El pliego de enero de 2026 convoca la adquisición de alimentos para ejemplares caninos por un presupuesto estimado de RD$5,736,678.40, con 976 fundas para perros adultos, 30 de alimento hipoalergénico y 80 para cachorros. Especifica productos de la marca Royal Canin y establece la adjudicación al menor precio entre las ofertas técnicas que cumplan. Fija la recepción de ofertas para el 19 de enero y el cronograma consigna la apertura de las ofertas económicas antes de terminar la evaluación técnica.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El cronograma fija la apertura de las ofertas técnicas y económicas a las 10:10 del 19 de enero, mientras que la evaluación de credenciales y ofertas técnicas puede extenderse hasta las 15:00 de ese día. Abrir las ofertas económicas antes de concluir la evaluación técnica y notificar quiénes fueron habilitados contradice la secuencia prevista en el propio pliego y reduce el control de separación de etapas.
“Apertura, de Ofertas Técnicas “Sobre A” y Económicas Sobre B, homologación-evaluación de muestras, si procede. hasta las 19/01/2026 a las 10:10 6. Verificación, Validación y Evaluación de Credenciales/Ofertas técnicas hasta el 19/01/2026”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 114 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 114 — División de etapas
Artículo 114. División de etapas. Como principio general, todos los procedimientos de selección respetarán en su etapa de evaluación, la división de los siguientes aspectos: a) Las credenciales u oferta técnica, y, por otro lado, b) La oferta económica. En consecuencia, deberá separarse en dos etapas: 1. Primera etapa. Para la presentación y recepción de las ofertas técnicas y las ofertas económicas y la apertura y evaluación de las ofertas técnicas. 2. Segunda etapa. La apertura y evaluación de las ofertas económicas. Párrafo I. Solo se procederá a la apertura de las ofertas económicas una vez concluida la evaluación de credenciales, ofertas técnicas, subsanación y muestras, si aplican, y…
Desde la publicación del 13 de enero hasta el cierre del 19 de enero transcurren seis días naturales, con fin de semana incluido, para preparar ofertas y entregar muestras físicas. En una excepción competitiva los plazos deben ser razonables y proporcionales; la brevedad merece revisión por su posible efecto sobre la participación, aunque el reglamento no fija aquí un mínimo general de días.
“Publicación del aviso de convocatoria en el SECP y en el portal web institucional 13/01/2026 … Presentación de las ofertas “Sobre A” (oferta técnica) y “Sobre B” (oferta económica) y de las muestras hasta el 19/01/2026 a las 10:00”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 46 · Reglamento 416-23, art. 148 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 46 — Casos de excepción
Artículo 46. Casos de excepción. Serán considerados casos de excepción, y no una violación a la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones, los procedimientos que se realicen mediante selección competitiva o directa, para dar respuesta a los casos, circunstancias, situaciones y condiciones especiales indicadas en el párrafo del artículo 6 de la referida ley, siempre y cuando se realicen de conformidad con lo establecido en el presente reglamento, y los manuales, guías, políticas y orientaciones normativas que emita la Dirección General de Contrataciones Públicas. Los procedimientos de selección por excepción se justifican: 1. Por situaciones de seguridad nacional. 2. Por situaciones de emergencia…
Reglamento 416-23, artículo 148 — De la publicidad, convocatoria y plazos de los procedimientos de excepción
Artículo 148. De la publicidad, convocatoria y plazos de los procedimientos de excepción. Los procedimientos de excepción establecidos por la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones y el presente reglamento se ejecutarán mediante el SECP. Salvo la excepción por seguridad nacional, todo ciudadano podrá consultar los procedimientos de excepción a través de esta herramienta tecnológica. Párrafo I. La convocatoria de los procedimientos por selección competitiva será pública, abierta y se ejecutará mediante el SECP, salvo el procedimiento de seguridad nacional que se realizará mediante invitación cerrada. Párrafo II. En los procedimientos por selección directa, la gestión documental de todas las…
El pliego requiere la marca Royal Canin y referencias concretas, sin ofrecer una alternativa equivalente. La justificación consignada es una solicitud de 2021 relacionada con canes donados y la recomendación de los peritos; dado que esta condición restringe la posibilidad de ofertar productos sustituibles, conviene verificar que la especificación siga siendo técnicamente necesaria y que la exclusividad esté sustentada para el mercado al convocarse. El artículo 73 contempla excepciones para procedimientos por exclusividad, por lo que la especificación no demuestra por sí sola un incumplimiento.
“solicita que el alimento seleccionado para los ejemplares donados por esa entidad, dentro del marco de apoyo bilateral entre naciones sea de la marca Royal Canin, a los fines de que sea garantizado el bienestar físico y médico de dichos”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 73 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona