El Acta de Adjudicación núm. 002/2026, de fecha 2026-01-12, aprueba el informe económico y adjudica el proceso MIREX-CCC-LPN-2025-0016 por RD$80,000,000.00, mediante sorteo realizado el 2026-01-09. Agencia de Viajes Milena Tours recibe RD$35,000,000.00 para el ítem I del Lote I; Viajersa recibe RD$25,000,000.00 para el ítem II del Lote I; y K&M Destinos Universales recibe RD$20,000,000.00 para el Lote II.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta recoge una preferencia para empresas MIPYME en el desempate del Lote II y luego registra que se adjudicó por sorteo, sin consignar si alguna de las empresas empatadas cumplía esa condición ni por qué no procedió la preferencia. El registro consultado en 2026 indica que Viajersa era MIPYME en esa fecha, pero eso no acredita su condición al momento del proceso; conviene verificarla para la fecha del sorteo y cómo se aplicó el criterio.
“En caso de empate entre dos o más Oferentes/Proponentes, se procederá a elegir la oferta que … Se trataré de una empresa clasificada como MIPYME, MIPYME mujer, MIPYME industrial u otros sectores priorizados … Instalación Hotelera”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 131 · Reglamento 416-23, art. 133 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 131 — Desempate de ofertas
Artículo 131. Desempate de ofertas. En caso de igualdad en la calificación final, ya sea por igualdad de precios o por igualdad de puntaje, el pliego de condiciones deberá determinar cómo se decidirá la adjudicación, aplicando alguno de estos criterios: 1) Se dará preferencia a la oferta que haya incluido la contratación de personas con discapacidad. 2) Presente un plan empresarial de responsabilidad para protección del medioambiente en su cadena de producción. 3) Haya propuesto en su oferta el compromiso de subcontratar a una empresa clasificada como MIPYME, MIPYME mujer, MIPYME industrial u otros sectores priorizados. Párrafo. El pliego de condiciones del procedimiento de contratación…
Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…
El portal registra una oferta de Caribbean Xam, SRL por RD$70,000,000 como cargada/pendiente, pero el acta dice que se abrieron cinco ofertas y en su lista incluye a Service Travel, SRL, no a Caribbean Xam. El estado pendiente puede reflejar un desfase del portal; conviene contrastar el expediente electrónico para verificar qué ofertas se recibieron y evaluaron.
“siendo aperturadas cinco (05) ofertas económicas (Sobres B): 1. Viajersa, SRL 2. Agencia de Viajes Milena Tours, SRL 3. K&M Destinos Universales, SRL 4. Turinter, SA 5. Services Travel, SRL”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 31 · Reglamento 416-23, art. 33 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 31 — Información publicada en el SECP
Artículo 31. Información publicada en el SECP. Las instituciones contratantes deberán gestionar y difundir todas las etapas de los procedimientos de contratación, tanto ordinarios como de excepción, a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP), de manera simultánea a la ejecución y el avance de las actuaciones, salvo aquella información considerada como reservada de acuerdo con la ley. Párrafo. La información publicada de cada procedimiento de contratación se consolidará en un expediente electrónico identificado con un número único, que será generado automáticamente por el SECP permitiendo su acceso a todo interesado.
Reglamento 416-23, artículo 33 — Responsabilidad de la información gestionada en el SECP
Artículo 33. Responsabilidad de la información gestionada en el SECP. Las instituciones contratantes y los oferentes, como usuarios del SECP serán los responsables de la calidad, actualización y autenticidad de la información que publiquen en dicho sistema. En consecuencia, la Dirección General de Contrataciones Públicas no es responsable de la naturaleza y el contenido de la información generada por los usuarios y su responsabilidad se limita a mantener la integridad, inalterabilidad, fidelidad, disponibilidad y conservación de los documentos electrónicos, por lo que el contenido de los documentos consolidados en soporte digital y generados por los usuarios, y las acciones derivadas del…
Oferentes que registra (5)
3 adjudicado · 1 suplente · 1 mencionado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Viajersa, SRLAdjudicataria del ítem II del Lote I, seleccionada al azar.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona