido en el presente reglamento, y los manuales, guías, políticas y orientaciones normativas que emita la Dirección General de Contrataciones Públicas. Los procedimientos de selección por excepción se justifican: 1. Por situaciones de seguridad nacional. 2. Por situaciones de emergencia…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 148 — De la publicidad, convocatoria y plazos de los procedimientos de excepción

Artículo 148. De la publicidad, convocatoria y plazos de los procedimientos de excepción. Los procedimientos de excepción establecidos por la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones y el presente reglamento se ejecutarán mediante el SECP. Salvo la excepción por seguridad nacional, todo ciudadano podrá consultar los procedimientos de excepción a través de esta herramienta tecnológica. Párrafo I. La convocatoria de los procedimientos por selección competitiva será pública, abierta y se ejecutará mediante el SECP, salvo el procedimiento de seguridad nacional que se realizará mediante invitación cerrada. Párrafo II. En los procedimientos por selección directa, la gestión documental de todas las…

A revisarHallazgo en documentos

Exclusión vinculada a investigaciones sin exigir una decisión firme

Documento del 14 ene 2026 · hace 9 meses

El pliego excluye a empresas que se encuentren bajo investigación administrativa, disciplinaria o legal relacionada con un contrato previo, sin que el texto exija una decisión firme que constate una prohibición para contratar. Por su alcance y por la posible incidencia en la elegibilidad, conviene verificar cómo se aplicaría frente a las reglas de igualdad y a las prohibiciones legales expresamente previstas.

“c) Se encuentre bajo investigación administrativa, disciplinaria o legal, iniciada por cualquier órgano de control, fiscalización o supervisión del Estado, derivada o vinculada directa o indirectamente al contrato previamente adjudicado.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Ley 340-06, art. 14 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

Ley 340-06, artículo 14

ART. 14. No podrán ser oferentes ni contratar con el Estado las siguientes personas: 1) El Presidente y Vicepresidente de la República; los Secretarios y Subsecretarios de Estado; los Senadores y Diputados del Congreso de la República; los Magistrados de la Suprema Corte de Justicia, de los demás tribunales del orden judicial, de la Cámara de Cuentas y de la Junta Central Electoral; los Síndicos y Regidores de los Ayuntamientos de los Municipios y del Distrito Nacional; el Contralor General de la República y el Subcontralor; el Director de Presupuesto y Subdirector; el Director Nacional de Planificación y el Subdirector; el Procurador General de la República y los demás miembros del…

Oferentes que registra (1)

1 mencionado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
Gomera & Asociados, SRLEl portal registra una oferta cargada y pendiente, y señala que el proceso quedó desierto; no consta adjudicación en este pliego.Mencionado—RD$10,000,000

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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