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Abriendo la ficha…

Pliego

PLIEGO DE COMBUSTIBLE- 0002.pdf

Adquisicion de Combustibles · Hospital Central de las FFAA

Publicado el 8 ene de 202657 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso HOSPITAL CENTRAL FFA-CCC-CP-2026-0002

Lo que dice

El pliego establece las bases de la comparación de precios HOSPITAL CENTRAL FFA-CCC-CP-2026-0002 para adquirir tickets de gasolina y 2,000 galones de gasoil, con suministro previsto por cuatro meses o hasta agotar el monto contratado. La convocatoria figura para el 8 de enero de 2026 y la recepción de ofertas para el 16 de enero; el portal registra un monto estimado de RD$5,604,200 y un contrato de RD$4,684,200 con Estación De Servicios Coral, SRL.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (4)

A revisarHallazgo en documentosRD$4.7 millones

Oferta registrada en RD$0 frente al contrato de Coral

Documento del 8 ene 2026 · hace 9 meses

El portal registra a Coral con oferta de RD$0, cargada y pendiente, pero también un contrato activo por RD$4,684,200. El pliego establece evaluación económica por descuento y precio; debe verificarse el acta y la oferta económica para reconciliar los registros, considerando que el estado pendiente del portal podría reflejar datos incompletos o atrasados.

“La adjudicación será al favor de la oferta que, siendo calificada como CUMPLE, y tenga el mejor precio17, sustentado sobre la base, del Mayor Descuento otorgado en … las propuestas económica, aplicado al Monto final de la oferta”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 26 · Reglamento 416-23, art. 128 · Reglamento 416-23, art. 133 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 26

ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…

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Reglamento 416-23, artículo 128 — Evaluación de las ofertas económicas

Artículo 128. Evaluación de las ofertas económicas. Atendiendo al sistema de evaluación determinado en el pliego de condiciones y con apego irrestricto a los criterios de evaluación establecidos en este, los peritos responsables de evaluar las ofertas económicas procederán a la misma y dejarán constancia de sus ponderaciones y resultados en un informe de evaluación.

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Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación

Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…

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Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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A revisarHallazgo en documentos

Criterios de adjudicación sin ponderación definida

Documento del 8 ene 2026 · hace 9 meses

El pliego combina descuento, crédito, cercanía, presencia nacional, cantidad de estaciones, centros de acopio y camiones, pero no precisa ponderaciones ni una escala para compararlos. Aunque menciona el menor precio, la incorporación de estos factores puede hacer menos verificable qué oferta resulta más conveniente.

“La evaluación de la oferta económica se calificará bajo el criterio menor precio ofertado, y como el precio de los combustibles son estándar y establecido mediante avisos oficiales del Ministerios El Ministerio de Industria, Comercio y”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · Reglamento 416-23, art. 83 · Reglamento 416-23, art. 72 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

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Reglamento 416-23, artículo 83 — Criterios de adjudicación

Artículo 83. Criterios de adjudicación. El criterio de adjudicación para determinar la oferta más conveniente deberá ser establecido de manera inequívoca en el pliego de condiciones y podrán ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio. Se adjudicará la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo. Se adjudicará la oferta de menor costo atendiendo al ciclo de vida, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. A fin de calcular el costo del ciclo de vida, se…

A revisarHallazgo en documentos

Exigencias de cobertura y certificaciones para suministro de combustible

Documento del 8 ene 2026 · hace 9 meses

Para un proceso estimado en RD$5,604,200, el pliego exige capacidad de abastecimiento nacional, centros de acopio en provincias, incluida la línea fronteriza costera, estaciones en todas las provincias y diversos equipos; también pide certificaciones de REFIDOMSA e INDOCAL. La amplitud de estas condiciones, frente al monto y a la compra de tickets y combustible, merece revisión por su posible efecto restrictivo, aunque la operación nacional descrita por la institución puede explicar parte de ellas.

“De igual manera, el Oferente/Proponente, deberá contar con Centros de acopio de combustibles en las principales provincias del país (Tanques para almacenamiento, etc.). Principalmente en la línea fronteriza Costera.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

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Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

A revisarHallazgo en documentos

Interpretación de cláusulas imprecisas reservada a la entidad

Documento del 8 ene 2026 · hace 9 meses

El pliego dispone que las cláusulas ambiguas u oscuras se interpreten en el sentido más favorable a la entidad contratante. La regla puede reducir la previsibilidad para oferentes al dejar la interpretación de términos inciertos en manos de una sola parte.

“Toda cláusula imprecisa, ambigua, contradictoria u oscura a criterio de la Entidad Contratante, se interpretará en el sentido más favorable a ésta.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 72 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

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Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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Oferentes que registra (2)

1 adjudicado · 1 mencionado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
Estación De Servicios Coral, SRLEl portal registra un contrato activo y confirmado por RD$4,684,200.Adjudicado—RD$4,684,200
Petrofuel, SRLEl portal registra una oferta cargada y pendiente; el documento no indica su habilitación ni resultado.Mencionado—RD$484,200

Otros documentos del proceso (15)

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  • SOLICITUD COMPRAS .pdfSolicitud de compra · 7 ene de 2026 · 1 señal
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  • PLIEGO DE COMBUSTIBLE- 0002.pdfPliego · 8 ene de 2026 · 6 señales
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  • 06122006_República Dominicana ^lADO ROLANDO JIMENEZ COPLIN EÜstr.pdfDocumento · —
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  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
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  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia

Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.

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Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

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Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia

Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.

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  • 29052026_@MAPFREBHD SEGUROS.pdfDocumento · —
  • ADJUDICACION.pdfActa de adjudicación · —
  • Informe final del portalDocumento · —