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Abriendo la ficha…

Pliego

5- PLIEGO REV SI-15 rev 101225.pdf

Adquisición de Equipos informáticos para la 4ta fase proyecto transformación digital · Procuraduría General de la República

Publicado el 22 dic de 202538 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso PROCURADURIA-CCC-SI-2025-0015

Lo que dice

El pliego, fechado únicamente en noviembre de 2025, establece las condiciones para una subasta inversa electrónica destinada a adquirir 450 computadoras de escritorio completas y 450 UPS para la cuarta fase del proyecto de transformación digital. Fija un valor estimado total de RD$38,250,000 y una puja por la totalidad; el proceso fue convocado el 31 de diciembre de 2025.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (5)

A revisarHallazgo en documentosRD$38.3 millones

El umbral de precio bajo prevé rechazo automático

Documento del 22 dic 2025 · hace 9 meses

El pliego declara no aceptables y no sustentables las ofertas que excedan el 20 % de descuento respecto del estimado, sin contemplar en esa regla la solicitud de explicación al oferente ni el análisis pericial previo que exige el reglamento antes de descalificar por precio anormalmente bajo. La diferencia puede afectar qué oferta resulta habilitada para la adjudicación.

“Para ser calificadas como sustentables las ofertas presentadas por los oferentes luego de terminas la puja electrónica, no serán aceptadas ofertas con un valor porcentual hacia la baja que excedan el 20% por debajo del precio total”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 130 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 130 — Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias

Artículo 130. Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias. Podrá ser descalificada una oferta si en la etapa de evaluación económica la institución determina que el precio ofertado resulta no sustentable o temerario, por ser anormalmente bajo para cumplir con el objeto de la contratación. En estos casos, previo a decidir la descalificación, el responsable de la organización, gestión y ejecución del procedimiento de contratación deberá agotar previamente las siguientes actuaciones: 1. Solicitar por escrito al oferente que describa con mayor detalle todo elemento económico de su oferta que suscite dudas acerca de su aptitud para cumplir el contrato. 2. Los peritos…

Texto oficial completo

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A revisarHallazgo en documentosRD$38.3 millones

Requisitos financieros con un límite máximo de solvencia

Documento del 22 dic 2025 · hace 9 meses

El índice de solvencia se exige dentro de un intervalo de 1.5 a 2.0: según esa formulación, una solvencia superior a 2.0 no cumpliría, aunque refleje una mayor relación de activos frente a pasivos. El pliego también exige una carta bancaria sin precisar su contenido o parámetro de evaluación; conviene verificar la proporcionalidad y aplicación uniforme de estos requisitos para un contrato estimado en RD$38,250,000.

“a) Índice de solvencia = ACTIVO TOTAL / PASIVO TOTAL Límite establecido: Entre 1.5 y 2.0”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

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A revisarHallazgo en documentos

La debida diligencia condiciona la habilitación a refutar indicios

Documento del 22 dic 2025 · hace 9 meses

El pliego prevé descalificar al oferente que no logre demostrar la inexactitud de indicios detectados en la debida diligencia. Dado que entre los indicios contempla coincidencias y escrituras similares, conviene revisar que cualquier descalificación se base en hechos comprobados y criterios objetivos, no únicamente en la falta de refutación del proveedor.

“Si el oferente no presenta sus argumentos dentro del plazo estipulado, no se refiere a lo solicitado o no logra demostrar la inexactitud de los indicios identificados, quedará descalificado.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

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A revisarHallazgo en documentos

Requisitos que pueden limitar la combinación de equipos y proveedores

Documento del 22 dic 2025 · hace 9 meses

Se exige que el monitor y el teclado y mouse sean de la misma marca del CPU, y que ciertos revendedores aporten cartas de autorización del fabricante y del mayorista. Esa combinación puede restringir las marcas y canales de suministro admisibles; conviene verificar su necesidad técnica y su efecto sobre la competencia para el suministro integral.

“Se requiere que este equipo sea de la misma marca del CPU ofertado ... En caso de que el oferente participante actúe en calidad de revendedor local y no sea socio o distribuidor directamente del fabricante del producto ofertado, deberá pres”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 73 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…

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ContextoHallazgo en documentosRD$38.2 millones

Dos ofertas iniciales registradas por el mismo monto

Documento del 22 dic 2025 · hace 9 meses

Según los datos del portal, Itcorp Gongloss, SRL y Compu-Office Dominicana, SRL registraron ofertas iniciales idénticas de RD$38,249,996, apenas RD$4 por debajo del estimado de RD$38,250,000. El dato no acredita coordinación, pero amerita verificar los registros de presentación y la trazabilidad de ambas ofertas en el SECP; el pliego describe una puja electrónica con reducción sucesiva de precios.

“La subasta inversa es una puja dinámica efectuada exclusivamente a través del SECP, mediante la reducción sucesiva de precios durante un tiempo determinado, de conformidad con las reglas previstas en la normativa vigente y en este pliego.”
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Otros documentos del proceso (12)

  • 2- Solicitud de compras.pdfSolicitud de compra · 22 dic de 2025 · 1 señal
  • 3- Certificacion de fondos.pdfCertificación de fondos · 22 dic de 2025
  • 4- ACTA DE INICIO.pdfPliego · 22 dic de 2025
  • 4- ACTA DE INICIO.pdfInforme pericial · 22 dic de 2025
  • MODELO~1.PDFDocumento · 22 dic de 2025
  • Formulario Información del oferente. SNCC.F.042.docxDocumento · 22 dic de 2025
  • Formulario oferta Económica.SNCC.F.033.docxDocumento · 22 dic de 2025
  • Formulario Presentación de Oferta .SNCC.F.034.docxDocumento · 22 dic de 2025
  • 11- ACTA DE ADJUDICACION.pdfActa de adjudicación · 4 feb de 2026 · 1 señal
  • 11- ACTA DE ADJUDICACION.pdfActa de adjudicación · —
  • 15- CONTRATO.pdfContrato · —
  • Informe final del portal

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  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
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  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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