El 15 de diciembre de 2025, el Departamento de Ornato y Limpieza solicitó contratar el alquiler de seis camiones compactadores de 20 toneladas para atender la recolección de desechos sólidos en el Distrito Municipal de Pantoja. La solicitud atribuye la necesidad al crecimiento de la producción de residuos y al vencimiento de los contratos de camiones alquilados; el portal describe el proceso posterior como alquiler de seis unidades de 25 yardas por 18 meses, con monto estimado de RD$59,400,000.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La solicitud justifica la necesidad porque estaban por cumplirse contratos de camiones alquilados, una necesidad recurrente que también aparece en el proceso similar convocado en febrero de 2025. La Ley excluye como fundamento válido de urgencia no haber iniciado a tiempo una nueva contratación antes de finalizar un contrato sucesivo; conviene verificar cuándo se inició la gestión de reemplazo.
“Y a raíz de cumplirse los contratos de los camiones alquilados, se requiere solicitar la contratación de 6 unidades de camiones compactadores de 20 toneladas.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 6 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 6
ART. 6. Se excluyen de la aplicación de la presente ley los procesos de compras y contrataciones relacionados con: 1) Los acuerdos de préstamos o donaciones con otros Estados o entidades de derecho público internacional, cuando se estipule en dichos acuerdos, en cuyos casos se regirán por las reglas convenidas, en caso contrario se aplicará la presente ley. 2) Operaciones de crédito público y la contratación de empleo público, que se rigen por sus respectivas normas y leyes; 3) Las compras con fondos de caja chica, las que se efectuarán de acuerdo con el régimen correspondiente; 4) La actividad que se contrate entre entidades del sector público. PÁRRAFO. Serán considerados casos de…
La solicitud pide camiones de 20 toneladas, mientras que el portal y el pliego describen unidades de 25 yardas. Son medidas distintas y el expediente resumido no establece su equivalencia; conviene verificar que la especificación contratada corresponde a la necesidad solicitada.
“se requiere solicitar la contratación de 6 unidades de camiones compactadores de 20 toneladas.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 66 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos
Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona